Pronunciamiento No. 8 del Consejo Técnico de la Contaduría Pública - Anexos - Estados de flujos de efectivo y de otros fondos. Con base NIC 7 y FASB 95, 102, 104 y Normas Nacionales - 2da edición - Libros y Revistas - VLEX 460720954

Pronunciamiento No. 8 del Consejo Técnico de la Contaduría Pública

AutorRodrigo Estupiñán Gaitán
Cargo del AutorContador Público de la Facultad Nacional de Contaduría y Ciencias Económicas (hoy Universidad Nacional), 1967 y posgrados en Auditoría Financiera, Sistemas y Tributaria
Páginas225-240
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Estados de l ujos de efectivo | APÉNDICE 2 |
Apéndice 2
Pronunciamiento No. 8 del
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Objetivo
El Decreto 26 49 de 1993 en su artíc ulo 22, incluye como es tados nancieros básicos los
siguientes :
Balance General
Estado de resultados
Estado de cambios en e l patrimonio
Estado de cambios en la si tuación nanciera
Estado de ujos de efectivo
Los estados nancieros básicos son estados nancieros de propósito general, los cuales
pretenden satisfacer el interés común del púb lico en evaluar la capacidad d e un ente
económico para generar ujos favorables de fondos.
Por su parte, el artículo 120 del mismo decreto, señala que el estado de ujos de efec-
tivo debe present ar un detalle del efectivo recibi do o pagado durante el período, clasi-
cado por ac tividades de :
Operación, es decir, aquellas que afectan el es tado de resultados.
Inversión, esto es, los cambios d e los activos diferentes de los operacionale s.
Financiación, es decir, los cambios en los pasivos y en el patr imonio, diferentes a las
partidas operacionales.
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, pretende con este Pronunciamiento contri-
buir a un mayor conocimiento acerca de los objetivos, alcan ces y formas de preparar y
presentar el estado de ujos de efectivo, p ara buscar uniformidad entre quienes pre pa-
ran los estados nancier os. Para el efecto s e han tenido en cuent a las caracterí sticas de
nuestro entorno eco nómico y la demanda de información más amplia sobre la genera-
ción y aplicación de recur sos para que los usuarios puedan evaluar adecuadamente la
solvencia de las entidade s.
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Rodrigo Estu piñán Gaitán
El pronunciamiento contiene la s disposiciones relativas a la preparación y pres entación
del estado de ujos de efectivo.
Objetivo del estado de ujos de efectivo
El objetivo de este estado es presentar información pertinente y concisa, relativa a los
recaudos y desembolsos de efectivo de un ente económico durante un período para
que los usuarios de los es tados nancieros tenga elementos ad icionales para :
Examinar la capacidad d el ente económico para general ujos fut uros de efectivo.
Evaluar la capacidad del ente económico para cumplir con sus obligaciones, pagar
dividendos y determinar e l nanciamiento interno o externo nece sario.
Analizar los cambio s experimentados en el efecti vo derivados de las actividade s de
operación, inversión y nanciación.
Establecer las diferencias entre la utilidad net a y los recaudos y desembolsos de
efectivo asociados.
Para cumplir estos objetivos, este estado debe mostrar el efecto de las variaciones en
el efectivo durante un pe ríodo, vinculadas a las actividades de operación, inversión y
nanciación.
Los efectos de acti vidades de inversión y nanciación que modi quen la situación nan-
ciera del ente económico, pe ro que no afecten los uj os de efec tivo duran te el perío do,
deben revelarse.
Adicionalmente, se debe prese ntar una conciliación entre la utilidad neta y el ujo de
efectivo proveniente de las actividades de operación en razón a la información que
proporciona sobre los resultados netos de transacciones de oper ación.
Conceptos
Para nes de este Pronunciamiento el estado de uj os de efe ctivo e s el esta do nancie-
ro básico que muestra el efe ctivo generado y utilizado en las acti vidades de operación,
inversión y nanciación. Para el efecto debe determinarse el cambio en las diferentes
partidas del balan ce general que inciden en el efectivo.
En este Pronuncia miento, el término efect ivo incluye tanto el dinero dis ponible en caja,
en bancos y en otras instituciones nancieras, así como los equivalente s de efectivo
correspondientes a inver siones de alta liquidez y aquellas partidas que tengan las ca-
racterísticas generales de depósitos a la vista. Por lo general , sólo las inversiones y
depósitos con vencimiento igual o infe rior a tres meses se incluyen bajo el concepto de
equivalentes de efectivo.
Las actividades de operaci ón están relacionadas generalmente con la producción y
distribución de bienes y con la prestación de servicios. Los ujos de efectivo de opera-

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