Proyecto de resolución. Por la cual se modifica el artículo 5 de la Resolución 135 de 2022 en relación con los representantes del Comité de Expertos Nacional ad hoc para eventos adversos posteriores a la vacunación contra la COVID-19 - Proyectos Normativos del Ministerio de Salud - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 900183210

Proyecto de resolución. Por la cual se modifica el artículo 5 de la Resolución 135 de 2022 en relación con los representantes del Comité de Expertos Nacional ad hoc para eventos adversos posteriores a la vacunación contra la COVID-19

Año2022
Fecha de Inicio de Comentarios Públicos08 Abril 2022
Fecha de Fin de Comentarios Públicos11 Abril 2022
MateriaSalud
República de Colombia
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022
( )
Por la cual se modifica el artículo 5 de la Resolución 135 de 2022 en relación con los
representantes del Comité de Expertos Nacional ad hoc para eventos adversos posteriores
a la vacunación contra la COVID-19
EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
En ejercicio de sus facultades, en especial de las conferidas por los artículos 2 numeral
9 del Decreto Ley 4107 de 2011, 9 y 16 numeral 16.6. del Decreto 601 de 2021 y,
CONSIDERANDO
Que, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 601 del 2 de junio de
2021, Por el cual se desarrollan las competencias de vigilancia de los eventos adversos
posteriores a la vacunación contra el Covid-19 y se reglamenta el artículo 4 de la Ley
2064 de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 135 de
2022 conformando el Comité
́ de Expertos Nacional ad hoc para eventos adversos
posteriores a la vacunación contra el Covid-19, y disponiendo lo correspondiente para su
funcionamiento.
Que, considerando la importancia que en materia de farmacovigilancia contiene el estudio
de los eventos adversos posteriores a la vacunación, el Gobierno nacional previó la
creación del mencionado Comité y en el artículo 10 del mencionado decreto estableció
sus funciones, de dicho Comité, por lo cual en su conformación se requiere de la
participación de miembros de las más altas calidades técnico científicas y de experticia
para la apropiación de la metodología de análisis de causalidad para las vacunas.
Que este Ministerio ha recibido solicitudes de sectores, sociedades y asociaciones
debidamente constituidas para que sean incluidas en el artículo 5 de la Resolución 135
de 2022, en virtud que, desde su especialidad y experticia podrían apoyar las funciones
del Comité de Expertos Nacional, en consecución de los resultados frente a los eventos
adversos posteriores a la vacunación contra el COVID-19, y de esa manera, postular a
sus profesionales. Así mismo, esta cartera ha recibido la declinación por parte de algunas
sociedades científicas, situación que no permite continuar de manera integral la actual
conformación del Comité.
Que, por otra parte, pese a la inclusión de asociaciones o sociedades científicas que
pueden apoyar la labor del Comité aportando su conocimiento, es posible que aquellas
no envíen o lo hagan de manera tardía, la postulación para ser integrantes del Comité
́ de
Expertos. Del mismo modo, que no envíen sus reemplazos o presenten renuncias
voluntarias o estén incursos en una causal de suspensión, de acuerdo con el reglamento
operativo del Comité, por lo cual es necesario garantizar la completitud permanente de
sus miembros para el adecuado desarrollo de las funciones del referido Comité.
Que, en consecuencia, es necesario en este acto administrativo determinar disposiciones
encaminadas a garantizar los mecanismos para ampliar las posibilidades de designación
de los miembros del Comité de Expertos Nacional ad hoc para eventos adversos
posteriores a la vacunación contra la COVID-19.
En mérito de lo expuesto,

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