Entre las 'ramas' del pensamiento jurídico - Núm. 19-1, Junio 2010 - Revista Dikaion - Libros y Revistas - VLEX 826068101

Entre las 'ramas' del pensamiento jurídico

AutorGabriel Mora Restrepo
CargoEditor. gabriel.mora@unisabana.edu.co
Páginas7-9
AÑO 24 - VOL. 19 NÚM. 1 - CHÍA, COLOMBIA - JUNIO 2010
EDITORIAL
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EDITORIAL
DÍKAION, ISSN 0120-8942, AÑO 24 - VOL. 19 NÚM. 1 - 7-9 - CHÍA, COLOMBIA - JUNIO 2010
ENTRE LASRAMASDEL PENSAMIENTO JURÍDICO
Una de las cuestiones más discutidas por los teóricos del Derecho
ha sido la de determinar el criterio —o los criterios— para iden-
tificar qué fenómenos de la realidad son jurídicos y cuáles son
las implicaciones (consecuencias) que de allí resultan. Así, por
ejemplo, una “cosa” es jurídica porque fue articulada, manifes-
tada, creada o determinada por un acto de autoridad, mediante
el seguimiento de un procedimiento previamente acordado; o es
jurídica porque es observada como tal por un conglomerado de
personas, o por jueces, o por quienes tienen a su cargo la regu-
lación de las conductas en una sociedad; o es jurídica porque
está sujeta a sanciones en caso de una actuación contraria; o
porque responde a unos valores esenciales más o menos deter-
minados; o lo es, en fin, porque se combinan todas o varias de
las condiciones anteriores.
Utilizando, en parte, un símil propuesto por Ronald DWORKIN para
distinguir las diversas interpretaciones jurídicas sobre unas mis-
mas cláusulas normativas, las respuestas que ofrecen los teóricos
del Derecho sobre el problema planteado son como las ramas de
un árbol cuyo tronco permitiría en cierto modo integrarlas. Tan-
to la respuesta que acuña la validez, como aquella que privilegia
la eficacia, o la que insiste en la legitimidad y los valores esen-
ciales, etc., serían así manifestaciones admisibles de ese mismo
problema en la medida en que cada una refleja una parte de ese
todo unitario que llamamos Derecho.
El símil, desde luego, es acertado en la medida en que uno con-
sidere que detrás de cada respuesta existe una preocupación
compartida entre los teóricos del Derecho, cimentada en una
forma o principio común, básico, desde el cual se despliegan
diversas y múltiples manifestaciones. Sin embargo, una con-
sideración más detenida de las respuestas que ofrecen podría
llevar a preguntarnos si, en lugar de un árbol, los teóricos del

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