Resolución número 0 3522 de 2013, por medio de la cual se conceden funciones de Policía Judicial de manera especial, transitoria y en el marco de su competencia, a personal de la Unidad Administrativa Especial de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - 10 de Octubre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 468594722

Resolución número 0 3522 de 2013, por medio de la cual se conceden funciones de Policía Judicial de manera especial, transitoria y en el marco de su competencia, a personal de la Unidad Administrativa Especial de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

EmisorFiscalía General de la Nación
Número de Boletín48939

El Fiscal General de la Nación, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 251-5, de la Constitución Política de Colombia, modificado por el artículo 3º del Acto Legislativo número 03 de 2002; el artículo 202 de la Ley 906 de 2004, parágrafo, y la Ley 938 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que la Policía Judicial es entendida como la función que cumplen las entidades del Estado para apoyar la investigación penal, y en el ejercicio de la misma dependen funcionalmente del Fiscal General de la Nación y sus delegados.

Que por disposición del artículo 251 de la Constitución Política, modificada por el artículo 3º del Acto Legislativo 03 de 2002, el Fiscal General de la Nación se encuentra facultado para otorgar atribuciones transitorias de policía judicial a entes públicos.

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 202 de la Ley 906 de 2004, ejercen permanentemente funciones especializadas de Policía Judicial, dentro del proceso penal y en el ámbito de su competencia, la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, las autoridades de tránsito, las entidades públicas que ejercen funciones de vigilancia y control, los directores nacionales y regionales del Inpec, los directores de los establecimientos de reclusión y el personal de custodia y vigilancia, así como los alcaldes y los Inspectores de Policía.

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 203 de la Ley 906 de 2004, ejercen funciones de policía judicial, de manera transitoria los entes públicos que, por resolución del Fiscal General de la Nación, hayan sido autorizados para ello, quienes deberán actuar conforme con las autorizaciones otorgadas y en los asuntos señalados en el respectivo acto administrativo

Que con base en lo establecido en el artículo 11-6 de la Ley 938 de 2004, el Fiscal General de la Nación está facultado para expedir las resoluciones de que trata el artículo 203 del Código de Procedimiento Penal.

Que mediante Resolución número 003714 del 10 de mayo de 2013, el doctor Juan Ricardo Ortega López, en su calidad de Director General de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR