Proyecto de ley número 57 de 2021 Cámara, por medio del cual se adicionan unas disposiciones a los artículos 373 y 388 de la Ley 1564 de 2012 - Código General del Proceso-, y se crea un incidente de reparación integral en favor del cónyuge inocente por la causal de divorcio de ultrajes, tratos crueles y maltratamientos de obra - 5 de Agosto de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879265242

Proyecto de ley número 57 de 2021 Cámara, por medio del cual se adicionan unas disposiciones a los artículos 373 y 388 de la Ley 1564 de 2012 - Código General del Proceso-, y se crea un incidente de reparación integral en favor del cónyuge inocente por la causal de divorcio de ultrajes, tratos crueles y maltratamientos de obra

Fecha de publicación05 Agosto 2021
Número de Gaceta947
Página 6 Jueves, 5 de agosto de 2021 Gaceta del Congreso 947
18 19 20 21
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LEÓN FREDY MUÑOZ LOPERA
Representante a la Cámara
Partido Alianza Verde
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GUSTAVO PETRO URREGO
Senador de la República
Colombia Humana
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MARÍA JOSÉ PIZARRO RODRÍGUEZ
Representante a la Cámara
Coalición Lista de la Decencia
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JORGE EDUARDO LONDOÑO ULLOA
Senador de la República
Partido Alianza Verde
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WILMER LEAL PÉREZ
Representante a la Càmara
Partido Alianza Verde
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ANTONIO SANGUINO PÁEZ
Senador de la República
Partido Alianza Verde
FABIÁN DÍAZ PLATA
Representante a la Cámara
Partido Alianza Verde
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IVÁN CEPEDA CASTRO
Senador de la República
Polo Democrático Alternativo
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CESAR AUGUSTO ORTIZ ZORRO
Representante a la Cámara
Partido Alianza Verde
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WILSON ARIAS CASTILLO
Senador de la República
Polo Democrático Alternativo
CESAR A PACHON ACHURY
Representante a la Camara
Partido Mais
ALEXANDER LÓPEZ MAYA
Senador de la República
Partido Polo Democrático Alternativo
_________________________
ABEL DAVID JARAMILLO LARGO
Representante a la Cámara
Partido Mais
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JUAN LUIS CASTRO CÓRDOBA
Senador de la República
Partido Alianza Verde
DAVID RACERO MAYORCA
Representante a la Cámara
Coalición Decentes
IVÁN MARULAN DA
Senador de la República
Partido Alianza Verde
CARLOS CARREÑO MARÍN
Representante a la Cámara
FELICIANO VALENCIA MEDINA
Senador de la República
Partido MAIS
JAIRO REINALDO CALA SUÁREZ
Representante a la Cámara.
Partido Comunes.
AIDA AVELLA ESQUIVEL
Senadora de la República
Coalición Decentes-Unión Patriótica
JULIÁN GALLO CUBILLOS
Senador de la República
Partido comunes
Pablo Catatumbo Torres Victoria
Senador de la República
Partido Comunes
____________________________
LUIS ALBERTO ALBÁN URBANO
Representante a la Cámara
Partido Comunes
PROYECTO DE LEY NÚMERO 57 DE 2021
CÁMARA
por medio del cual se adicionan unas disposiciones
a los artículos 373 y 388 de la Ley 1564 de 2012
Código General del Proceso-, y se crea un incidente
de reparación integral en favor del cónyuge inocente
por la causal de divorcio de ultrajes, tratos crueles y
maltratamientos de obra.
El Congreso de la República
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DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Objeto. Establecer una habilitación normativa que permita a los
jueces, en los procesos de divorcio y de cesación de efectos civiles de
matrimonio religioso, disponer la apertura de un incidente de reparación integral
cuando se da por demostrada la causal de ultrajes, tratos crueles y los
maltratamientos de obra consagrada en el numeral 3º del artículo 154 de Código
Civil, siempre que de conformidad con los hechos y pruebas, resulte procedente
la apertura del mismo en favor de cualquiera de los cónyuges, evitando la
revictimización de la parte que considere tener derecho a ser indemnizada o
reparada. La autoridad judicial deberá garantizar el restablecimiento de derechos
del cónyuge inocente.
ARTÍCULO 2º. Modifíquese el numeral 6º del artículo 373 de la ley 1564 de 2012,
el cual quedará así:
6. Para los efectos del numeral 4 del artículo 388, una vez presentados los
alegatos de las partes, el Juez anunciará el sentido del fallo de forma oral, con
una breve exposición de sus fundamentos, oportunidad en la que procederá el
trámite especial del incidente de reparación integral el cual concluirá con la
respectiva sentencia.
ARTÍCULO 3º. Adiciónese un numeral al artículo 373 de la ley 1564 de 2012, el
cual quedará así:
7. La audiencia se registrará como lo dispone el artículo 107.
ARTÍCULO 4º. Adiciónese un numeral al artículo 388 de la Ley 1564 de 2012,
el cual quedará así:
4. Cuando la causal de divorcio que se demande corresponda al numeral 3º del
artículo 154 del Código Civil, el juez en el desarrollo de la audiencia del artículo
373 anunciará el sentido del fallo, a efectos de que a petición de parte se
promueva incidente de reparación integral en el que garantizando las reglas
propias de la responsabilidad civil con las particularidades que demande el caso,
se repare a la víctima de manera integral.
El incidente deberá tramitarse de conformidad con las disposiciones generales
establecidas en esta Ley. En todo caso, se tendrán en cuenta todos los hechos
y medios probatorios obtenidos legalmente al interior del proceso principal con
la finalidad de que no exista revictimización.
ARTÍCULO 5°. Adiciónese un parágrafo al artículo 388 de la Ley 1564 de 2012,
el cual quedará así:

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