Proyecto de acuerdo por el cual se adiciona el acuerdo único del sistema general de regalías (acuerdo 045) respecto a las reuniones presenciales de la comisión rectora durante la vigencia de la emergencia sanitaria declarada por el ministerio de salud y protección social (msps) - Proyectos de Normativa del Departamento Nacional de Planeación - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 897148070

Proyecto de acuerdo por el cual se adiciona el acuerdo único del sistema general de regalías (acuerdo 045) respecto a las reuniones presenciales de la comisión rectora durante la vigencia de la emergencia sanitaria declarada por el ministerio de salud y protección social (msps)

Fecha de Inicio de Comentarios Públicos09 Noviembre 2020
Año2020
Fecha de Fin de Comentarios Públicos16 Noviembre 2020
COMISIÓN RECTORA DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS
ACUERDO NÚMERO XX DE 2020
(xx DE xx DE 2020)
REPUBLICA DE COLOMBIA
I
“Por el cual se adiciona el Acuerdo Único del Sistema General de Regalías (Acuerdo 045),
respecto a las reuniones presenciales de la Comisión Rectora durante la vigencia de la
emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS)
LA COMISIÓN RECTORA DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS
En ejercicio de sus facultades legales y, en especial las conferidas en el artículo 4 y el numeral 1
del artículo 5 de la Ley 2056 de 2020, y
CONSIDERANDO
Que el Acto Legislativo 05 de 2011 constituyó el SGR, y modificó los artículos 360 y 361 de
la Constitución Política, dictando disposiciones sobre el régimen de regalías y
compensaciones
Que el Acto Legislativo 05 de 2019 modifico el artículo 361 de la Constitución Política,
dictando disposiciones sobre el régimen de regalías y compensaciones.
Que en desarrollo del Acto Legislativo 05 de 2019, el 30 de septiembre de 2020 fue
expedida la Ley 2056 “Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema
General de Regalías”, la cual determina la distribución, objetivos, fines, administración,
ejecución, control, el uso eficiente y la destinación de los ingresos provenientes de la
explotación de los recursos naturales no renovables, precisando las condiciones de
participación de sus beneficiarios.
Que el artículo 211 de la Ley 2056 de 2020 establece que la misma rige a partir del 01 de
enero de 2021, y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Ley
1530 de 2012, sin embargo, el parágrafo del mismo artículo señala que los artículos 4 y 5
entre otros, entran en vigencia a partir de su promulgación.
Que el artículo 4 de la Ley 2056 de 2020 establece que la Comisión Rectora del SGR es el
órgano encargado de dictar, mediante acuerdos, las regulaciones de carácter
administrativo orientadas a asegurar el adecuado funcionamiento del Sistema.
Que el numeral 1 del artículo 5 de la Ley 2056 de 2020 señala que la Comisión Rectora es
la encargada de definir las directrices generales, procesos, lineamientos, metodologías y
criterios para el funcionamiento y direccionamiento estratégico del SGR
Que el 12 de marzo de 2020 el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la
Resolución 385 por la cual se declaró emergencia sanitaria en todo el territorio nacional
hasta el 30 de mayo de 2020, mediante Resolución 844 de 2020 del mismo Ministerio se
prorrogó hasta el 31 de agosto de 2020, y a través de la Resolución 1462 de 2020
nuevamente se prorrogó hasta el 30 de noviembre de 2020.
Que el 17 de marzo de 2020 fue expedido el Decreto Legislativo 417 y el 6 de mayo de
2020 se expidió el Decreto Legislativo 637, mediante los cuales el Gobierno nacional, en
virtud del artículo 215 de la Constitución Política, declaró el Estado de Emergencia

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