Proyecto de decreto " por el cual se adicionan unos artículos al capítulo 3 del título 1 de la parte 2 del libro 2 del decreto 1083 de 2015, único reglamentario del sector de función pública, en lo relacionado con la jornada laboral mediante el sistema de turnos
Fecha de Inicio de Comentarios Públicos | 22 Enero 2021 |
Fecha de Fin de Comentarios Públicos | 06 Febrero 2021 |
Fecha de publicación | 22 Enero 2021 |
Emisor | Departamento Administrativo de la Función Pública |
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
DECRETO NÚMERO DE 20210
( )
REPUBLICA DE COLOMBIA
I
Por el cual se adicionan unos artículos al Capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2
del Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública, en lo
relacionado con la jornada laboral mediante el sistema de turnos
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere
el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 33 del Decreto ley 1042 de 1978, consagra que la asignación mensual
fijada en las escalas de remuneración corresponde a jornadas de cuarenta y cuatro (44)
horas semanales.
Que el inciso 2º del artículo 33 del Decreto ley 1042 de 1978 consagra que, dentro del
límite máximo de las cuarenta y cuatro (44) horas semanales, el jefe del respectivo
organismo podrá establecer el horario de trabajo y compensar la jornada del sábado con
tiempo diario adicional de labor, sin que en ningún caso dicho tiempo compensatorio
constituya trabajo suplementario o de horas extras.
Que la jornada laboral señalada en el Decreto Ley 1042 de 1978 se aplica a las
entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional y territorial, tal como lo señala la
Que en el punto 26 del Acuerdo Colectivo Nacional Estatal, celebrado en 2019 entre el
Gobierno Nacional y las Confederaciones y Federaciones sindicales de empleados
públicos, se acordó expedir decreto reglamentario del Decreto ley 1042 de 1978
regulando la jornada por turnos y la forma de compensar el trabajo por fuera de la
jornada laboral y de disponibilidad, debidamente autorizado, para el nivel profesional.
Que se considera necesario reglamentar el Decreto Ley 1042 de 1978 en lo relacionado
con la regulación de los turnos y el reconocimiento de las horas extras
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Adiciónese los siguientes artículos al Capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del
Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública,
el cual quedará así:
“Artículo 2.2.1.3.3. Campo de aplicación de la Jornada laboral por el Sistema de
Turnos. La jornada laboral por el sistema de turnos que se regula en el presente
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