Proyecto de Decreto. CREO, Un Crédito para Conocernos
Fecha de publicación | 19 Octubre 2023 |
Fecha de Inicio de Comentarios Públicos | 19 Octubre 2023 |
Fecha de Fin de Comentarios Públicos | 03 Noviembre 2023 |
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
REPÚBLICA DE COLOMBIA
DECRETO NÚMERO DE 2023
( )
Por medio del cual se crea el programa “CREO, un crédito para conocernos” y se adiciona
la Parte 25 al Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda
y Crédito Público
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el
numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 88 de la Ley 2294 de
2023, y
CONSIDERANDO
Que las bases de la Ley 2294 de 2023 por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo
2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida” proponen desarrollar una política pública
que desde diferentes enfoques permita mejorar las oportunidades de la población para lograr
sus proyectos de vida y se otorgue el reconocimiento e impulso a la Economía Popular y
Comunitaria.
Que en las bases de la Ley 2294 de 2023 por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo
2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida” se establece que la Economía Popular
se refiere a los oficios y ocupaciones mercantiles (producción, distribución y comercialización
de bienes y servicios) y no mercantiles (domésticas o comunitarias) desarrolladas por
unidades económicas de baja escala (personales, familiares, micronegocios o
microempresas), en cualquier sector económico.
Que el artículo 88° de la referida Ley establece que el Ministerio de Hacienda y Crédito
Público, en articulación con otras entidades del Estado, impulsará el desarrollo de
instrumentos y programas para promover, entre otros, la inclusión financiera y crediticia de
la Economía Popular, especialmente pequeños productores del sector agropecuario y los
micronegocios de otros sectores.
Que el Gobierno nacional a través del Programa de Inversión Banca de las Oportunidades
creado en virtud del artículo 10.4.2.1.1. del Decreto 2555 de 2010, busca promover el acceso
al crédito y los demás servicios financieros a las familias de menores ingresos, micro,
pequeñas y medianas empresas y emprendedores, así como, impulsar la articulación,
ejecución y seguimiento de las políticas de inclusión y educación económica y financiera que
fije el Gobierno nacional dirigidas a la comunidad educativa y público en general.
Que el artículo 10.4.2.1.3 del Decreto 2555 de 2010 creó la Comisión Intersectorial para la
inclusión y educación económica y financiera - Banca de las Oportunidades como la instancia
a cargo de ejercer la coordinación y seguimiento a la formulación y ejecución de la política
de inclusión y educación económica y financiera, así como las actividades que se pretendan
financiar con los recursos del Programa de Inversión Banca de las Oportunidades. El
Ministerio de Hacienda y Crédito Público preside esta Comisión.
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