Acuerdo número 1097 de 2007, por el cual se realiza una adición al Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo Nacional de Ahorro para la vigencia fiscal 2007, en la suma de veintiocho mil millones de pesos ($28.000.000.000) moneda corriente, por concepto de 'Ahorro Voluntario Contractual - 16 de Agosto de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50465210

Acuerdo número 1097 de 2007, por el cual se realiza una adición al Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo Nacional de Ahorro para la vigencia fiscal 2007, en la suma de veintiocho mil millones de pesos ($28.000.000.000) moneda corriente, por concepto de 'Ahorro Voluntario Contractual

EmisorVarios - Empresa Industrial y Comercial del Estado
Número de Boletín46722

La Junta Directiva del Fondo Nacional de Ahorro, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y en especial las que le confieren la Ley 432 de 1998, sus decretos reglamentarios, la Resolucion numero 2416 del 12 de noviembre de 1997 del Ministerio de Hacienda y Credito Publico, el Acuerdo 1060 de 2004 y el Decreto 1200 de 2007, y CONSIDERANDO:

Que por medio del Acuerdo numero 1089 de noviembre 21 de 2006 se adopto el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Nacional de Ahorro, Empresa Industrial y Comercial del Estado de caracter financiero del orden nacional, organizado como establecimiento de credito de naturaleza especial, para la vigencia fiscal 2007;

Que el articulo 16 del Decreto Reglamentario 1453 de 1998 establece que "Para la elaboracion, aprobacion, conformacion y ejecucion de su presupuesto, al Fondo Nacional de Ahorro le sera aplicable la Resolucion 2416 de 1997 del Ministerio de Hacienda y Credito Publico y las demas que la adicionen, modifiquen o sustituyan";

Que el articulo 10 de la Resolucion numero 2416 de 1997 del Ministerio de Hacienda y Credito Publico, establece que la Junta Directiva de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado del orden nacional dedicadas a actividades financieras es la encargada de autorizar las modificaciones a las apropiaciones presupuestales;

Que el articulo 21 del Acuerdo 1060 de 2004, establece que todas las adiciones al presupuesto deberan ser aprobadas por la Junta Directiva con fundamento en las solicitudes que presente la Administracion;

Que el paragrafo 2° de la Ley 1114 de 2006 permite que los oficiales, suboficiales y soldados profesionales, policias, personal civil al servicio del Ministerio de Defensa Nacional y de la Policia Nacional;

el personal docente oficial;

los docentes vinculados a establecimientos educativos privados;

los trabajadores independientes y quienes devenguen salario integral, se afilien al Fondo Nacional de Ahorro a traves de Ahorro Voluntario;

Que el Decreto 1200 reglamentario de la Ley 1114 establece en el articulo 1° que "los afiliados al Fondo Nacional de Ahorro a traves de cesantias, asi como las personas señaladas en el paragrafo 2° del articulo de la Ley 1114 de 2006, podran celebrar contratos de ahorro voluntario contractual con dicha entidad. No obstante, estos ultimos solo adquiriran la calidad de afiliados una vez se haya hecho efectivo el primer...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR