Proyecto de ley número 112 de 2023 Cámara, por medio del cual se establecen lineamientos para el cobro de la tasa de seguridad y convivencia ciudadana a cargo de departamentos, municipios y distritos, y se dictan otras disposiciones - 16 de Agosto de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 942932362

Proyecto de ley número 112 de 2023 Cámara, por medio del cual se establecen lineamientos para el cobro de la tasa de seguridad y convivencia ciudadana a cargo de departamentos, municipios y distritos, y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación16 Agosto 2023
Número de Gaceta1078
Página 10 Miércoles, 16 de agosto de 2023 G 1078
Es menester señalar que la descripción de los posibles
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trámite o votación del presente proyecto de ley, conforme
a lo dispuesto en el artículo 291 de la Ley 5ª de 1992
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pueda estar incurso.
10. ANÁLISIS DE IMPACTO FISCAL
En virtud de lo establecido en el artículo 7º de la Ley
819 de 2023, esta iniciativa legislativa no ordena gasto
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11. REFERENCIAS
* * *
PROYECTO DE LEY NÚMERO 112 DE 2023
CÁMARA
por medio del cual se establecen lineamientos para el
cobro de la tasa de seguridad y convivencia ciudadana
a cargo de departamentos, municipios y distritos, y se
dictan otras disposiciones.
Bogotá, D. C., 8 de agosto de 2023
Doctor
ANDRÉS DAVID CALLE AGUAS
Presidente
Cámara de Representantes
Bogotá, D. C.
ASUNTO: Proyecto de ley, por medio del cual
se establecen lineamientos para el cobro de la tasa
de seguridad y convivencia ciudadana a cargo de
departamentos, municipios y distritos, y se dictan otras
disposiciones.
Señor Presidente:
En ejercicio de la facultad prevista en el artículo 150
la Ley 5ª de 1992, presento a consideración del Congreso
de la República el presente Proyecto de ley, por medio
del cual se establecen lineamientos para el cobro de la
tasa de seguridad y convivencia ciudadana a cargo de
departamentos, municipios y distritos, y se dictan otras
disposiciones.
Cordialmente,
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Antecedentes
El artículo 119 de Ley 418 de 1997, prorrogada en
sucesivas oportunidades a través de las Leyes 547 de
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Ley 1421 de 2010 dispuso que en los departamentos y
municipio deben funcionar los Fondos de Seguridad y
Convivencia Ciudadana con destino a las necesidades
regionales de seguridad y convivencia de las entidades
territoriales.
segundo, estableció la potestad de los municipios y
departamentos para imponer tasas o sobretasas especiales,
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seguridad para fomentar la seguridad ciudadana.

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