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Proyecto de Decreto. CREO, Un Crédito para Conocernos

Fecha de publicación19 Octubre 2023
Fecha de Inicio de Comentarios Públicos19 Octubre 2023
Fecha de Fin de Comentarios Públicos03 Noviembre 2023
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
REPÚBLICA DE COLOMBIA
DECRETO NÚMERO DE 2023
( )
Por medio del cual se crea el programa “CREO, un crédito para conocernos” y se adiciona
la Parte 25 al Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda
y Crédito Público
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el
numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 88 de la Ley 2294 de
2023, y
CONSIDERANDO
Que las bases de la Ley 2294 de 2023 por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo
2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida” proponen desarrollar una política pública
que desde diferentes enfoques permita mejorar las oportunidades de la población para lograr
sus proyectos de vida y se otorgue el reconocimiento e impulso a la Economía Popular y
Comunitaria.
Que en las bases de la Ley 2294 de 2023 por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo
2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida” se establece que la Economía Popular
se refiere a los oficios y ocupaciones mercantiles (producción, distribución y comercialización
de bienes y servicios) y no mercantiles (domésticas o comunitarias) desarrolladas por
unidades económicas de baja escala (personales, familiares, micronegocios o
microempresas), en cualquier sector económico.
Que el artículo 88° de la referida Ley establece que el Ministerio de Hacienda y Crédito
Público, en articulación con otras entidades del Estado, impulsará el desarrollo de
instrumentos y programas para promover, entre otros, la inclusión financiera y crediticia de
la Economía Popular, especialmente pequeños productores del sector agropecuario y los
micronegocios de otros sectores.
Que el Gobierno nacional a través del Programa de Inversión Banca de las Oportunidades
creado en virtud del artículo 10.4.2.1.1. del Decreto 2555 de 2010, busca promover el acceso
al crédito y los demás servicios financieros a las familias de menores ingresos, micro,
pequeñas y medianas empresas y emprendedores, así como, impulsar la articulación,
ejecución y seguimiento de las políticas de inclusión y educación económica y financiera que
fije el Gobierno nacional dirigidas a la comunidad educativa y público en general.
Que el artículo 10.4.2.1.3 del Decreto 2555 de 2010 creó la Comisión Intersectorial para la
inclusión y educación económica y financiera - Banca de las Oportunidades como la instancia
a cargo de ejercer la coordinación y seguimiento a la formulación y ejecución de la política
de inclusión y educación económica y financiera, así como las actividades que se pretendan
financiar con los recursos del Programa de Inversión Banca de las Oportunidades. El
Ministerio de Hacienda y Crédito Público preside esta Comisión.

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