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Proyecto de Resolución “Por medio del cual se expide la resolución única en seguridad y salud en el trabajo".

Fecha de Fin de Comentarios Públicos09 Noviembre 2022
Año2022
Fecha de Inicio de Comentarios Públicos26 Octubre 2022
EmisorMinisterio de Trabajo
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022
( )
POR MEDIO DEL CUAL SE EXPIDE LA RESOLUCIÓN ÚNICA EN SEGURIDAD Y SALUD EN
EL TRABAJO.
En uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, y en particular las establecidas en el
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 4108 de 2011 señala como objetivos del Ministerio del Trabajo “La formulación
y adopción de las políticas, planes generales, programas y proyectos para el trabajo,
el respeto por los derechos fundamentales, las garantías de los trabajadores, el
fortalecimiento, promoción y protección de las actividades de la economía solidaria y el trabajo
decente, a través de un sistema efectivo de vigilancia, información, registro, inspección y control;
así como del entendimiento y dialogo social para el buen desarrollo de las relaciones laborales.”
Que el artículo 1o. de la Ley 1562 de 2012, señala que las disposiciones vigentes de salud
ocupacional relacionadas con la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades
laborales y el mejoramiento de las condiciones de trabajo hacen parte integrante del Sistema
General de Riesgos Laborales, que el programa de salud ocupacional: en lo sucesivo se
entenderá como el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.
Que la Función Pública mediante concepto del 10 de octubre del 2022, en el trámite de la
presente Resolución Única en Seguridad y Salud en el Trabajo, señala “… dicho acto
administrativo constituirá un instrumento jurídico único para brindar seguridad jurídica y para
asegurar el cumplimiento de las finalidades de la administración pública según los principios de
la función administrativa previstos en el artículo 209 de la Constitución Política, identificados en
Que la Función Pública, en dicho concepto concluye: “… En consecuencia, esta Dirección
Jurídica no encuentra impedimento desde el punto de vista legal, para que la cabeza Ministerial
en ejercicio de su función reglamentaria expida la Resolución Compilatoria sobre el tema
indicado.”
Que mediante la expedición de la Resolución Única en Seguridad y Salud en el Trabajo, el
objetivo es la racionalización y simplificación del ordenamiento jurídico; mediante una
herramienta que busca asegurar la eficiencia económica y social del sistema de riesgos
laborales, para la seguridad jurídica en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, al compilar
y actuar las resoluciones del año 1950 al año 2022, al lenguaje y estructura técnica del Sistema
General de Riesgos Laborales establecido en la Ley 1562 de 2012.
Que esta resolución constituye un ejercicio de compilación de reglamentaciones preexistentes,
los considerandos de las Resoluciones fuente se entienden incorporados a su texto, aunque no
se trascriban, para lo cual en cada, artículo se indica el origen de este.
Que el Conpes 3816 del 2 de octubre de 2014 “MEJORA NORMATIVA: ANÁLISIS DE
IMPACTO”, relacionó como una de las herramientas más comunes en una política de Mejora
Normativa, adoptar mecanismos para adoptar inventario normativo, ello incluye la creación de
repositorios únicos de normas con fácil acceso para los ciudadanos, compilando en un solo
cuerpo normativo y con ello evitar la disipación normativa, aplicando las buenas prácticas de
técnica legislativa como derogación expresa, codificación, entre otras.
Que al compilar y racionalizar las resoluciones de carácter Ministerial que rigen en el Sistema
General de Riesgos Laborales y contar con un instrumento jurídico único, se hace necesario
expedir la presente Resolución Única en Seguridad y Salud en el Trabajo, por la seguridad
jurídica que representa para la sociedad en general.
Que, la Resolución Única en Seguridad y Salud en el Trabajo para mejor análisis y aplicación
tendrá el siguiente índice:
RESOLUCIÓN No. DE 2022 HOJA 2 de 544
Continuación de la Resolución Por medio del cual se expide la Resolución Única en Seguridad y
Salud en el Trabajo
ÍNDICE
CONSIDERANDO: ......................................................................................................................... 1
TITULO 1 ....................................................................................................................................... 2
OBJETO Y AMBITO DE APLICACIÓN ........................................................................................ 2
TITULO 2 ....................................................................................................................................... 3
DÍA DE LA SALUD EN EL MUNDO DEL TRABAJO ................................................................... 3
TITULO 3 ........................................................................................................................................ 4
HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL ......................................................................................... 4
TITULO 4 ................................................................................................................................... 101
ESTANDARES MINIMOS .......................................................................................................... 101
TITULO 5 ................................................................................................................................... 140
FÁRMACO DEPENDENCIA, EL ALCOHOLISMO Y EL TABAQUISMO ................................ 140
TITULO 6 ................................................................................................................................... 140
EXAMENES OCUPACIONALES .............................................................................................. 140
TITULO 7 ................................................................................................................................... 154
RIESGO PSICOSOCIAL............................................................................................................ 154
TITULO 8 ................................................................................................................................... 166
GATISO Y PELIGROS............................................................................................................... 166
TITULO 9 ................................................................................................................................... 199
COPASST .................................................................................................................................. 199
TITULO 10 ................................................................................................................................. 202
INTERMEDIARIOS DE SEGUROS EN EL RAMO DE RIESGOS LABORALES .................... 202
TITULO 11 ................................................................................................................................. 204
ACOSO LABORAL .................................................................................................................... 204
TITULO 12 ................................................................................................................................. 210
SECTOR CONSTRUCCION Y ALTURAS ................................................................................ 210
TITULO 13 ................................................................................................................................. 267
TRABAJO PENITENCIARIO EN LA MODALIDAD INDIRECTA, SU REMUNERACIÓN, LOS
PARÁMETROS DE AFILIACIÓN AL SISTEMA DE RIESGOS LABORALES ........................ 267
TITULO 14 ................................................................................................................................. 270
JUNTAS DE CALIFICACION DE INVALIDEZ .......................................................................... 270
TITULO 15 ................................................................................................................................. 275
SISTEMA DE INFORMACION .................................................................................................. 275
TITULO 16 ................................................................................................................................. 277
TRABAJO INFANTIL................................................................................................................. 277
TITULO 17 ................................................................................................................................. 281
DISPOSICIONES FINALES ...................................................................................................... 281
Por lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
TITULO 1
OBJETO Y AMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 1.1. Objeto. El objeto de la presente Resolución corresponde a la unificación de las
resoluciones aplicables en seguridad y salud en el trabajo con el fin de establecer disposiciones
y obligaciones que en esta materia son de cumplimiento estricto. Asimismo, tiene por finalidad
la actualización de terminología y la corrección de errores de digitación.
RESOLUCIÓN No. DE 2022 HOJA 3 de 544
Continuación de la Resolución Por medio del cual se expide la Resolución Única en Seguridad y
Salud en el Trabajo
Artículo 1.2. Campo de Aplicación. La presente Resolución y las disposiciones contenidas en
los anexos técnicos que hacen parte de la misma, se aplica en todo el territorio nacional y a
todos los empleadores públicos y privados, o mixtas, contratistas, subcontratistas, Entidades
Administradoras de Riesgos Laborales, personas naturales y jurídicas prestadoras o
proveedoras de servicios de en Seguridad y Salud en el trabajo, entidades promotoras de
salud, y Juntas de Calificación de Invalidez, instituciones prestadoras de servicios de salud, los
trabajadores dependientes e independientes, a los contratantes de personal bajo modalidad de
contrato civil, comercial o administrativo, a las organizaciones de economía solidaria y del sector
cooperativo, a las agremiaciones u asociaciones que afilian trabajadores independientes al
Sistema de Seguridad Social Integral, de todas las actividades económicas; a la Policía Nacional
en lo que corresponde a su personal no uniformado y al personal civil de las fuerzas militares.
A Empresas del sector eléctrico con procesos de Generación, Transmisión y Distribución de
Energía Eléctrica.
A todos los empleadores, empresas, contratistas, subcontratistas y trabajadores de todas las
actividades económicas de los sectores formales e informales de la economía, que desarrollen
trabajos en alturas con peligro de caídas, manipulen sustancias químicas peligrosas y realicen
actividades en espacios confinados.
Las disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad reglamentadas se aplican a todos los
establecimientos de trabajo, sin perjuicio de las reglamentaciones especiales que se dicten para
cada centro de trabajo en particular, con el fin de preservar y mantener la salud física y mental,
prevenir accidentes y enfermedades laborales, para lograr las mejores condiciones de higiene y
bienestar de los trabajadores en sus diferentes actividades.
PARÁGRAFO 1. En la presente resolución el termino Salud ocupacional se atender a lo
establecido en le Ley 1562 de 2012; Seguridad y Salud en el Trabajo, como aquella disciplina
que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de
trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores.
PARÁGRAFO 2. Para dar cumplimiento a la Decisión 584 de 2004 y a la Resolución 957 de
2005 de la Comunidad Andina de Naciones, los regímenes de excepción previstos en el
artículo 279 de la Ley 100 de 1993, pueden tomar como referencia o guía los Estándares
Mínimos del Sistema de Gestión de SST establecidos en la presente Resolución, para lo cual
cada entidad, empresa o institución realizará los ajustes y adecuaciones correspondientes.
PARÁGRAFO 3. No están obligados a implementar los Estándares Mínimos establecidos en la
presente Resolución, los trabajadores independientes con afiliación voluntaria al Sistema
General de Riesgos Laborales de que trata la Sección 5 del Capítulo 2 del Título 4 de la Parte 2
del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo.
PARÁGRAFO 4. Los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de SST para personas
naturales que desarrollen actividades de servicio doméstico serán establecidos en un acto
administrativo independiente
(Resolución 2646 de 2008, art 2)
(Resolución 0312 de 2019, parágrafo 1, parágrafo 2 y parágrafo 3, art. 2)
TITULO 2
DÍA DE LA SALUD EN EL MUNDO DEL TRABAJO
Artículo 2.1. Dia de la Salud en el Mundo del Trabajo. Establecer el 28 de julio de cada año
como el "Día de la Salud en el Mundo del Trabajo", fecha en la cual las diferentes entidades e
instituciones del Sistema General de Riesgos Profesionales, deben presentar, los programas y
acciones de promoción de la salud de los trabajadores y prevención de los riesgos del trabajo a
nivel nacional y regional, en forma coordinada por la Red de Comités Nacional, Seccionales y
locales del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo
(Resolución 00166 de 2001, art. 1)
Artículo 2.2. Diseño, coordinación y ejecución del programa de celebración.
a) El diseño del programa, el plan de actividades y la financiación del "Día de la Salud en
el Mundo del Trabajo", se hará con recursos del Fondo de Riesgos Profesionales
conforme lo apruebe el Consejo Nacional de Riesgos Profesionales.
b) La Comisión Intersectorial para la protección de la salud de los trabajadores, creada
mediante Decreto 2140 de 2000, establecerá los mecanismos para incluir en su plan de

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