Proyecto Resolución 000000 de 26-08-20202. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - Proyectos de Normas DIAN - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 876299939

Proyecto Resolución 000000 de 26-08-20202. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Fecha de Inicio de Comentarios Públicos26 Agosto 2020
Fecha de Fin de Comentarios Públicos04 Septiembre 2020
Fecha26 Agosto 2020
EmisorDirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
RESOLUCIÓN NÚMERO
( )
Por la cual se prescribe el formulario No. 2593 y su instructivo para el cumplimiento de las
obligaciones tributarias de los contribuyentes del impuesto unificado bajo el
régimen simple de tributación – SIMPLE en el año 2020 y siguientes.
El DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN
DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
En uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el numeral 12 del
artículo 6 del Decreto 4048 de 2008, artículos 578, 579-2 y 910 del Estatuto Tributario, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artículo 910 del Estatuto Tributario, los contribuyentes del
impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación – SIMPLE deberán presentar una
declaración anual consolidada en el formulario simplificado señalado por la Unidad
Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN, sin
perjuicio del pago del anticipo bimestral a través del recibo electrónico SIMPLE, el cual se
debe presentar de forma obligatoria, con independencia de que haya saldo a pagar de
anticipo, de conformidad con los plazos que establezca el Gobierno Nacional, en los
términos del artículo 908 del mismo estatuto.
Que mediante Resolución No. 000035 del 22 de abril de 2020 la Unidad Administrativa
Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN prescribió el formulario
2593 para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, de los contribuyentes del
impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación – SIMPLE en el año 2020 y
siguientes.
Que de conformidad con el artículo 910 del Estatuto Tributario en caso de que los valores
pagados bimestralmente sean superiores al impuesto unificado bajo el régimen simple de
tributación –SIMPLE, se reconocerá un saldo a favor compensable de forma automática
con los recibos electrónicos SIMPLE de los meses siguientes o con las declaraciones
consolidadas anuales siguientes.
Que, de acuerdo a lo indicado en el considerando anterior, se requiere modificar el
formulario No. 2593 “Recibo Electrónico SIMPLE” y su instructivo, prescrito mediante
Resolución No. 000035 del 22 deabril de 2020, para adicionar la casilla 50 “Saldo a favor
impuesto SIMPLE declaración año anterior”.
Que cumplida la formalidad prevista en el numeral 8 del artículo 8 del Código de
Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el proyecto de
resolución fue publicado en la página web de la Unidad Administrativa Especial Dirección
de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.
En mérito de lo expuesto,

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