Proyecto de Decreto del Departamento Administrativo Nacional de Estadística. Por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo Nacional de Estadística-DANE y se dictan otras disposiciones - Proyectos Normativos del Departamento Administrativo Nacional de Estadística - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 1017473822

Proyecto de Decreto del Departamento Administrativo Nacional de Estadística. Por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo Nacional de Estadística-DANE y se dictan otras disposiciones

Fecha de Inicio de Comentarios Públicos23 Febrero 2024
Fecha de Fin de Comentarios Públicos08 Marzo 2024
Año2024
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADÍSTICA
DECRETO NÚMERO DE 2024
( )
REPUBLICA DE COLOMBIA
Por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo Nacional de Estadística-
DANE y se dictan otras disposiciones
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren, el
numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 2335 de 2023 “Por la cual se expiden disposiciones sobre las estadísticas oficiales en
el país”, desarrolla el marco jurídico general para la planificación, producción, difusión y
administración de las estadísticas oficiales del país, aplicable a las operaciones estadísticas, los
registros administrativos y a los datos recolectados u obtenidos para fines estadísticos por parte
de los productores de estadísticas oficiales en el marco del Sistema Estadístico Nacional (SEN).
Que el artículo 6 de la Ley 2335 de 2023 señala que el Departamento Administrativo Nacional de
Estadística (DANE) es la autoridad técnica estadística en Colombia. En tal virtud, además de las
funciones y competencias establecidas por la Constitución y la ley, también le corresponde dirigir
la producción de información estadística con plena independencia técnica, ejercer la regulación en
materia estadística, administrar los datos para su uso y aprovechamiento con fines estadísticos y
ser el ente rector del Sistema Estadístico Nacional (SEN).
Que el artículo 7 Ibidem dispone las funciones del El Departamento Administrativo Nacional de
Estadística (DANE), como autoridad estadística en Colombia, destacándose entre otras: i) Orientar,
coordinar y regular la producción de estadísticas oficiales del Sistema Estadístico Nacional en
forma oportuna y comparable, en articulación con las entidades productoras y garantizando su
independencia técnica, ii) 2. Guiar y revisar la aplicación de metodologías y estándares en materia
estadística, en articulación con las entidades productoras y garantizando su independencia técnica,
iii) Llevar a cabo estudios conducentes a la mejora continua de las estadísticas oficiales en
colaboración con quienes las producen, y iv) Asesorar a quienes componen el SEN en las materias
relacionadas con la recolección de datos, metodología estadística, divulgación, difusión y uso de
estadísticas.
Que a su vez el artículo 8 de la referida Ley 2335 señala que el Departamento Administrativo
Nacional de Estadística (DANE), estará encabezado por la Dirección General. Así como dispone
que la persona que esté al frente de la Dirección actuará como la máxima autoridad del Sistema
Estadístico Nacional (SEN). Esta persona ejercerá su autoridad con la inmediata colaboración de
quien encabece la Subdirección del DANE, de acuerdo con su estructura orgánica.
Que de conformidad con la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023 "Por la cual se expide el Plan
Nacional de Desarrollo 2022-2026, "Colombia Potencia Mundial de la Vida", se enfatiza la
relevancia del uso de registros administrativos y fuentes alternativas para la elaboración de
diversos sistemas de información y operaciones estadísticas requeridos por el Gobierno Nacional.
Que el artículo 91 Ibidem prevé que le corresponde al Departamento Administrativo Nacional de
Estadística -DANE con el apoyo técnico del Departamento Nacional de Planeación (DNP), elaborar
y publicar nuevas mediciones de desigualdad en torno a la tierra, la propiedad inmueble, la tenencia
de activos financieros y la riqueza en el país.
Que, igualmente el artículo 95 de la citada Ley 2294, señala a cargo del Departamento
Administrativo Nacional de Estadística (DANE), la realización del: (…) Censo Económico de
Colombia que tiene como objetivo obtener información estadística que permitirá caracterizar y
actualizar información de las unidades económicas que desarrollan actividades industriales,
DECRETO No. DE Hoja No. 2
Continuación del Decreto Por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo Nacional
de Estadística-DANE y se dictan otras disposiciones
comerciales, de servicios, construcción y transporte que estén ubicadas en el territorio nacional en
el año 2024, incorporando las unidades que pertenecen a la Economía Popular.
Que de conformidad al Decreto 767 del 16 de mayo de 2022 “Por el cual se establecen los
lineamientos generales de la Política de Gobierno Digital….” compilado en el Decreto 1078 de
2015, se prevé en su artículo 2.2.9.1.1.1.el objeto de la Política de Gobierno Digital como el: (…)
aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con el objetivo de
impactar positivamente la calidad de vida de los ciudadanos y, en general, los habitantes del
territorio nacional y la competitividad del país, promoviendo la generación de valor público a través
de la transformación digital del Estado, de manera proactiva, confiable, articulada y colaborativa
entre los Grupos de Interés y permitir el ejercicio de los derechos de los usuarios del ciberespacio.”
Que el Decreto 1170 de 2015 "Por medio del cual se expide el decreto reglamentario único del
sector Administrativo de Información Estadística”, compila y racionaliza las normas de carácter
reglamentario que rigen en el sector Estadístico en Colombia.
Que el Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE- fue creado a través del
Decreto 2666 de 1953 y ha tenido diferentes restructuraciones desde entonces. De las últimas
modificaciones se destaca la surtida en el año 2004 con el Decreto No. 262Por el cual se modifica
la estructura del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, y se dictan otras
disposiciones”; y posteriormente, la modificación parcial consignada en el Decreto 111 de 2022,
por medio del cual se ajustaron las funciones de algunas dependencias y se crearon la Dirección
de Recolección y Acopio y la Oficina de Control Disciplinario Interno.
Que a partir de las recientes disposiciones legales citadas, resulta necesario modificar la estructura
del Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE, con el fin de alinear las
responsabilidades de la Entidad con el Plan Nacional de Desarrollo "2022-2026, "Colombia
Potencia Mundial de la Vida", la Ley Estadística, la actual Política de Gobierno Digital y robustecer
el aprovechamiento de las fuentes alternativas y los registros administrativos con fines estadísticos,
así como el empleo de tecnologías de información, todo, con el objetivo de incrementar la
disponibilidad y aprovechamiento de datos de calidad y fortalecer la infraestructura tecnológica
para la interoperabilidad y el aprovechamiento de la información, así como continuar
consolidándose el DANE como un referente nacional e internacional en la producción de
información estadística oficial a partir de la transformación digital.
Que el Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE presentó al Departamento
Administrativo de la Función Pública -DAFP la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la
Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1,
2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, para efectos de modificar su estructura administrativa,
encontrándola ajustada técnicamente, emitiendo en consecuencia, concepto previo favorable
mediante el radicado xxxxxx del xx de xxxxx de xxxx.
Que, para los fines de este Decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del
Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó la viabilidad presupuestal para modificar la
estructura del Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE mediante el oficio con
radicado xxxxx del xx de xxxxx de xxxx.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
CAPÍTULO I
OBJETIVOS, FUNCIONES GENERALES, DIRECCIÓN E INTEGRACIÓN DEL SECTOR
Artículo 1°. Objetivos. El Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, tiene
como objetivos garantizar la producción, disponibilidad y calidad de la información estadística
estratégica, y dirigir, planear, ejecutar, coordinar, regular y evaluar la producción y difusión de
información estadística oficial.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR