Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 181 de 2004 - 1 de Octubre de 2004 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451441222

Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 181 de 2004

PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY 181 DE 2004 por la cual se reglamentan los organismos de control fiscal, se organiza su función pública, se deroga la Ley 610 de 2000 y se dictan otras disposiciones.

  1. PRESENTACION GENERAL

    El ejercicio de la función pública del control fiscal ha sido motivo de diversas proposiciones jurídicas a través de la historia legal del país, desde el primer cuarto del siglo XX, cuando se gestó en Colombia la visión de un Estado con más capacidad para intervenir y velar por el buen manejo de los recursos públicos, proponiéndose una legislación con herramientas legales para defender los intereses patrimoniales de la nación, periodo en que surge la Ley 42 de 1923, que le dio nacimiento a la Contraloría General de la República, lo que permitió la transición de un sistema de tipo jurisdiccional como lo era la Corte de Cuentas a un sistema de tipo más administrativo, pasando luego por la reforma constitucional de 1991, que permitió cambios sustanciales en los métodos de ejercer el control fiscal, pues de un sistema de control previo se llegó a un control ejercido de manera posterior y selectivo, de aplicación en nuestros días.

    Sin perder de vista lo anterior, en el intervalo de estos dos marcos históricos y jurídicos desde la Ley 42 de 1923 hasta la Constitución de 1991, se generaron reformas de alcance significativo, que han producido cambios en las estructuras normativas, hasta llegar a la legislación vigente, donde se destacan la Ley 42 de 1993 que organizó el sistema de control fiscal financiero, la Ley 610 de 2000, que modificó el trámite procesal en materia de responsabilidad fiscal y los correspondientes actos reglamentarios derivados de estas.

    No obstante existir estos antecedentes importantes y debiéndose reconocer una destacada labor en pro de mejoras, el panorama actual muestra la necesidad de hacer ajustes significativos, de modo que el ejercicio de la función pública del control fiscal se adapte a sistemas más eficaces que vaya de la mano con los principios constitucionales que enmarcan el Estado Social de Derecho y se apunte hacia un control fiscal dinámico, eficiente y reductor de las fallas que actualmente afectan su ejercicio.

    Bajo este entendido, el 16 de marzo de 2004 la Contraloría General de la República presentó ante el honorable Congreso de la República, el Proyecto de ley número 181 de 2004, por la cual se reglamentan los organismos de control fiscal, se organiza su función pública, se deroga la Ley 610 de 2000 y se dictan otras disposiciones, propuesta legislativa que hizo tránsito a primer debate ante la Comisión primera del Senado y fue aprobada en sesión del 16 de junio de 2004. La Comisión Primera del Senado decidió conformar una Comisión Accidental con el mandato de ofrecer elementos de juicio al equipo de ponentes para el segundo debate, en relación con dos asuntos específicos. Más adelante se detalla el trabajo y las conclusiones de la mencionada comisión.

  2. EL PROYECTO DE LEY 181 DE 2004 DEL 16 DE MARZO DE 2004

    El contenido del proyecto inicial presentado ante el Congreso, propuso modificaciones y adiciones a las normas existentes, así como una normatividad nueva en reemplazo de las previstas en las leyes 42 de 1993 y 610 de 2000, dejando de ellas aspectos ya decantados en el ejercicio jurisprudencial y por la experiencia de los diferentes actores que de una u otra manera están ligados al devenir jurídico del control fiscal.

    De la estructura del proyecto 181 en su primera versión, se destacan los temas más importantes consagrados en los diversos títulos en que se divide su articulado:

    T I T U L O I

    PRINCIPIOS QUE REGLAMENTAN A LOS ORGANISMOS DE CONTROL FISCAL

    Se define el control fiscal y se precisa su objeto y los principios en que se fundamenta.

    Se dispone que el proceso auditor, la evaluación de la gestión macroeconómica y sectorial del Estado, el proceso de responsabilidad fiscal, el proceso sancionatorio fiscal y el proceso administrativo de cobro coactivo, son mecanismos para el ejercicio del control fiscal.

    T I T U L O II

    REGLAS PARA LOS ORGANISMOS DE CONTROL FISCAL

    Se describe cuáles son los organismos de control fiscal: Contraloría General de la República, las contralorías territoriales y la Auditoría General de la República.

    Se dan pautas legales en el tema de la función de advertencia de competencia del Contralor General y los Contralores Territoriales y se proponen requisitos para la solicitud de control excepcional y supeditando su ejercicio a la valoración que de los antecedentes se haga.

    Se regulan aspectos relacionados con la cuota de auditaje de cobra la Contraloría General de la República y lo atinente al informe que esta debe presentar al Congreso de la República, sobre los logros alcanzados en el desarrollo de los mecanismos de control fiscal.

    Se consagra en este título lo pertinente a las contralorías territoriales, en especial asuntos inherentes a su funcionamiento y presupuesto, elección por concurso de méritos y posesión, así como la creación de una comisión técnica para su fortalecimiento.

    T I T U L O III

    SUJETOS DE CONTROL FISCAL

    Se detalla quiénes son los sujetos de control fiscal vigilados por los diferentes órganos de control y se incluye expresamente a la Auditoría General de la República como sujeto de la Contraloría General de la República, igualmente se describen los diferentes sujetos especiales de control.

    T I T U L O IV

    EL PROCESO AUDITOR

    Se propende a la estandarización de las tareas que realizan los órganos de control fiscal a través de la unificación del proceso auditor.

    Se define la cuenta fiscal, quienes son los obligados a rendirla y se precisan aspectos relacionados con esta.

    Se dispone que en materia de contratación pública el control posterior se haga a cada etapa del proceso contractual.

    Se definen los hallazgos que se dividen en positivos y negativos, estos últimos, los que posiblemente motivarán la investigación correspondiente.

    T I T U L O V

    AMBITO MACROECONOMICO Y SECTORIAL DEL CONTROL FISCAL

    Se definen los contenidos de los informes que por mandato constitucional le competen al Contralor General de la República, entre los que se pueden destacar los informes de la Auditoría al Balance General de la Nación, sobre la Cuenta General del Presupuesto y el Tesoro, el Estado de los Recursos Naturales y el Ambiente, el gasto y la política social, el seguimiento y evaluación del Plan Nacional de Desarrollo y el Plan Operativo Anual de Inversiones, entre otros.

    T I T U L O VI

    ACCION FISCAL Y PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL

    Se amplía el espectro de los gestores fiscales, que puede incluir a los particulares cuando contribuyan o induzcan con su conducta a error a los gestores fiscales del recurso público.

    Se hacen más exigentes los requisitos del auto de apertura del proceso y que va de la mano con la imputación al presunto responsable fiscal.

    Se establecen tres modalidades de proceso de responsabilidad fiscal, atendiendo la cuantía del detrimento patrimonial, buscando con ello morigerar los tiempos procesales y por ende economizar recursos.

    Se marcan las pautas para la expedición del Boletín de Responsables Fiscales y de la certificación de antecedentes fiscales, haciendo hincapié en las inhabilidades para celebrar contratos estatales, ejercer cargos públicos, entre otros, cuando no se ha resarcido el perjuicio causado al erario.

    T I T U L O VII

    PROCESO SANCIONATORIO FISCAL

    Se regulan las sanciones y el proceso sancionatorio correspondiente cuando se incumplan las obligaciones fiscales por quienes tienen el deber de acatar las disposiciones correspondientes.

    T I T U L O VIII

    PROCESO DE REINTEGROS POR RECIBIR MAS DE UNA ASIGNACION DEL TESORO PUBLICO

    Se consagra legalmente cuál es el procedimiento que debe seguirse a quienes incumplan con la obligación constitucional de no recibir más de una asignación del tesoro público.

    T I T U L O IX

    PROCESO ADMINISTRATIVO DE COBRO COACTIVO

    Se materializa en el proyecto todo lo concerniente al proceso administrativo de cobro coactivo, como consecuencia de un título ejecutivo derivado de un proceso de responsabilidad fiscal, sancionatorio, entre otros, de modo que se permita la efectiva recuperación de los dineros públicos.

    T I T U L O X

DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 195

Se tratan aquí, aspectos generales diversos que ameritan consagrarse en la norma y temas de rigor como la vigencia de la ley y las derogatorias necesarias para armonizar la norma en el contexto jurídico aspectos, como el tema de la suscripción de convenios para el año de servicio al control fiscal vigente.

  1. DESARROLLO DEL PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 181 DE 2004

    En este capítulo de la ponencia se hace un relato de lo sucedido en la Comisión Primera del Senado de la República.

    3.1. Asuntos previos

    Este proyecto de Ley, antes de configurarse la ponencia, fue analizado en dos foros, el primero en la ciudad de Bogotá convocado por la Cámara de Representantes y el segundo en la ciudad de Ibagué, el cual contó con la participación de varios Congresistas en Contralor General de la República y representantes de los diversos estamentos públicos y privados. Por último el día 3 de junio de 2004 se citó a una audiencia pública en el Congreso, que contó con una nutrida participación de contralores territoriales, académicos, gremios y la especial intervención de la Auditora General y el Contralor General de la República, generándose un amplio debate, cuyos planteamientos fueron considerados por los ponentes y Senadores de la Comisión Primera del Senado y así se dejó expreso en documento que hizo parte del Acta 45 del 16 de junio de 2004.

    La configuración de la estructura del Proyecto de ley 181 de 2004, en líneas generales se mantuvo en el primer debate que se surtió en la Comisión Primera del Senado de la República; la iniciativa se complementa por los...

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