La prueba es libertad, pero no tanto: teoría de la prueba cuasibenthamiana - Razonamiento judicial fundado en el precedente - Nuevas tendencias del derecho probatorio - Libros y Revistas - VLEX 777103325

La prueba es libertad, pero no tanto: teoría de la prueba cuasibenthamiana

AutorJordi Ferrer Beltrán
Páginas137-158
LA PRUEBA ES LIBERTAD, PERO NO TANTO:
TEORÍA DE LA PRUEBA CUASIBENTHAMIANA
Jordi ferrer beltrán*
intrOducción
En el ámbito de estudio de la pr ueba, especialmente en el mundo anglosajón,
claro, Jeremy Bentham es considerado uno de los principales precursores de la
denominada tradición racionalista de la prueba. Es más, se ha considerado, con
razón, que la teoría benthamiana de la prueba “constituye la más ambiciosa y
completa teoría de la prueba en la historia del pensamiento jurídico1”. Por ello,
resulta de gran importancia hacer las cuentas con el pensamiento de Bentham,
si se quiere abordar el estudio de los problemas probatorios en derecho.
Sin embargo, no es mi intención entrar en disquisiciones acerca de la mejor
reconstrucción que se pueda dar de esta o aquella tesis del autor; tampoco
iniciar un debate con intérpretes mejor autorizados que yo de su pensamiento.
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de la teoría de la prueba propia de la tradición racionalista, para el cual Bentham
puede ser llamado en causa como precursor: la idea de que la prueba debe ser
fundamentalmente libre y que cualquier interferencia del derecho procesal en
ella debería ser limitada o eliminada. Bentham elabora una teoría prescriptiva
de la prueba o, aún mejor, para lo que nos importa, una teoría prescriptiva del
derecho de la prueba, que es una parte más de su teoría general del derecho2.
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en el proceso judicial es la averiguación de la verdad sobre lo ocurrido3. Aunque,
por supuesto, esta asunción de partida puede ser y ha sido muy discutida, creo
que debe ser admitida, salvo que se esté dispuesto a pagar altos costes en
la reconstrucción del derecho. Por otro lado, el objetivo de la averiguación
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fundamental del derecho procesal es la de ser garantía de la correcta aplicación
del derecho sustantivo. Finalidad que, a su vez, se divide en la necesidad de una
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1 Twining, W. Rethinking Evidence. Exploratory Essays-

2 Moreso, J. J. La teoría del derecho de Bentham. Barcelona, PPu
3 Ibídem y Twining (ob. cit., p. 38).
Ferrer Beltrán, J. Prueba y verdad en el derecho
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nuevas tendencias del derechO PrObatOriO
doble garantía: la principal, consistente en asegurar que todos los infractores del
derecho sean sancionados y que sólo ellos lo sean5. Esto supone, evidentemente,
la necesidad de que lo que se declare probado en el proceso coincida con la
verdad de lo ocurrido: esto es, que los enunciados declarados probados sean
verdaderos y los enunciados falsos no se declaren probados.
Siendo estos los objetivos, queda por determinar la metodología adecuada para
        
derecho probatorio de su época —críticas en buena medida aplicables a nues-
tros sistemas procesales actuales—. Para Bentham, la mejor forma de alcanzar
ese objetivo es mediante una metodología o sistema “natural” de conocimiento6,
propia de la epistemología general y no a través del denominado derecho
probatorio que, en la Inglaterra de su época, estaba formado básicamente por
         -
cimiento. Es más, Bentham7 considera que la justicia es algo bastante simple,
“es lo mismo para un hombre que para otro: sólo los legisladores, aconsejados
por los abogados, la han complicado y hecho trizas”. Resulta tan simple que el
mejor método para administrar justicia es el que él denomina modelo domés-
tico, propio del páter familias, en el trato de los hijos. Por ello, lo mejor que
podría hacer el derecho en materia de prueba es callar, dejando reinar al prin-
cipio general de la libertad probatoria (free proof 8).
Esta es una característica propia de la denominada tradición racionalista clásica
Treatise on Judicial
Evidence: “En toda la trama de esta obra reaparece constantemente esta conclu-
sión práctica: no hay que excluir ninguna prueba, ningún testimonio por el sólo temor de ser
engañado” (la cursiva es del autor9). Por ello, es necesario “sustituir el principio
de exclusión por el de suspicacia” ante las pruebas disponibles10. El páter familias
que juzga la conducta de sus hijos tiende a aceptar todos los elementos de juicio,
5 Postema quien cita, a su vez, los Bentham Manuscripts in the University College, London Library
(Bentham and the Common Law Tradition
6      . Essays on Bentham. 

7 Bentham. The Works of Jeremy Bentham
Press, 1995, vol. iv
8 En este sentido, Twining sostiene que el derecho probatorio angloamericano de los dos últimos
free proof, de inspi-
ración thayeriana (cf. Twining, ob. cit., p. 196; Damaška. The Faces of Justice and State Authority: A
Comparative Approach to the Legal Process.
9 Cf. Bentham. 1823: Traité des preuves judiciares, translated by Dumont. París, Bossages fréres. Citado por
la traducción de M. Ossorio: Tratado de las pruebas judiciales.
10     Truth, Er ror, and Criminal Law. An Essay in Legal
Epistemology.
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