Ponencia para segundo debate 291 de 2009 cámara
PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE 291 DE 2009 CÁMARA. por medio de la cual se reglamenta la especialidad médica de la Nefrología y se dictan otras disposiciones
Analizado el proyecto de ley se encuentra necesario realizar algunos ajustes al proyecto de la siguiente manera:
¿ Incluir en el título del proyecto ¿u otro postgrado¿, por lo tanto el título del proyecto quedará así: por medio de la cual se reglamenta la especialidad u otro postgrado médico en Nefrología y se dictan otras disposiciones.
¿ Incluir en el artículo 1° la frase ¿u otro postgrado en¿ y suprimir las palabras ¿de la¿.
¿ Incluir en el literal a) del artículo 3°, la frase ¿(especialización, maestría o doctorado)¿.
¿ Suprimir en el literal b) del artículo 3°, la frase ¿de especialización¿, e incluir la frase ¿(especialización, maestría o doctorado)¿.
¿ Incluir en el literal b) del artículo 3°, la palabra ¿en¿ antes de la frase ¿una institución¿.
¿ Incluir al final del texto del literal b) del artículo 3° la frase ¿y además, acredite el título de especialista en Medicina Interna¿.
¿ Incluir en el literal c) del artículo 3°, la frase ¿(especialización, maestría o doctorado)¿.
¿ Suprimir el parágrafo 1° del artículo 3°.
¿ Incluir un literal nuevo en el artículo 5°: ¿x) Prevención: Participando de manera autónoma e independiente en el diseño, estructuración, implementación, coordinación, atención, seguimiento, vigilancia y control de los Programas de Promoción de la Salud Renal y Prevención de la Enfermedad Renal a través de los actores del Sistema General de Seguridad Social¿.
¿ Incluir al final del texto del artículo 11 la frase ¿maestría o doctorado en Nefrología¿.
¿ Incluir en el artículo 14 la frase ¿magísteres o doctores¿.
¿ En el artículo 15 modificar la palabra ¿Sociedad¿ por ¿Asociación¿.
¿ En el artículo 15, parágrafo 2° incluir la palabra ¿deben¿.
Atentamente,
Eduardo Benítez Maldonado,
Representante a la Cámara Norte de Santander.
TEXTO PROPUESTO PARA SEGUNDO DEBATE, INCLUIDAS LAS MODIFICA CIONES AL PROYECTO DE LEY NUMERO 291 DE 2009
por medio de la cual se reglamenta la especialidad médica u otro postgrado en Nefrología y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Dentro del territorio de la República de Colombia, solo podrán llevar el título y ejercer las funciones de médico especialista en Nefrología..
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Quienes hayan adquirido el título de medicina y cirugía de acuerdo con las leyes colombianas y que hayan realizado posteriormente su entrenamiento en un programa de especialización en medicina interna y realizado entrenamiento en Nefrología (especialización, maestría o doctorado) en una institución debidamente aprobada y reconocida por los organismos competentes del Gobierno Nacional.
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Quienes hayan adquirido el título de medicina y cirugía de acuerdo con las leyes colombianas y que hayan realizado posteriormente su entrenamiento en un programa en Nefrología (especialización, maestría o doctorado) en una institución de otro país con el cual Colombia tenga celebrados tratados o convenios sobre reciprocidad de títulos universitarios y que sea equivalente al otorgado en la República de Colombia, siempre y cuando estos títulos estén refrendados por las autoridades colombianas competentes y además, acredite el título de especialista en Medicina Interna.
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Quienes hayan obtenido el título de Medicina y Cirugía de acuerdo con las leyes colombianas, quienes hayan realizado su entrenamiento en un programa de especialización en medicina interna y se encuentren cursando la...
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