Proyecto de ley 080 de 2003 cámara - 28 de Agosto de 2003 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451267766

Proyecto de ley 080 de 2003 cámara

PROYECTO DE LEY 080 DE 2003 CÁMARA. por medio de la cual se modifican las Leyes 23 de 1982 y 44 de 1993 y se dictan otras disposiciones

Bogotá, D. C., 21 de agosto de 2003

Doctor

ANGELINO LIZCANO R.

Secretario General

Honorable Cámara de Representantes

E. S. D.

Respetado doctor Lizcano:

De manera atenta me permito presentar el Proyecto de ley número 080 de 2003 Cámara, por medio de la cual se modifican las Leyes 23 de 1982 y 44 de 1993 y se dictan otras disposiciones, pararespectivo estudio yaprobación.

Cordialmente,

Bernabé Celis Carrillo, Luz Piedad Valencia Franco, Jorge Eduardo Casabianca, Miguel Angel Rangel Sosa, Luis Alberto Monsalvo, Plinio Olano Becerra, Betty Esperanza Moreno, Carlos Julio González Villa, Gustavo Adolfo Lanzziano, Luis Guillermo Jiménez, Representantes a la Cámara.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Señores Congresistas:

Este proyecto de ley fue presentado en dos oportunidades; el primero el 29 de marzo de 2000, radicado como Proyecto de ley 249 de 2000; y el segundo el 23 de julio de 2001, radicado como Proyecto de ley 026 de 2001.En el primero faltó la aprobación del Acta de Conciliación en la Cámara de Representantes razón por la cual el proyecto no llenó los requisitos para poder ser enviado a sanción Presidencial, y en el segundo se cumplió satisfactoriamente los cuatro debates que exige la Constitución Política Colombiana, aprobado en las comisiones de conciliación designadas para adoptar y acordar el único texto y sancionada por el señor Presidente de la República como la Ley 719 de 2001.

Esta ley que fue consultada ampliamente y recibió por parte del país nacional los mejores comentarios y exaltaciones al Congreso de la República, puesto que ella generó un importante clima de tranquilidad en los establecimientos de comercio en los que año a año se les venía incrementando ese cobro en un veinte (20), treinta (30) y en ocasiones en más del cincuenta por ciento (50%), y los autores, compositores e intérpretes de la música manifestaron en muchos casos no recibir ninguna contribución de sus regalías.

A pesar de recibir en la Corte ponencias favorables del ministerio publico y la participación decidida de los gremios, la honorable Corte Constitucional consideró que el proyecto de ley que culminó con la expedición de la Ley 719 de 2001 era inexequible, pues no debió tramitarse en las Comisiones Sextas de Cámara y Senado, en razón a que su materia dominante: los derechos de autor, no es un tema asignado a esas comisiones por el artículo 2º de la Ley 3ª de 1992, correspondiéndoles su trámite a las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR