Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 164 de 2006 senado 026 de 2006 cámara - 7 de Diciembre de 2006 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451318838

Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 164 de 2006 senado 026 de 2006 cámara

PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY 164 DE 2006 SENADO, 026 DE 2006 CÁMARATEXTO PROPUESTO Y TEXTO DEFINITIVO, Aprobado en la Comisión Sexta del Senado, el día 6 de diciembre de 2006, por la cual se expiden normas para la normalización de redes eléctricas y de subsidios de estratos 1 y 2.

EXPOSICION DE MOTIVOS

El proyecto de ley es una iniciativa del Gobierno Nacional que básicamente propende por extender la vigencia y mejorar los alcances de algunas normas establecidas por la Ley 812 de 2003 o Plan Nacional de Desarrollo 2003-2006.

Los artículos que se afectan con la expiración de la vigencia del anterior Plan de Desarrollo (Ley 812/03) son: El artículo 63 que trata sobre el Programa de Normalización de Redes Eléctricas (Prone), el artículo 62, sobre Subsidios en las Zonas No Interconectadas (ZNI), y el artículo 116 sobre Subsidios a estratos 1, 2 y 3.

El Plan de Normalización de Redes Eléctricas, fundamenta su objetivo en la legalización de usuarios, optimización del servicio y reducción de pérdidas no técnicas, de los barrios subnormales del Sistema Interconectado Nacional y para su cumplimiento se destina el 20% del recaudo del Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas Rurales Interconectadas (FAER), creado por el artículo 105 de la Ley 788 de 2002. La vigencia del artículo 62, se supeditaba a la vigencia del Plan Nacional de Desarrollo que expira el 31 de diciembre de 2006.

En cuanto a los Subsidios en las Zonas No Interconectadas, la Ley 142 de 2004 establecía que la tarifa correspondiente a administración, operación y mantenimiento debía ser asumida por el usuario, el artículo 62 del Plan de Desarrollo, modificó en parte esa norma ya que extendió la facultad de la utilización de los recursos para inversión y para gastos de combustibles que se usen en la generación de energía en las zonas no interconectadas. El proyecto adiciona un numeral al artículo 99 de la Ley 142 de 2004 o de Servicios Públicos Domiciliarios, en el cual, para el otorgamiento de los subsidios se debe considerar la capacidad de pago de los usuarios de esas zonas y la obligación a los prestadores del servicio para que se reporten al Sistema Unico de Información, SUI.

En materia de Subsidios a estratos 1, 2 y 3, el Plan Nacional de Desarrollo los establece para la vigencia de la Ley 812 de 2003, por lo tanto, expirará en diciembre de 2006, por lo que se hace necesario extender su vigencia y obviamente, que del examen de su operación se le hagan las modificaciones de rigor, que es por lo que se inclina el artículo 3° del proyecto de ley.

ANTECEDENTES DEL PROYECTO NUMERO 164 DE 2006 SENADO, 026 DE 2006 CAMARA

PRIMER DEBATE EN CAMARA

En sesión celebrada el día 13 de septiembre de 2006, la Comisión Sexta de la Cámara, en cumplimiento de lo previsto en la ley y en la Constitución, aprobó en primer debate el proyecto de ley en consideración, tal y como lo solicitó en el informe de ponencia los honorables Representantes Buenaventura León León, José Manuel Herrera Cely, José Fernando Castro Caicedo y Bérner León Zambrano Erazo.

AUDIENCIA PUBLICA

El día miércoles 4 de octubre, se llevó a cabo una Audiencia Pública en la Comisión Sexta de la Cámara, con el objetivo de conocer los planteamientos de los sectores que se puedan ver afectados por el proyecto de ley.

En la audiencia intervinieron Representantes de las organizaciones involucradas en el proyecto como: La Asociación de Distribuidores de Energía Eléctrica, de la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios y de la Asociación de Entidades de Energía de las Zonas no Interconectadas, Asezonic, quienes manifestaron su apoyo a la iniciativa.

Cabe agregar que al proyecto aprobado en primer debate, durante la Audiencia se solicitó su modificación en algunos apartes, los cuales fueron considerados por los ponentes. Entre las modificaciones propuestas que se destacaron podemos señalar: Las de no quitarle al Ministerio de Minas las facultades de reglamentar los subsidios a las ZNI y la modificación del inciso 3° del artículo 3° del proyecto.

SEGUNDO DEBATE EN CAMARA

Los honorables Representantes Buenaventura León León, José Manuel Herrera Cely, José Fernando Castro Caicedo y Bérner León Zambrano Erazo, radicaron con fecha 11 de octubre de 2006 la ponencia favorable para segundo debate del proyecto de ley ¿por medio de la cual se expiden Normas sobre la Normalización de Redes Eléctricas y Subsidios de estratos 1, 2 y 3¿. En sesión efectuada el 31 de octubre, la Comisión Sexta de la Cámara de Representantes aprobó en segundo debate el proyecto de ley.

PRIMER DEBATE EN SENADO

La sesión de la Comisión Sexta del Senado del día 6 de diciembre, aprobó en primer debate el proyecto de ley, ¿por la cual se expiden normas sobre la normalización de Redes Eléctricas y de subsidios de estratos 1 y 2¿.

El proyecto de ley, en cumplimiento de lo previsto en la ley y en la Constitución, se aprobó conforme fue aprobado en Cámara, salvo, una modificación que por error contenía, consistente, en que el nombre del Fondo de Apoyo para la Energización de las Zonas Rurales Interconectadas, fue cambiado por el de Programa de Apoyo para la Energización de las Zonas Rurales Interconectadas.

ANALISIS DEL PROYECTO ¿POR LA CUAL SE EXPIDEN NORMAS SOBRE LA NORMALIZACION DE REDES ELECTRICAS Y DE SUBSIDIOS DE ESTRATOS 1 Y...

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