El programa de derechos humanos de las naciones unidas - Los sistemas internacionales de protección de los derechos humanos - Libros y Revistas - VLEX 950236821

El programa de derechos humanos de las naciones unidas

AutorJosé Antonio Pastor Ridruejo/Paola Andrea Acosta Alvarado
Páginas21-50
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ii. el programa de derechos humanos
de las naciones unidas
Cuando se abordan los asuntos relacionados con el Sis-
tema de Naciones Unidas (en adelante snu), su evidente
complejidad institucional y normativa suele convertirse en
un obstáculo para su comprensión y análisis. Por ello, para
facilitar el acercamiento de los estudiantes a este aparato,
a renglón seguido intentaremos esbozar, de forma esque-
mática, uno de los asuntos relacionados con esta vastísima
estructura internacional: su componente especializado de
derechos humanos.
En primer lugar debemos decir que, pese a que en mu-
chas oportunidades hablar de las Naciones Unidas suele
comprenderse como un equivalente a hablar de derechos hu-
manos, es imprescindible recordar que dicha organización
no es una organización de derechos humanos y que entre
sus cometidos primordiales no aparece, por lo menos no de
forma explícita, la creación de un aparato de protección.
La Organización de las Naciones Unidas fue pensada
como un ente internacional de vocación universal cuyos
principales propósitos pueden agruparse en tres categorías,
a saber1: 1. el mantenimiento de la paz y la seguridad in-
ternacionales, 2. el respeto por el principio de igualdad de
derechos y la libre determinación de los pueblos y 3. la rea-
lización de la cooperación internacional. En efecto, la Carta
de San Francisco, instrumento a través del cual se fundó
la Organización, no hace mención alguna a los mínimos a
respetar por los Estados en materia de derechos humanos,
ni a los mecanismos necesarios para su salvaguarda o a las
competencias de sus órganos al respecto2.
1. Artículo 1 de la Carta de San Francisco o Carta de Naciones
Unidas firmada el 26 de junio de 1945 en San Francisco, cuya entrada
en vigor se dio el 24 de octubre del mismo año.
2. No obstante, hemos de aclarar que la Carta contiene algunas dis-
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Ahora bien, a pesar de que la protección de los derechos
humanos no fue enlistada, explícitamente, como uno de los
propósitos del Sistema –y ello se evidencia particularmente
en la estructura creada en la Carta de San Francisco–, no
cabe duda de que desde sus orígenes Naciones Unidas ha
asumido el trabajo en el campo de los derechos humanos
como un elemento esencial de su misión, toda vez que se
hizo evidente que los cometidos de paz y seguridad inter-
nacionales no encuentran asidero sin la garantía de la dig-
nidad humana3.
Tener clara esta distinción nos permitirá comprender la
forma como se ha construido y como está definido actual-
mente el Programa de Derechos Humanos del Sistema de
Naciones Unidas (pdh-nu), así como la manera en la que
sus varios componentes –sustancial, orgánico y procesal4
se articulan e interactúan entre sí.
Lo que sigue a continuación no es más que una lista de
asuntos relevantes para tener un primer acercamiento al
trabajo que el Sistema adelanta en materia de derechos hu-
manos. Para lograr tal cometido, este acápite se dividirá en
tres partes: i) el fundamento normativo del pdh-nu, ii) los
órganos que lo conforman y iii) los mecanismos de protec-
ción de los derechos humanos en el snu.
Así pues, una de las primeras cuestiones que debemos
comprender al abordar el pdh-nu es el fundamento norma-
posiciones relacionadas con los derechos humanos, como el Preámbulo
y los artículos 1, 55 y 76.
3. Tal como lo mencionó la Asamblea General en su Resolución
a/res/60/251, “Reconociendo que la paz y la seguridad, el desarrollo y
los derechos humanos son los pilares del sistema de las Naciones Unidas y
los cimientos de la seguridad y el bienestar colectivos, y que el desarrollo,
la paz y la seguridad y los derechos humanos están vinculados entre sí y
se refuerzan mutuamente”.
4. El programa de derechos humanos tiene un componente sustan-
cial, uno orgánico y uno procedimental; en otras palabras: unas normas
que obliguen al respeto de unos mínimos de protección, unos órganos
que se encarguen de su salvaguarda y unos procedimientos que propen-
dan a su efectividad.

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