Providencia por Medio de la Cual se Ordena la Apertura de la Investigación Disciplinaria - Minutas - Minutas - VLEX 433957434

Providencia por Medio de la Cual se Ordena la Apertura de la Investigación Disciplinaria

Actualizado aMayo 2014

Minuta Actualizada a 2014

No. ...

FECHA .......

(OFICINA DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO)

(ENTIDAD PÚBLICA)

El Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, y con fundamento de los siguientes:

HECHOS

Se debe identificar al posible autor o autores y narrar los hechos (incumplimiento de deberes, extralimitación en el ejercicio de derechos y funciones prohibiciones inhabilidad, incompatibilidad, impedimentos y conflicto de intereses) indicando las circunstancias de tiempo, modo y lugar que dieron origen a la investigación disciplinaria.

PRUEBAS

Se relacionan la práctica de pruebas que se van a ordenar, (confesión, testimonio, la peritación, la inspección o visita especial, los documentos, etc), teniendo en cuenta su legalidad, conducencia y pertinencia. (Arts. 128, 130).

CONSIDERACIONES

Se analizarán los hechos que dieron origen a la investigación disciplinaria y si la investigación procede de conforme a la velación de la indagación preliminar, se hace un análisis de la misma.

En mérito de lo expuesto:

ORDENA

PRIMERO: Proceder a la apertura de investigación disciplinaria en contra del servidor público ...... identificado con la cédula de ciudadanía .... ., adscrito a la dependencia ...... quien ocupa el cargo de . .. ., de conformidad con lo señalado en la parte motiva.

SEGUNDO: Decretar de oficio las pruebas indicadas en la parte motiva del presente Acto Administrativo.

TERCERO: Ordenar incorporar los antecedentes disciplinarios del investigado, mediante certificación de la entidad a la que el servidor público esté o hubiere estado vinculado, la cual deberá contener la constancia del sueldo devengado para la época de la realización de la conducta y su última dirección conocida.

CUARTO: Informar al funcionario competente de la Oficina de Registro y Control de la Procuraduría General de la Nación, y a la Personería correspondiente, sobre la apertura del presente proceso disciplinario, con el fin de que decida si asume la investigación, de conformidad con el poder disciplinario preferente.

QUINTO: Dése...

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