Resolución número 531-005242 de 2012, por la cual se otorgan poderes a funcionarios de la Superintendencia de Sociedades, para adelantar los Procesos de Cobro Coactivo y representar legalmente a la entidad en los procesos y trámites concúrsales y de insolvencia - 4 de Octubre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 401206802

Resolución número 531-005242 de 2012, por la cual se otorgan poderes a funcionarios de la Superintendencia de Sociedades, para adelantar los Procesos de Cobro Coactivo y representar legalmente a la entidad en los procesos y trámites concúrsales y de insolvencia

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Sociedades
Número de Boletín48573

El Superintendente de Sociedades, en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

Primero. Que el artículo 112 de la Ley 6a de 1992, confirió competencia a las entidades del orden nacional, entre otras, para ejercer la jurisdicción coactiva y hacer efectivos los créditos exigibles a su favor, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 98 a 101 del Código de Procedimiento Administrativo. Para este efecto, la respectiva autoridad competente otorgará poderes a funcionarios abogados de cada entidad.

Segundo. Que el numeral 24 del artículo del Decreto 1023 de 2012, otorgó facultades a la Superintendencia de Sociedades para ejercer las funciones que en materia de jurisdicción coactiva le asigna la ley.

Tercero. Que es necesario revocar la Resolución 531-010813 del 29 de junio de 2011, en el sentido de otorgar poderes a otros funcionarios para representar a la Superintendencia de Sociedades, en los procesos de concordatos y liquidación obligatoria; en los trámites de los acuerdos de reestructuración empresarial, en los procesos y trámites consagrados en la Ley 1116 de 2006; en los trámites de liquidación voluntaria de las sociedades vigiladas y controladas; y en los procesos y trámites que se adelanten ante cualquier entidad de las sociedades por acción de extinción de derecho de dominio.

Cuarto. Que en consecuencia,

RESUELVE:

Artículo 1º

Otorgar poderes a los funcionarios abogados de esta entidad, relacionados a continuación, para que representen a la Superintendencia de Sociedades y adelanten los procesos de Jurisdicción Coactiva, con el fin de solicitar el reconocimiento y la inclusión de créditos a su favor, en los procesos de concordatos y liquidación obligatoria; en los trámites de los acuerdos de reestructuración empresarial, en los procesos y trámites consagrados en la Ley 1116 de 2006; en los trámites de liquidación voluntaria de las sociedades vigiladas y controladas; y en los procesos y trámites que se adelanten ante cualquier entidad de las sociedades por acción de extinción de derecho de dominio.

BOGOTÁ, D. C.

Bethy Elizabeth González Martínez C.C. Nº. 41782630 de Bogotá T.P. Nº.84.045 del C.S.J. Marco Aurelio Carvajalino Contreras C.C. Nº.19320282 de Bogotá

T.P. Nº. 20.681 del C.S.J.

Ligia Aydée Bejarano Avella C.C. Nº. 51840654 de Bogotá

T.P. Nº. 173.443 del C.S.J. Luis Eduardo Buendía Cortés C.C. Nº. 19474491 de Bogotá T.P. Nº. 138.780 del C.S.J. María...

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