Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad: desarrollo normativo en Colombia - Núm. 154, Diciembre 2012 - Estudios de Derecho - Libros y Revistas - VLEX 492747226

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad: desarrollo normativo en Colombia

AutorCarlos Parra Dussan
CargoDirector del Grupo de Investigación en Derechos Humanos (De las Casas)
Páginas303-321

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Introducción

Este artículo es resultado del proyecto de investigación (Revisión de la legislación colombiana para la implementación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad), realizado entre la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas en Colombia para los Derechos Humanos y la Universidad Sergio Arboleda, desarrollado por el Grupo de Investigación de Derechos Humanos (De Las Casas), dirigido al igual que el proyecto de Ley estatutaria sobre el (Ejercicio Efectivo de los Derechos de las Personas con Discapacidad), por el suscrito Doctor en Derechos Fundamentales de la Universidad Carlos III de Madrid, el investigador Carlos Parra Dussan.

Igualmente, esta ponencia se presentó en el encuentro de la Red Socio- jurídica en octubre de 2012 en la ciudad de Santa Marta, en representación del Grupo de Investigación en Derechos Humanos (De Las Casas) de la Universidad Sergio Arboleda.

El día 13 de diciembre del año 2011 el Senado de la República dio segundo debate al proyecto de ley estatutaria 167 de 2011 Senado y 092 de 2011 Cámara, por medio de la cual se dictan las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad.

Este proyecto de ley fue iniciativa del señor Ministro del Interior Doctor Germán Vargas Lleras y su equipo encabezado por el señor Viceministro del Interior, asignado para su primer borrador y posterior desarrollo, al proyecto de investigación (Revisión de la legislación colombiana para la implementación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad), con el apoyo de las organizaciones de y para personas con discapacidad, la sociedad civil, las redes de personas y para personas con discapacidad, lográndose hacer realidad este valioso instrumento jurídico en el cual se consagran los componentes y muchas de las acciones estipuladas por la Convención Internacional para los Derechos de las Personas con Discapacidad, Ley 1346 de 2009, con sentencia de constitucionalidad C-293 de 2010.

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El proyecto de ley estatutaria fue asignado al despacho del Magistrado Nilson Pinilla Pinilla, bajo el expediente PE 035, para surtir el control automático previo, que deben tener los proyectos de ley estatutaria, como es el de las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad.

Posteriormente, la Corte Constitucional en la Sentencia C-765 de 2012, declaró exequible el Proyecto de Ley Estatutaria número 092 de 2011 Cámara y 167 de 2011 Senado, por medio del cual se establecen disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad.

El objetivo general de la investigación fue determinar los principales retos y falencias que presenta el ordenamiento jurídico colombiano para implementar y aplicar la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo.

El problema de la investigación propuesto y desarrollado por el proyecto es: ¿Cuáles son los principales retos para la legislación colombiana en materia de discapacidad, con la aprobación e implementación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad como nuevo paradigma de protección?

El problema de investigación tuvo como punto de partida, los distintos enfoques planteados en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, que tuvo como propósito “Promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los Derechos Humanos y libertades fundamentales de todas las Personas con Discapacidad y promover el respeto de su dignidad inherente.”

El presente trabajo se realizó con una metodología de estudio exploratorio- descriptivo, teniendo en cuenta que los estudios en el área jurídica que hacen referencia a la discapacidad son relativamente novedosos en Colombia y que el diseño de esta investigación está orientado a la obtención de la información que permita establecer el impacto de la ratificación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en Colombia.

De esta manera, la población con discapacidad en el mundo, cuenta con el instrumento jurídico, que a juicio de muchos investigadores, como quien escribe, constituye el más completo y complejo instrumento jurídico de Naciones Unidas. Este instrumento nos presenta un claro enfoque de derechos, plantea el modelo social de la discapacidad, recoge un modelo complejo entre promoción de derechos, acciones afirmativas y prohibición de la discriminación por razón de discapacidad. En suma, esta Convención constituye un verdadero paradigma de protección para las personas con discapacidad.

Este artículo fue motivado, con el fin de dar explicación conceptual del Proyecto de Ley (Ejercicio Efectivo de los Derechos de las Personas con Discapacidad), de

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iniciativa gubernamental de parte del Ministerio del Interior, con una amplia participación ciudadana, que tuve la oportunidad de coordinar. El propósito es plantear los fundamentos que subyacen al articulado, que reflejan los desarrollos conceptuales y de enfoque de las personas con discapacidad, como la nueva perspectiva de derechos y el modelo social de la discapacidad que permean todo el documento.

a. Modelo social de discapacidad

La (Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad de Naciones Unidas, Resolución 61/106), incorpora el concepto de Discapacidad en un sentido amplio, describiendo los aspectos que incluyen este concepto. Por esto el Artículo 1° además de establecer el propósito de la Convención, menciona que discapacidad incluye la deficiencia, la interacción con las barreras sociales, y la limitación para participar en igualdad de condiciones. “Las personas con discapacidad incluyen aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales, o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.” (Artículo 1° de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad. 2006).

Tanto el diagnóstico como las soluciones normativas de la Convención son propios del modelo social, para atribuirles la carga de las personas con discapacidad a las barreras sociales. En ningún caso, a las mismas personas con discapacidad en el llamado modelo de normalización de la discapacidad. (Parra Dussan, Carlos 2010).

Así de un lado, la Convención señala el vínculo entre barreras sociales, exclusión y vulneración o limitaciones al pleno goce o ejercicio de derechos. (Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, Preámbulo, inciso k).

De otro lado, instaura como finalidades y consagra como obligaciones para los Estados, la eliminación de barreras, de modo de hacer posible el ejercicio de derechos y la participación efectiva de las personas con discapacidad en condiciones de igualdad con los demás miembros de la sociedad. (Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Preámbulo, incisos: e, i, o, v, y artículos. 1; 2, 3 c, d, e, f; 4.1 e, f, g, h, i; 8; 9; 13; 14.2; 19; 20; 21; 24; 25; 26.1 b, 27 h, i; 28; 29; 30.)

Como ya lo traté en mi artículo (Enfoque de Derechos Humanos en la Política Pública de Discapacidad, en Revista Civilizar, 2007), los avances alcanzados hasta el momento en Colombia en términos de la formulación de la política pública en discapacidad, toman como fundamento teórico el modelo planteado por la (Organización Mundial de la Salud –OMS-), según lo expresado en el CONPES 80 de julio de 2004.

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Así, el concepto de discapacidad ha evolucionado hacia una perspectiva holística y de carácter social que involucra el entorno, la sociedad y la cultura.

En palabras de (Buscaglia), “Es la sociedad la que crea la discapacidad. Si bien la mayoría de las discapacidades son producto del acto del nacimiento o de un accidente, el impacto negativo en la vida de esa persona con frecuencia no es consecuencia tanto de la “discapacidad” como del modo en que los demás definen esa incapacidad o tratan a la persona”.

Por estas razones, se hace necesario que a las personas con discapacidad se les reconozca su dignidad y valor como seres humanos, lo que es propuesto por los derechos humanos cuyo objetivo principal “es construir sociedades que sean auténticamente inclusivas, sociedades que valoren la diferencia y respeten la dignidad de todos los seres humanos independiente de sus diferencias, que defiendan los derechos civiles de una nueva generación sin exclusión”. (Quinn y Degener, 2002)

El enfoque de derechos plasmado en la (Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Organización de Naciones Unidas ONU, Ley 1346 de 2009), con (Sentencia de constitucionalidad C-293 de 2010), constituye una herramienta de política internacional, la cual es necesario armonizar con la legislación colombiana, con el fin de garantizar el desarrollo del enfoque de derechos en los diferentes planes, programas y proyectos que se realicen en el territorio nacional.

En conclusión, el enfoque de derechos plantea que las personas con discapacidad deben reconocerse, asumirse y ser consideradas como sujetos de derechos. El desarrollo está entonces orientado sobre los intereses del pueblo a partir de procesos de gerencia y gestión social en los que las personas con discapacidad tienen el poder y la capacidad de definir y decidir sus derroteros para su desarrollo.

b. La Discapacidad en el Plan Nacional De Desarrollo

Este articulado le ha dado soporte al desarrollo de políticas, que benefician el ejercicio de derechos de esta población, plasmándose en los Planes de Desarrollo Nacionales así: (El Salto Social 1994-1998); (Cambio para Construir la Paz 1999-2002); (Hacia un Estado Comunitario 2003-2006); con la continuidad que tuvo de 2007 hasta 2010; y el actual Plan Nacional de...

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