Ponencia para primer debate al acto legislativo 069 de 2010 cámara - 20 de Octubre de 2010 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451388738

Ponencia para primer debate al acto legislativo 069 de 2010 cámara

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL ACTO LEGISLATIVO 069 DE 2010 CÁMARA. por la cual se adiciona el literal f) al artículo 152 y se reforman los artículos 293, 303, 314 y 323 de la Constitución para permitir la reelección de gobernadores y alcaldes

Bogotá, D. C., octubre 15 de 2010

Doctor

BÉRNER ZAMBRANO ERAZO

Presidente

Comisión Primera Constitucional

Honorable Cámara de Representantes

E.S.D.

Respetado doctor:

Cumpliendo la honrosa designación que nos hiciere la Mesa Directiva de la Comisión Primera Constitucional Permanente de la honorable Cámara de Representantes, nos corresponde presentar a consideración la Ponencia para primer debate al Proyecto de Acto Legislativo que permite o no la reelección inmediata de Gobernadores y Alcaldes, la cual hacemos respetuosamente en los siguientes términos

1. TRÁMITE LEGISLATIVO

Este Proyecto de Acto Legislativo fue presentado por el Gobierno Nacional a través del Señor Ministro Germán Vargas Lleras, el día 31 de agosto de 2010, y publicado en la Gaceta 554 de 2010. Tal como lo expuse en sesión de esta célula legislativa el día 13 de octubre, en mi condición de Coordinador Ponente de esta iniciativa y con el único deseo de construir una ponencia unificada, de consenso y acuerdo con los demás Ponentes designados por la Mesa Directiva tuve a bien mediante oficios que acompañan este informe, solicitar a todos y cada uno de los Ponentes sus opiniones, conceptos y criterios sobre este Acto Legislativo. Por la importancia del tema y la trascendencia que tiene para la Nación, no podía yo construir un informe de ponencia con tan solo mi criterio y una posición política de carácter personal. Con la venia de los demás Ponentes, como usted bien lo sabe señor Presidente mi condición personal, profesional y política a lo largo de mi paso por el Congreso de la República y por esta Comisión de la cual me siento honrado de integrar, ha sido le repito la de construir consensos en todos y cada uno de los temas para el bien de la República.

2. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ahora bien, el día 10 de agosto ante el honorable Senado de la Republica se presentó Proyecto de Acto Legislativo número 10 de 2010, por medio del cual se permite la reelección de Gobernadores y Alcaldes sólo para el siguiente periodo, proyecto presentado por el honorable Senador Juan Carlos Vélez Uribe y de otros honorables Senadores, siendo designado coordinador ponente de esta iniciativa el honorable Senador Roy Barreras Montealegre. Este proyecto fue presentado veintiún (21) días antes que la iniciativa del Gobierno Nacional y como podrán ustedes observar en el cuadro comparativo que a continuación nos ilustra y resaltado con negrilla, salvo el título del proyecto, como el parágrafo transitorio del artículo 2º; el contenido del proyecto es exacto e idéntico, dicho de otra manera ¿en el mismo sentido y conservando unidad de materia que la iniciativa número 069 de 2010 Cámara, propuesta por el Gobierno Nacional a través del señor Ministro del Interior y Justicia:

Proyecto de Acto Legislativo número 10 de 2010 Senado

Proyecto de Acto Legislativo número 069 de 2010 Cámara

por medio del cual se permite la reelección inmediata de Gobernadores y Alcaldes solo para el siguiente periodo.

El Congreso de la República

DECRETA:

Artículo 1°. El literal f) del artículo 152 de la Constitución Política quedará así:

f) La igualdad electoral entre los candidatos a la Presidencia de la República, las gobernaciones y las alcaldías que reúnan los requisitos que determine la ley.

Artículo 2°. El artículo 293 de la Constitución Política tendrá tres nuevos incisos y un parágrafo transitorio:

Los alcaldes y gobernadores en ejercicio que aspiren a su reelección inmediata, solo podrán participar en las campañas electorales desde el momento de la inscripción de su candidatura.

La Ley Estatutaria regulará las condiciones para que las campañas para la reelección inmediata de gobernadores y alcaldes se desarrollen con plena garantía de la igualdad electoral entre los candidatos, y contendrá entre otros aspectos, los términos en que los gobernadores y alcaldes en ejercicio...

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