Proyecto de ley 315 de 2009 senado - 22 de Mayo de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451466814

Proyecto de ley 315 de 2009 senado

PROYECTO DE LEY 315 DE 2009 SENADO. por la cual se modifica la Ley 486 del 24 de diciembre de 1993 y la Ley 999 de diciembre 29 de 2005.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. Prorróguese hasta el 31 de diciembre del año 2010, el término establecido en el artículo primero (1°) de la Ley 999 de 2005, para que los ciudadanos renueven su cédula de ciudadanía.

Artículo 2°. El artículo 2° de la Ley 486 del 24 de diciembre de 1998 quedará, así:

¿Artículo 2º. Las cédulas de ciudadanía actualmente expedidas y vigentes mantendrán su vigencia hasta después del 31 de diciembre de 2010, siempre y cuando el ciudadano demuestre con el comprobante de documento en trámite oficial expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, que se encuentra en proceso de renovación de su cédula de ciudadanía¿.

Artículo 3°. La presente ley rige a partir de su promulgación y subroga las disposiciones que le sean contrarias.

Honorables Senadores,

Samuel Arrieta Buelvas, Yolanda Pinto Afanador, Alfonso Núñez Lapeira, Luis Fernando Duque G., Manuel Guillermo Mora J., Jesús Bernal Amorocho, Jairo Tapias Ospina (sin firma).

EXPOSICION DE MOTIVOS

El Congreso de la República mediante la Ley 486 de diciembre 24 de 1998 ¿Por la cual se dictan disposiciones sobre la renovación de la cédula de ciudadanía¿ dio soporte jurídico y a su vez; vía libre para que la Registraduría Nacional del Estado Civil iniciara el proceso de renovación de la cédula de ciudadanía.

Este procedimiento pretende que todos los colombianos cuenten con la nueva generación de cédulas de ciudadanía (amarilla con hologramas) remplazando así los anteriores tipos del documento de identidad (blanca laminada y la gris plastificada).

En la citada ley, el plazo para que la ciudadanía efectuara este cambio, quedó en manos del Consejo Nacional Electoral y el Registrador Nacional del Estado Civil, pero este término no podría ir más allá de la fecha de cierre de inscripciones para participar en las próximas elecciones presidenciales de la época.

En forma posterior, la Ley 757 de julio 25 de 2002, modificó la Ley 486 de 1998, señalando un nuevo término para la renovación de las cédulas, hasta el primero (1°) de enero de 2006.

Ante la cercanía de la fecha límite, y el hecho de que un gran número de ciudadanos no habían realizado su renovación, el Congreso de la República nuevamente legisló sobre la materia y, mediante Ley 999 del 29 de 2005 ¿por la cual se modifica la Ley 757 de 2002¿, prorrogó el plazo...

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