Proyecto de Normatividad num. 05 - 2023, Superintendencia Financiera - Proyectos de Normatividad de la Superintendencia Financiera - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 926303792

Proyecto de Normatividad num. 05 - 2023, Superintendencia Financiera

Fecha de Fin de Comentarios Públicos31 Marzo 2023
Proy CE





PROFORMA INTERNA

E-PI-DDS-002

PUBLICACIÓN PARA COMENTARIOS NORMA

Versión 5


Se publica para comentarios del público el siguiente:



PROYECTO DE CIRCULAR EXTERNA: Instrucciones relativas al cálculo de la duración para títulos de renta fija pactados en tasa variable y sobre la metodología de cálculo de la exposición crediticia en derivados financieros y productos estructurados.



PROPÓSITO: Modificar las instrucciones relativas al cálculo de la duración de títulos de renta fija pactados en tasa variable y sobre el cálculo de la exposición crediticia en derivados financieros y productos estructurados.



PLAZO PARA COMENTARIOS: Hasta las 5:00 pm del 31 de marzo de 2023.



REMISIÓN DE COMENTARIOS: Por favor diligenciar la proforma adjunta “MATRIZ PARA COMENTARIOS EXTERNOS - PUBLICACION WEB”.


La proforma en formato Word puede ser radicada vía e-mail por medio del correo electrónico normativa@superfinanciera.gov.co. En el asunto únicamente incluir el siguiente número de radicación:


RADICADO No. 2023010933


POR ESCRITO A: Subdirectora de Regulación, con el número de radicación.



Nota: Para la remisión de los comentarios por favor citar en el asunto del correo electrónico, la referencia señalada, así como por escrito.









* Consulte en este archivo el texto del proyecto de Circular



CIRCULAR EXTERNA DE 2023


( )



Señores


REPRESENTANTES LEGALES DE LAS ENTIDADES VIGILADAS


Referencia: Instrucciones relativas al cálculo de la duración para títulos de renta fija pactados en tasa variable y sobre la metodología de cálculo de la exposición crediticia en derivados financieros y productos estructurados



Apreciados señores:


La Superintendencia Financiera de Colombia viene adelantando un proceso de convergencia gradual a mejores prácticas y estándares internacionales, en desarrollo del cual considera necesario modificar las instrucciones en materia del cálculo de la duración de los instrumentos de renta fija pactados en tasa flotante de acuerdo con los lineamientos del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (BCBS) en materia de administración del riesgo de mercado asociado a las tasas de interés, según los cuales el cálculo de la «duración» debe tener en cuenta el plazo al vencimiento o el plazo remanente a las siguientes fechas de reprecio de los instrumentos de deuda, según se trate de títulos en tasa fija o en tasa flotante.


En esa misma línea, esta Superintendencia considera necesario modificar la metodología de cálculo de la exposición crediticia en operaciones con instrumentos financieros derivados y productos estructurados con el objetivo de promover una adecuada medición y gestión del riesgo de crédito en este tipo de operaciones tomando en cuenta la aproximación estandarizada definida por el BCBS.


En consideración de lo expuesto, y en ejercicio de las facultades previstas en el literal a) del numeral 3 del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y en los numerales 4 y 5 del artículo 11.2.1.4.2. del Decreto 2555 de 2010, esta Superintendencia se permite impartir las siguientes instrucciones:


PRIMERA: Modificar el literal b. del numeral 2.1.2.1.1. del Anexo 1 y el literal b. del numeral 1.1.2.1.1. del Anexo 3 del Capítulo XXI «Reglas relativas al sistema de administración de riesgo de mercado» de la Circular Básica Contable y Financiera (CBCF), referentes al cálculo de la duración de los instrumentos de renta fija pactados en tasa variable.


SEGUNDA: Modificar el...

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