La prestación del servicio de energía eléctrica en el Mercosur: consideraciones sobre una propuesta para la integración - Núm. 64, Enero 2013 - Revista Temas Socio-Jurídicos - Libros y Revistas - VLEX 690693137

La prestación del servicio de energía eléctrica en el Mercosur: consideraciones sobre una propuesta para la integración

AutorJulian Eduardo Prada Uribe
CargoAbogado, Universidad Autónoma de Bucaramanga
Páginas145-162
LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN
EL MERCOSUR: CONSIDERACIONES SOBRE UNA PROPUESTA
*
PARA LA INTEGRACIÓN
**
Julián Eduardo Prada Uribe
Recibido: Abril 1 de 2013
Aprobado: Mayo 3 de 2013
RESUMEN
Este artículo contiene algunas consideraciones sobre el proceso de interconexión
eléctrica que han vivido los países miembros-fundadores del Mercosur, en
cumplimiento de un objetivo superior: la integración energética. A lo largo de este
artículo se revisa el marco jurídico de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay,
relacionado con la prestación del servicio de energía; para luego señalar algunos
retos a los que se enfrenta el bloque.
Palabras clave: Integración eléctrica, Interconexión eléctrica, Mercosur,
Servicios públicos
THE PROVISION OF ELECTRICITY IN MERCOSUR:
CONSIDERATIONS CONCERNING A PROPOSAL FOR
INTEGRATION
ABSTRACT
This article contains some considerations about the electric interconnection
process, that the founding member States of Mercosur have experienced, in
fulfillment of a higher goal: energy integration. This article reviews the legal
framework of Argentina, Brazil, Paraguay and Uruguay, related to the
provision of energy services, and it points out some challenges that the block
has to face.
Key words: Electrical integration, electrical interconnection, Common Market
of the South, public services
Revista Temas Socio Jurídicos
Volumen 32 N°64 Enero-Junio de 2013
pp. 145 - 162
ISSN 0120-8578
145
* El texto que se presenta corresponde a un artículo de reflexión, producto de la investigación titulada
"Prestación de servicios públicos domiciliarios en los países miembros del Mercosur" en la línea de
investigación: Contratos en el Mercosur, al interior del grupo de investigación de Derecho Privado, como
parte del proceso de formación doctoral del Doctorado en Derecho de la UBA.
** Abogado - Universidad Autónoma de Bucaramanga, Especialista en Derecho Comercial - Universidad
Autónoma de Bucaramanga, Estudiante regular del Doctorado en Derecho - Universidad de Buenos Aires.
Correo electrónico: jprada85@hotmail.com
Entre las muchas paradojas del mundo actual, está la reiterada pregunta de
algunos latinoamericanos: ¿Para qué integrarnos?; cuando la verdadera
cuestión es ¿Por qué no integrarnos? Nos une la historia, la lengua y,
sobretodo, un futuro más pleno si lo enfrentamos juntos
J. LAVADOS
1. INTRODUCCIÓN
América Latina acogió durante mucho tiempo la concepción clásica del ser-
vicio público, en cuanto el Estado se atribuía, de manera exclusiva, la función
de satisfacer las necesidades de interés general. No obstante, dicha tesis ha sido
reformulada con el paso del tiempo, no importando ya quien presta el servicio,
sino su efectivo cumplimiento bajo criterios de calidad y sustentabilidad,
ajustándose también a la participación del sector privado (Ábalos & Illán, 2006;
1
Antúnez & Galilea, 2003) .
Mientras que la tradicional definición de los servicios públicos identificaba a
dos actores, gestores y usuarios, los primeros como entidades estatales y los
segundos como personas, naturales o jurídicas; la noción actual incorpora en la
prestación, a entidades de naturaleza mixta y privada, lo que conlleva estar
atento, a la fusión del interés general por atender ciertas necesidades sociales, y
del interés particular por obtener una renta; así como, a la adecuación del
2
régimen, con motivo de la relación empresa-cliente (Barrio, 2003) .
Es imposible no reconocer que la incorporación del capital privado en la
prestación de los servicios públicos ha vitalizado las condiciones para enfrentar
la obligación progresiva de ampliar los niveles de cobertura y mejorar el
suministro ofrecido (OIT, 2001).
Puntualmente, en lo que respecta al servicio de energía eléctrica, buena parte de
las empresas que tradicionalmente estaban en manos del Estado, fueron
pasando parcial o totalmente al sector privado (Rosas, 2009). Lo que no quiere
decir, en absoluto, que el Estado haya dejado de ser el responsable de garantizar
a todos los habitantes su prestación.
Suponer algo distinto comportaría un modelo de sociedad fragmentada. El
servicio de energía eléctrica se caracteriza por su naturaleza esencial, puesto
1 A finales del siglo pasado, la mayoría de los servicios públicos eran gestionados, controlados o provistos por
una estructura pública, de comportamiento inercial y conservador, y que respondía a problemas muy
diferentes a los actuales. Se trataba de una burocracia compartimentada, lenta, reiterativa en procedimientos
y con privilegio por las formas. El cambio, especialmente en la década de los noventa, significó un traspaso de
funciones a los gobiernos locales y un nivel de desregulación que permitiera autarquía financiera y
administrativa.
2 Los cambios en el concepto de servicio público han hecho del usuario un cliente, por lo que el Estado ha
tenido que reformular su papel en la prestación de los servicios, asumiendo potestades fiscalizadoras para
hacer frente a los conflictos que puedan darse en la nueva relación.
146

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR