Proyecto de Resolución Nº PN-2023-15523 del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Proyectos Normativos del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 980638981

Proyecto de Resolución Nº PN-2023-15523 del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social

Año2023
Número de proyectoPN-2023-15523
RESOLUCIÓN N.º DEL
Por medio la cual se modifica parcialmente la Resolución 1827 de 2023 «Por la cual se establecen los
criterios de identificación, selección, no elegibilidad y retiro de los hogares potenciales beneficiarios, se
hacen unas delegaciones, asignación de funciones y se dictan otras disposiciones para la operatividad
del programa Esquema Compensación del Impuesto sobre las Ventas IVA».
Página 1 de 6
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL-
PROSPERIDAD SOCIAL
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 61 y 65
de la Ley 489 de 1998, el artículo 21 de la Ley 2010 de 2019 en concordancia con el artículo 5 del Decreto
de 2016, los artículos 4 y 10 del Decreto 2094 de 2016, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 21 de la Ley 2010 del 27 de diciembre de 2019 «Por medio de la cual se adoptan normas
para la promoción del crecimiento económico, el empleo, la inversión, el fortalecimiento de las finanzas
públicas y la progresividad, equidad y eficiencia del sistema tributario, de acuerdo con los objetivos que
sobre la materia impulsaron la Ley 1943 de 2018 y se dictan otras disposiciones» estableció una
compensación a favor de la población más vulnerable para generar mayor equidad en el sistema del
impuesto sobre las ventas -IVA representada en una suma fija en pesos definida por el Gobierno nacional
teniendo en cuenta el IVA que en promedio pagan los hogares de menores ingresos, la cual será
transferida bimestralmente.
Que en el artículo 211 de la Ley 1955 de 2019 se creó la Mesa de Equidad como una:
[] instancia de alto nivel, de carácter estratégico y decisorio, presidida y convocada por
el Presidente [sic] de la República, con el objetivo de establecer directrices para los
sectores y entidades del Gobierno nacional para la aprobación de diseños e
implementación de acciones y la destinación de recursos de acuerdo con las prioridades
territoriales y poblacionales para la reducción de la pobreza y la pobreza extrema, el
seguimiento de las acciones del Gobierno y la rendición de cuentas para asegurar la
atención prioritaria a la población en condición de pobreza y pobreza extrema y el
cumplimiento de las metas trazadoras en materia de pobreza.
Que el parágrafo 2 del artículo 5 del Decreto Legislativo 812 de2020 «Por el cual se crea el Registro
Social de Hogares y la Plataforma de Transferencias Monetarias y se dictan otras disposiciones para
atender las necesidades de los hogares en situación de pobreza y vulnerabilidad económica en todo el
territorio nacional dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica» estableció que a
partir de la entrada en vigor, la compensación del impuesto sobre las ventas -IVA será ejecutado por el
Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y se implementa como un programa social de
transferencias monetarias entendido como un aporte del Estado a la población pobre y vulnerable.
Que los artículos 1.3.1.19.2 y 1.3.1.19.3 del Decreto 1625 de 2016 «Por medio del cual se expide el
Decreto Único Reglamentario en materia tributaria», modificado por el Decreto 1690 de 2020 «Por el cual
se reglamenta el artículo 5 del Decreto Legislativo 812 de 2020 sobre la administración, ejecución y
operación del programa de Protección Social al Adulto Mayor-Colombia Mayor-, el esquema de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR