Los presupuestos de la prision preventiva - Crítica al derecho penal de hoy - Libros y Revistas - VLEX 947326667

Los presupuestos de la prision preventiva

AutorWinfried Hassemer
Páginas77-94
CAPITULO IV
LOS PRESUPUESTOS DE LA
PRISION PREVENTIVA{*}
I. LA DISCUSIÓN ACTUAL
En el último tiempo, de nuevo se han hecho escuchar públicamente las
críticas a la prisión preventiva, y también el Colegio Alemán de Abogados
[Deutscher Anwaltverein] ha hecho su aporte en su I Foro, en febrero de
1983. Estas críticas no son nuevas, y los argumentos y comprobaciones que
se contraponen también son conocidos. "Se detiene demasiado y demasiado
apresuradamente", se escucha por un lado; y desde hace décadas se
contesta: "teniendo en cuenta el amenazante desarrollo de la criminalidad y
su esclarecimiento, se debe convertir la prisión preventiva en un
instrumento efectivo para la lucha contra el delito"{11}. Es digno de elogio
que la discusión acerca de la prisión preventiva no se haya apaciguado: a
través de ella se priva de la libertad a una persona que según el derecho
debe ser considerada inocente.
Pero también es comprensible que la discusión no se apacigüe, dado que
críticos y defensores no argumentan en el mismo plano: quien quiere
ampliar la prisión preventiva invoca el deber de una administración de
justicia de eficiente funcionamiento, de poner coto a la criminalidad. Quien
considera excesiva la prisión preventiva lo hace en nombre de las
restricciones formales judiciales de un procedimiento penal acorde con el
Estado de derecho. Y también se hace visible otra diferenciación: el
objetivo de una lucha efectiva contra el delito (también) con la ayuda de la
prisión preventiva no puede negar su vinculación con objetivos de derecho
material (como por ejemplo, con las teorías preventivas de la pena); la
crítica a prácticas de detención demasiado apresuradas o demasiado
amplias, al invocar la formalidad judicial del procedimiento penal, se
apoya, por el contrario, en relaciones de derecho formal. Efectividad de la
persecución penal versus formas protectoras de las garantías; determinación
de objetivos de derecho material versus determinación de objetivos de
derecho procesal: estas divergencias ocultas en las cuestiones básicas de
política criminal y del sistema de derecho penal no sólo dificultan un
acuerdo en orden a las consecuencias, sino ya el acuerdo acerca de cuáles
son las posibles consecuencias que pueden regir como criterio de corrección
o racionalidad.
Ellas dificultan también una orientación según parámetros, de los cuales se
sirve con razón toda política jurídica: el derecho comparado y la estadística.
A. Derecho comparado
Así, por ejemplo, Gran Bretaña y la República Federal de Alemania
resultan comparables desde el punto de vista de las cifras de detenidos, a
pesar de que allá la cifra de detenidos con condena es diez veces mayor que
la de detenidos en prisión preventiva, los cuales, entre nosotros, se acercan
a un tercio del total de los detenidos{12}. Y en Italia, en donde los
fundamentos de la prisión se asemejan en algunos aspectos a los

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