Proyecto de Resolución, "por la cual se reglamenta el parágrafo del artículo 2 y el artículo 10 de la Ley 2138 de 2021, con relación a vehículos de tracción animal destinados a actividades turísticas y se dictan otras disposiciones". - Proyectos Normativos del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 917092172

Proyecto de Resolución, "por la cual se reglamenta el parágrafo del artículo 2 y el artículo 10 de la Ley 2138 de 2021, con relación a vehículos de tracción animal destinados a actividades turísticas y se dictan otras disposiciones".

Fecha de Fin de Comentarios Públicos16 Enero 2023
Fecha de publicación31 Diciembre 2022
Año2022
Fecha de Inicio de Comentarios Públicos02 Enero 2023
GD-FM-014. V5
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
RESOLUCIÓN DE 2023
( )
“Por la cual se reglamenta el parágrafo del artículo 2 y el artículo 10 de la Ley 2138 de 2021, con relación a
vehículos de tracción animal destinados a actividades turísticas y se dictan otras disposiciones
EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el numeral 30 del artículo 2 y el
artículo 32 del Decreto 210 de 2003, y
CONSIDERANDO
Que conforme a lo estipulado en la Ley 84 de 1989 Por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Protección
de los Animales, se crean unas contravenciones y se regula lo referente a su procedimiento y competencia
se debe promover la salud y el bienestar de los animales, asegurándoles higiene, sanidad y condiciones
apropiadas de existencia. Por lo cual se debe considerar todas las condiciones de protección y bienestar
animal a los équinos que estén desarrollando actividades de transporte en vehículos de tracción animal con
fines turísticos.
Que conforme a lo establecido en los artículos 1 y 3 de la Ley 1774 de 2016, Por medio de la cual se
modifican el Código Civil, La Ley 84 de 198, el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal y se dictan
otras disposiciones establece que los animales son seres sintientes y deben recibir especial protección
contra el sufrimiento y el dolor, en especial, el causado directa o indirectamente por los humanos,
estableciendo como principios para alcanzar este fin la protección y el bienestar animal.
Que mediante Resolución 20174 del 1 de noviembre del 2016 modificada parcialmente mediante Resolución
00017927 del 08 de noviembre de 2019, expedida por el Instituto Agropecuario ICA, “por medio de la cual
se establece la libreta sanitaria equina como documento sanitario de movilización de equinos dentro del
territorio nacional y se establecen otras disposiciones”, estableció los requisitos para la expedición,
implementación y uso de la libreta sanitaria equina a nivel nacional.
Que el artículo 6 del Decreto 2785 de 2006 modificado parcialmente por Art. 8, Decreto 4176 de 2011, señala
que el Viceministerio de Turismo tiene dentro del marco de sus atribuciones y competencias concertar,
ejecutar y evaluar la política turística, así como los planes y programas derivados de esta, en con junto con
las entidades competentes de los sectores privado y público, con el fin de mejorar la competitividad y
sostenibilidad de los productos y destinos turísticos, y promover el turismo doméstico y receptivo.
Que en el artículo 1 de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 1 de la Ley 1383 de 2010, establece
que le corresponde al Ministerio del Transporte como autoridad suprema de tránsito definir, orientar, vigilar,
e inspeccionar la ejecución de la política nacional en materia de tránsito.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR