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Algunas reflexiones sobre el sistema de justicia constitucional italiano a partir de la acción pública de constitucionalidad colombiana

AutorElisabetta Crivelli
Páginas129-154
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algunas reflexiones sobre el sistema
de justicia constitucional italiano
a partir de la acción pública
de constitucionalidad colombiana
Elisabetta Crivelli*
Sumario: Premisa: delimitación del tema. 1. Las modalidades
de acceso al juicio de constitucionalidad: consecuencias de la
ubicación del juez constitucional en el cuadro de los poderes.
2. Las vías de acceso a la Corte Constitucional y el riesgo de
la exposición política. 3. La elección de la vía incidental. La
interpretación conforme a la Constitución y el riesgo de una
“fuga” en el sistema incidental. 4. La superación de algunas
“zonas francas” en la jurisprudencia de la Corte Constitu-
cional. 5. La consciente inercia del legislador y los límites del
actual acceso a la Corte Constitucional.
Premisa: delimitación del tema
La presente contribución propone una lectura a la luz
de la justicia constitucional italiana de algunos caracteres
significativos del instituto de la acción pública de consti-
tucionalidad colombiana1, un mecanismo de control de
constitucionalidad de las leyes de tipo abstracto accionable
por cualquier ciudadano.
* Università degli Studi di Verona. Traducción de Carlos Alberto
Chinchilla.
1. El escrito reflexiona sobre la discusión interna del seminario
“El acceso directo de los ciudadanos al control judicial de las leyes y el
modelo colombiano de control de constitucionalidad”, organizado por
la Universidad de Trento el 12 de febrero de 2014 con la participación
de Roberto Toniatti, Mia Caielli y Jorge Roa Roa. Para un cuadro
completo del original instrumento colombiano se remite al estudio de
Jorge Roa Roa, La acción pública de constitucionalidad a debate,
publicado en este volumen.
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Los temas que se sugirieren de la observación de la ac-
ción pública en clave de ordenamiento interno son dos: el
primero hace referencia a la influencia que tiene la presencia
de un similar instrumento sobre la ubicación del órgano de
justicia constitucional al interior de la forma de gobierno,
mientras que el segundo se concentra en un análisis de las
“zonas francas” de nuestro sistema de acceso a la Corte
Costituzionale.
1. Las modalidades de acceso al juicio
de constitucionalidad: consecuencias
de la ubicación del juez constitucional
en el cuadro de los poderes
En la justicia constitucional colombiana el particular no
solo puede acudir ante todos los jueces para reclamar por
la violación de uno de sus derechos fundamentales garan-
tizados en la Constitución mediante la acción de tutela2,
2. En las hipótesis del recurso de amparo español o de la Verfas-
sungsbeschwerde alemana se permite el acceso directo de los ciudadanos
ante el Tribunal Constitucional mediante amparo o tutela: los artículos
53.2, 161 y 162 de la Constitución española y los artículos 41-55 de la
lotc disciplinan el recurso de amparo constitucional en el que se prevé
que cualquier persona física o jurídica puede obtener la tutela de la
libertad y de los derechos fundamentales amparables, es decir, aquellos
expresamente indicados en los artículos 14 a 30 de la Constitución, ante
el Tribunal Constitucional. En doctrina cfr. R. Romboli y R. Tarchi,
La giustizia costituzionale in Spagna, en aa. vv., Esperienze di giustizia
costituzionale, coord. J. Luther, R. Romboli y R. Tarchi, ii, 2000,
pp. 356 y ss.; T. Groppi, Il ricorso di amparo costituzionale in Spagna:
caratteri, problemi e prospettive, en Giur. cost., 1997, p. 4345. Sobre
las modificaciones de las condiciones de admisibilidad del recurso de
amparo cfr. R. Romboli, Il Tribunal Constitucional spagnolo e le con-
dizioni di ammissibilità del “nuovo” amparo, en Quad. cost., 2010,
pp. 119 y ss.; U. Adamo, Il “nuovo” amparo constitucional secondo la
riforma della legge organica n.º 6/2007 e la sua attuazione da parte del
Tribunal Constitucional, en Riv. Dir. cost., 2009, p. 169.
Sobre la Verfassungsbeschwerde alemana cfr. P. Häberle, La Ver-
fassunngsbeschwerde nel sistema della giustizia costituzionale tedesca,
Milano, 2000, en especial p. 9, en donde se subraya la función pedagógica

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