Sentencia nº de Tribunal Administrativo de Cundinamarca - Sección Cuarta, de 10 de Noviembre de 2005 - Jurisprudencia - VLEX 30544018

Sentencia nº de Tribunal Administrativo de Cundinamarca - Sección Cuarta, de 10 de Noviembre de 2005

Fecha10 Noviembre 2005
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo

PROVIDENCIA No112

DECLARACIÓN TRIBUTARIA – Lugar de presentación

DE LAS DECLARACIONES TRIBUTARIAS, DE LAS PERSONAS JURÍDICAS DOMICILIADAS EN EL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA LA PUEDEN HACER EN LOS BANCOS UBICADOS EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ, TENIENDO EN CUENTA QUE LAS PERSONAS JURÍDICAS DE CUNDINAMARCA, POR EXPRESA DISPOSICIÓN DE LA CITADA NORMA, SE ENCUENTRAN DENTRO DE LA JURISDICCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE PERSONAS NATURALES, Y QUE EL DECRETO 3049 DE 1997, ES EXPRESO EN SEÑALAR QUE DICHAS DECLARACIONES SE DEBÍAN PRESENTAR EN LAS ENTIDADES AUTORIZADAS UBICADAS EN LA JURISDICCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE IMPUESTOS NACIONALES.

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TRIBUNAL ADMINISTRATIVO

DE CUNDINAMARCA

SECCIÓN CUARTA

Subsección “A”

Bogotá, D.C., Diez (10) de noviembre de dos mil cinco (2005).

Magistrada Ponente: Dra. LUZ M.C.V.

REF: EXPEDIENTE No. 250002327000200200120-01 y 250002327000200300216-01 Acumulados DEMANDANTE: CORPORACIÓN CLUB CAMPESTRE LOS ANDES ASUNTOS VARIOS

SENTENCIA

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La Corporación Club Campestre Los Andes identificada con el Nit. 08605082514, a través de apoderado judicial en ejercicio de la acción contencioso administrativa consagrada en el artículo 85 del Código Contencioso Administrativo, presenta demanda de nulidad contra los siguientes actos administrativos:

En el proceso 2002 -00120

|Auto Declarativo |Decisión |Resolución que resuelve |Resolución que resuelve | | | |el recurso de reposición|el recurso de apelación | |126-9001 |Dió por no presentada la Declaración de renta del| 604-900015 |604-900034 | | |año 1998. | | | |320632001000027 |Dió por no presentada la Declaración de renta del| 604-900015 |604-900033 | | |año 1998. | | | |Auto Declarativo |Decisión |Resolución que resuelve |Resolución que resuelve | | | |el recurso de reposición|el recurso de apelación | |320632001000035 |Dió por no presentada la Declaración Bimestral | 604-900013 |604-900032 | | |del Impuesto a las ventas. Periodo 2 de 1998. | | | |320632001000036 |Dió por no presentada la Declaración Bimestral | 604-900014 |604-900031 | | |del Impuesto a las ventas. Periodo 3 de 1998. | | | |320632001000048 |Dió por no presentada la Declaración Bimestral | 604-900012 |604-900030 | | |del Impuesto a las ventas. Periodo 4 de 1998. | | | |320632001000049 |Dió por no presentada la Declaración Bimestral | 604-900011 |604-900029 | | |del Impuesto a las ventas. Periodo 5 de 1998. | | | |320632001000052 |Dió por no presentada la Declaración Bimestral | 604-900010 |604-900028 | | |del Impuesto a las ventas. Periodo 6 de 1998. | | | |320632001000050 |Dió por no presentada la Declaración Mensual de | 604-900009 |604-900027 | | |Retención en la Fuente de abril 1998. | | | |320632001000053 |Dió por no presentada la Declaración Mensual de | 604-900008 |604-900026 | | |Retención en la Fuente de mayo 1998. | | | |320632001000054 |Dió por no presentada la Declaración Mensual de | 604-9000007 |604-900025 | | |Retención en la Fuente de junio 1998. | | | |320632001000055 |Dió por no presentada la Declaración Mensual de | 604-9000006 |604-900024 | | |Retención en la Fuente de julio 1998. | | | |320632001000056 |Dió por no presentada la Declaración Mensual de | |604-900023 | | |Retención en la Fuente de agosto 1998. | | | |320632001000058 |Dió por no presentada la Declaración Mensual de | 604-9000004 |604-900021 | | |Retención en la Fuente de octubre 1998. | | | |320632001000059 |Dió por no presentada la Declaración Mensual de | 604-9000003 |604-900020 | | |Retención en la Fuente de noviembre 1998. | | | |320632001000060 |Dió por no presentada la Declaración Mensual de | 604-900002 |604-900019 | | |Retención en la Fuente de diciembre 1998. | | |

Actos emitidos por el Jefe de División de Fiscalización Tributaria y el Administrador, de la Administración de Impuestos Nacionales Personas Naturales de Santafé de Bogotá.

Como consecuencia de la nulidad de los anteriores actos solicita como Restablecimiento que se tengan por presentadas las declaraciones de renta de 1998; las declaraciones del impuesto de retención en la fuente de los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto octubre, noviembre y diciembre de 1998 y las declaraciones del impuesto a las ventas del 2º, 3º, 4º, 5º y 6º bimestre de 1998.

- Proceso 2003 - 00216

|Resolución Sancionatoria |Decisión |Resolución que resuelve el | | | |recurso de Apelación | |320642002000020 |Impuso sanción por no haber presentado la declaración de |900021 | | |retención por el periodo 12 del año gravable 1998. | | |320642002000019 |Impuso sanción por no haber presentado la declaración de |900020 | | |retención por el periodo 11 del año gravable 1998. | | |320642002000018 |Impuso sanción por no haber presentado la declaración de |900019 | | |retención por el periodo 10 del año gravable 1998. | | |320642002000017 |Impuso sanción por no haber presentado la declaración de |900018 | | |retención por el periodo 8 del año gravable 1998. | | |320642002000016 |Impuso sanción por no haber presentado la declaración de |900017 | | |retención por el periodo 7 del año gravable 1998. | | |320642002000015 |Impuso sanción por no haber presentado la declaración de |900016 | | |retención por el periodo 6 del año gravable 1998. | | |320642002000014 |Impuso sanción por no haber presentado la declaración de |900015 | | |retención por el periodo 5 del año gravable 1998. | | |320642002000013 |Impuso sanción por no haber presentado la declaración de |900012 | | |retención por el periodo 4 del año gravable 1998. | | |320642002000012 |Impuso sanción por no haber presentado la declaración de |900008 | | |ventas por el periodo 2 del año gravable 1998. | | |320642002000011 |Impuso sanción por no haber presentado la declaración de |900009 | | |ventas por el periodo 3 del año gravable 1998. | | |320642002000010 |Impuso sanción por no haber presentado la declaración de |900010 | | |ventas por el periodo 4 del año gravable 1998. | | |320642002000009 |Impuso sanción por no haber presentado la declaración de |900011 | | |ventas por el periodo 5 del año gravable 1998. | | |320642002000008 |Impuso sanción por no haber presentado la declaración de |900013 | | |ventas por el periodo 6 del año gravable 1998. | | |320642002000007 |Impuso sanción por no haber presentado la declaración de |900014 | | |renta por el periodo 1 del año gravable 1998. | |

Resoluciones emitidas por el Jefe de División de Liquidación y la Delegada de División Jurídica Tributaria de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Administración Local de Impuestos Nacionales de Personas Naturales de Bogotá.

Como consecuencia de la nulidad de los anteriores actos solicita como Restablecimiento se declare que la Corporación Club Campestre Los Andes no está obligada a pagar al Fisco Nacional suma alguna por concepto de sanciones por no presentar las declaraciones de renta de 1998; las declaraciones del impuesto de retención en la fuente de los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto octubre, noviembre y diciembre de 1998 y las declaraciones del impuesto a las ventas del 2º, 3º, 4º, 5º y 6º bimestre de 1998.

H E C H O S

Los narra la parte demandante a folios 18 a 122 en el proceso 2002 – 00120 y a folios 17 a 88 del expediente 2003 - 00216, los cuales relata así:

Proceso 2002-00120: Los argumentos son los mismos para cada uno de los actos, varían fechas y lugares, pero se pueden condensar de la siguiente manera

I-HECHOS U OMISIONES RELACIONADOS CON LOS SIGUIENTES ACTOS:

Autos Declarativos por medio de los cuales se dio por no presentada las Declaración de Renta de 1.998,y las Resoluciones por medio de las cuales se resolvieron los recursos de Reposición y Apelación confirmando los autos declarativos.

Autos Declarativos por medio de los cuales se dio por no presentada las Declaración de Ventas de los bimestres 2, 3, 4, 5, 6 de 1.998,y las Resoluciones por medio de las cuales se resolvieron los recursos de Reposición y Apelación confirmando los autos declarativos.

Autos Declarativos por medio de los cuales se dio por no presentada las Declaración de Retención en la fuente de los periodos 4, 5, 6, 7, 8, 10, 11, 12 de 1.998,y las Resoluciones por medio de las cuales se resolvieron los recursos de Reposición y Apelación confirmando los autos declarativos.

Mi representada mediante liquidaciones privadas presentó las declaraciones de los impuestos antes mencionados del año gravable de 1.998, en (diferente fecha) y en(diferente banco para algunas declaraciones)

La Unidad Administrativa Especial de Impuestos y Aduanas Nacionales Administración Local de Impuestos Nacionales de Personas Naturales de Bogotá, División de Fiscalización Tributaria, expidió los autos declarativos antes relacionados, mediante los cuales se dieron por no presentadas las Declaraciones tributarias antes relacionadas conforme a lo establecido en el literal a-) del Articulo 580 del E.T se tenia como no presentada.-

En dichos autos declarativos hace toda una exposición por lo que ha de entenderse por el vocablo Domicilio, y cita el Artículo 76 del C.C.-

Igualmente sirve de base a los Autos Declarativos para no tener por presentadas las Declaraciones, el hecho de que si una persona jurídica domiciliada fuera del territorio del Distrito Capital de Bogotá. Llegare a presentar sus declaraciones tributarias dentro del territorio de este, dicha declaración queda incursa dentro del articulo 580 del Estatuto Tributario, es decir se tiene por no presentada.-

Mi representada por intermedio de su gerente se notificó de dichos autos declarativos de dejando al respaldo de la misma una anotación que reza: "El Club Campestre Los Andes, por este intermedio extraña el que no se le haya manifestado la novedad acerca del cambio y obligatoriedad de declarar en el municipio de Cajicá y no en Bogotá oportunamente; sino que la DIAN por intermedio del visitador Dr. E.M.R. nos informa de la novedad de éste auto declarativo...

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