Ponencia para primer debate al proyecto de ley 287 de 2006 senado 122 de 2005 cámara - 1 de Junio de 2007 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451325046

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 287 de 2006 senado 122 de 2005 cámara

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 287 DE 2006 SENADO, 122 DE 2005 CÁMARApor medio de la cual se crea el Sistema Nacional de Discapacidad y se dictan otras disposiciones

Doctor

MIGUEL PINEDO VIDAL

Presidente

Comisión Séptima

Senado de la República

Respetado señor Presidente:

De conformidad con la honrosa designación que me hiciera la Mesa Directiva de la Comisión Séptima Constitucional Permanente del Senado de la República, para rendir ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 287 de 2006 Senado, 122 de 2005 Cámara, por medio de la cual se crea el Sistema Nacional de Discapacidad y se dictan otras disposiciones.

Nos permitimos presentar las siguientes consideraciones, con el objetivo de rendir ponencia:

I. Introducción

El proyecto de ley en mención es un proyecto que sometió a consideración del honorable Congreso de la República el Senador Jairo Clopatofsky Ghisays, que ya fue aprobado por la honorable Cámara de Representantes, siendo concertado con la sociedad civil y da los lineamientos de política gubernamental para el abordaje de la situación de discapacidad y la atención de poblaciones con discapacidad física, sensorial, mental y Cognitiva; con el fin de mejorar la calidad de vida de esta población y lograr su participación e integración social y económica. El propósito es potenciar el desarrollo e implementación de una política pública de carácter transversal entre los diferentes sectores, y entidades públicas y privadas del orden nacional y territorial, dado que la problemática de las personas con y en situación de discapacidad trasciende los ámbitos de salud y trabajo, donde siempre la han ubicado y por lo cual no ha dado el resultado esperado ya que esta incluye aspectos de cultura, vivienda, deporte, recreación, turismo, transporte, educación, etc.¿; es decir, está inmersa en todos los aspectos de la vida y sus efectos impactan a todos los sectores de la población colombiana.

Para quearticulemos las políticas de discapacidad en Colombia es necesario crear el Sistema Nacional de Discapacidad, integrado a los Sistemas de Planeación, Protección Social, Educativo, Deportes, Defensa, Cultura y a todas las políticas públicas y privadas con intervenciones en cualquier materia que tenga relación con el conjunto de derechos y de garantías de quienes están en la condición para que hagan de la atención a la discapacidad una dinámica institucional transversal, para lograr implementar una verdadera política pública y coordinar a los entes territoriales.

En Colombia son 2,6 millones de personas con algún tipo discapacidad, según el Censo 2005, lo cual equivale al 6,4% de la población y ubica al país en términos porcentuales como uno de los de mayor prevalecía del fenómeno en América Latina; la Organización Mundial de la Salud nos habla de un 12% en condiciones normales en América Latina, y de acuerdo al informe del 2005, dice que más de 600 millones de personas viven con algún tipo de discapacidad en el mundo, es por eso que pienso, que el verdadero porcentaje de nuestra población con algún tipo de discapacidad es más alto y se aproximaría al 13%, por las condiciones de violencia y pobreza que atraviesa nuestra patria. De otro lado, un último estudio realizado por el Banco Mundial en el 2004 da a conocer, que en los próximos 30 años, el número de personas con discapacidad en los países en desarrollo aumentará en un 120% contra un 40% en los países desarrollados. Esto permite concluir ¿que la pobreza y violencia genera discapacidad y la discapacidad aumenta los riesgos de caer en la pobreza¿ esperaremos entonces las cifras Departamento por Departamento que nos entregue el DANE, en donde realizaremos un comparativo con los censos de caracterización realizados por muchas Gobernaciones y que nos darán claridad sobre la materia.

Igualmente, se destaca el estudio realizado por la Defensoría del Pueblo en el año 2004, sobre la presentación de tutelas. Con este propósito, se analizaron la base de datos de las tutelas que invocan el derecho a la salud, enviadas a la Corte Constitucional, durante los años 1999-2003. La muestra de tutelas utilizada fue 2.710, de estas tutelas el 25.7% corresponde a tutelas que invocan el derecho a la salud (como derecho fundamental) debe destacarse el importante incremento producido durante el año 2003 (31.6%) el 70% de las mismas correspondieron a servicios que se encontraban dentro del POS, y de las cuales el 25.2% no se hallaban limitadas por la causal de ¿semanas mínimas de cotización¿. Las solicitudes de exámenes, cirugías, tratamientos y medicamentos en ese orden, son las causas por las cuales los accionantes tutelan en la mayor proporción.

En este sentido, es importante destacar los resultados preliminares de un estudio del DANE (2004-2005), en el cual se tomó una muestra de 173.243 personas en situación de discapacidad, de 235 municipios de 14 departamentos y 4 localidades de Bogotá, D. C., el 26% de esa población recibió el servicio de rehabilitación, mientras que el otro 74% no lo recibió. Igualmente se conoció que el 62% se encontraban afiliadas al régimen de salud, y un porcentaje muy preocupante de 38% de personas no lo estaban.

El 70.84% de la población encuestada refirió como ¿la falta de dinero¿, la principal causa de inasistencia a tratamientos de rehabilitación, el 12.14% refirió el ¿no sabe¿ como causa, y el 4.15% refirió que ¿el centro de atención se encontraba muy lejos¿.

  1. Marco normativo y constitucional

En la última década en Colombia, ha existido una creciente preocupación por la población con algún tipo de Discapacidad, expresada en varias normas y estudios sociodemográficos, que han generado algunos cambios en los procesos de atención social y de participación de la Población con Discapacidad Física, Mental y Sensorial.

En la Constitución Política de 1991, en los artículos 13, 47, 54, 68 se hace mención expresa a la protección, atención, apoyo e integración social de las personas con discapacidad y otra serie de derechos fundamentales, sociales, económicos y culturales, que tienen un carácter universal y por tanto cubren también a quienes presenten algún tipo de discapacidad.

A partir de los artículos referidos de la Constitución de 1991, que recoge las experiencias previas y reconoce en consideración a la dignidad que le es propia a las personas con discapacidad, sus derechos fundamentales, económicos, sociales y culturales; para su completa realización personal y su total integración social y a las personas con discapacidades severas y profundas, la asistencia y protección necesarias, se han generado una serie de leyes y normas en beneficio de este grupo poblacional.

Es así como se desarrollaron en las Leyes sobre Educación (115 de 1994, 715 de 2001, y 119 de 1994); Salud (Ley 100 de 1993 y Ley 10 de 1990); Seguridad Social (Ley 100 de 1993); Trabajo y Capacitación (Ley 361 de 1997 y Ley 909 de 2004); Deporte y Recreación (Ley 181 de 1995 y Ley 582 de 2000); Cultura y Participación Democrática y Comunitaria (Ley 163 de 1994). Igualmente se han incluido en algunas leyes como la 788 y 812 recursos de financiación para el desarrollo de actividades en beneficio de esta población, entre otras.

Así mismo distintos departamentos, distritos o municipios (Antioquia, Bolívar, Norte de Santander, Quindío, Bogotá y Medellín, entre otros) han expedido ordenanzas o acuerdos en procura de fortalecer la atención integral a estas poblaciones a nivel local.

En materia de normas internacionales, Colombia ha ratificado los siguientes convenios: Readaptación Profesional y el Empleo de Personas Inválidas de la Organización Internacional del Trabajo (Convenio 159); la Declaración de los Derechos del Retrasado Mental (AG.26/2856, del 20 de diciembre de 1971); la Declaración de los Derechos de los Impedidos de las Naciones Unidas (Resolución número 3447 del 9 de diciembre de 1975); el Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas (Resolución 37/52 del 3 de diciembre de 1982); el Protocolo Adicional de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ¿Protocolo de San Salvador¿ (1988); los Principios para la Protección de los Enfermos Mentales y para el Mejoramiento de la Atención de la Salud Mental (AG46/119 del 17 de diciembre de 1991); la Declaración de Caracas de la Organización Panamericana de la Salud; la Resolución sobre la Situación de las Personas con Discapacidad en el Continente Americano (AG/RES. 1249 (XXIII-O/93)); las Normas Uniformes sobre Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad (AG.48/96 del 20 de diciembre de 1993); la Declaración de Managua, de diciembre de 1993 la Declaración de Viena y Programa de Acción aprobados por la Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos (157/93); la Resolución sobre la Situación de los Discapacitados en el Continente Americano (AG/RES. 1356 (XXV-O/95)); el Compromiso de Panamá con las Personas con Discapacidad en el Continente Americano (Resolución AG/RES. 1369 (XXVI-O/96)); y la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, aprobada por la Ley 762 del 31 de julio de 2002.

En referencia a los procesos de Planificación, el Gobierno y la sociedad civil han desarrollado múltiples acciones como [1][1]los documentos Conpes 2761 de 1995 de ¿Política de Prevención y Atención a la Discapacidad 1995-1998¿, Conpes 3144 de 2001 y Conpes 80/04 de 2004 y los Planes Nacionales de Atención a la Población con Discapacidad 1995-1998 en la Administración del doctor Ernesto Samper y 1999-2002 en el Gobierno del doctor Andrés Pastrana.

Dichos planes de atención para esta población, han servido ¿Básicamente¿ para identificar esfuerzos, recursos y programas...

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