Decreto número 1912 de 2014, por el cual se prorroga el plazo de liquidación del Fondo Nacional de Regalías en Liquidación y se dictan otras disposiciones - 1 de Octubre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 537429942

Decreto número 1912 de 2014, por el cual se prorroga el plazo de liquidación del Fondo Nacional de Regalías en Liquidación y se dictan otras disposiciones

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Nacional de Planeación
Número de Boletín49291

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades contenidas en el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 52 de la Ley 489 de 1998, el parágrafo 1º del artículo 2º del Decreto-ley 254 de 2000 modificado por el artículo 2º de la Ley 1105 de 2006 y por el artículo 1º del Decreto número 4972 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el parágrafo 1º transitorio del artículo 2º del Acto Legislativo número 005 de 2011, modificatorio del artículo 361 de la Constitución Política, suprimió el Fondo Nacional de Regalías a partir de la fecha que señale la ley a que se refiere el inciso segundo del artículo 1º del mencionado Acto Legislativo.

Que el artículo 129 del Decreto-ley 4923 de diciembre 26 de 2011, determinó la supresión del Fondo Nacional de Regalías a partir del 1º de enero de 2012, norma que fue sustituida por el artículo 129 de la Ley 1530 de 2012.

Que mediante Decreto número 4972 del 30 de diciembre de 2011, publicado en el Diario Oficial48.298 del 30 diciembre de 2011, se definieron el procedimiento y plazo para la liquidación del Fondo Nacional de Regalías y se dictaron otras disposiciones.

Que el artículo 1º del Decreto número 4972 de 2011 señaló que el proceso de liquidación del Fondo Nacional de Regalías, debe concurrir a más tardar en el término de tres (3) años a partir de la fecha de expedición de dicho decreto, que podrá prorrogarse mediante acto...

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