Régimen sancionatorio en la nueva ley de competencia colombiana - Núm. 8-2, Julio 2009 - Revista e-Mercatoria - Libros y Revistas - VLEX 844294370

Régimen sancionatorio en la nueva ley de competencia colombiana

AutorDionisio de La Cruz
CargoAbogado de la Universidad Externado de Colombia
Páginas1-32
REVIST@ e Mercatoria Volumen 8, Número 2 (2009)
1
Universidad Externado de Colombia. Departamento de Derecho Comercial
GIMEN SANCIONATORIO EN LA NUEVA LEY DE COMPETENCIA COLOMBIANA
Dionisio de la Cruz1
Contenido
INTRODUCCIÓN ............................................................................................................... 1
I. Régimen sancionatorio derogado ........................................................................... 3
A. Vacíos del Decreto 2153 de 1992. .............................................................................. 4
1. En cuanto a la gradualidad ......................................................................................... 4
2. En cuanto a conductas atípicas .................................................................................. 9
3. El incumplimiento de las garantías, genera hacer efectiva la caución constituida. .... 10
B. Deficiencias .............................................................................................................. 12
II. El nuevo régimen .................................................................................................... 12
A. Ámbito de aplicación ................................................................................................. 12
B. Incremento del valor de la multa ............................................................................... 15
C. Hechos generadores de la multa para las empresas ............................................. 16
1. Criterios de graduación de la multa ........................................................................... 16
2. Circunstancias de agravación punitiva ...................................................................... 18
3. Circunstancias de atenuación punitiva ...................................................................... 18
D. Hechos generadores de multas para las personas naturales ................................ 18
1. Contra quién se dirige la sanción .............................................................................. 18
2. Verbos rectores ........................................................................................................ 19
3. Monto de la multa ..................................................................................................... 19
4. Criterios de graduación de la multa ........................................................................... 20
5. Caducidad de la facultad sancionatoria .................................................................... 20
E. Otros tipos de sanciones .......................................................................................... 21
F. Excepciones a la aplicación de la multa .................................................................... 21
G. Régimen de transición ................................................................................................ 23
1. En cuanto a la autoridad competente ........................................................................... 23
2. En cuanto al régimen sancionatorio aplicable ........................................................... 25
3. Caducidad sancionatoria .......................................................................................... 27
III. La multa en perspectiva...................................................................................... 27
Conclusiones ................................................................................................................. 31
INTRODUCCIÓN
La novedad de la expedición de una nueva ley llena de expectativas a la comunidad a
quien se dirige. Y, a quienes trabajamos con especial énfasis en el tema, nos obliga a
tratar de desentrañar lo que los abogados llamamos el espíritu de la ley, con lo cual
Este artículo fue presentado a la revista el día 24 deagosto de 2009 y fue aceptado para su publicación
por el Comité Editorial el día 4 de diciembre de 2009, previa revisión del concepto emitido por el árbitro
evaluador.
1 Abogado de la Universidad Externado de Colombia. Docente Investigador del Departamento de
Derecho Económico de la misma universidad. Dionisio.delacruz@uexternado.edu.co
REVIST@ e Mercatoria Volumen 8, Número 2 (2009)
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Universidad Externado de Colombia. Departamento de Derecho Comercial
comienza una interminable labor de interpretación y debate respecto a las implicaciones
que la nueva norma jurídica nos puede ofrecer.
Tuvimos la oportunidad de seguir muy de cerca la gestación y desarrollo de la ley al
interior del Congreso la cual, con estos primeros debates académicos, comienza su
trasegar en el mundo jurídico, influenciando el comportamiento “respecto de todo aquel
que desarrolle una actividad económica o afecte o pueda afectar ese desarrollo,
independientemente de su forma o naturaleza jurídica y en relación con las conductas que
tengan o puedan tener efectos total o parcialmente en los mercados nacionales,
cualquiera sea la actividad o sector económico”2.
Las normas que regulan el derecho de la competencia tienen dos grandes aspectos. Uno,
que podríamos llamar sustantivo, relacionado con el establecimiento de aquellos
comportamientos que se estiman restrictivos de la competencia y por lo tanto, limitaciones
al ejercicio del derecho a la libre competencia económica y de contera al ejercicio de la
libre empresa. Otro, el procedimental, referido a la autoridad competente encargada de
sancionar las violaciones a la ley, el procedimiento a través del cual la autoridad
competente llevará a cabo las investigaciones pertinentes que le permitirán concluir si
existió o no una violación a la normatividad vigente de competencia y, finalmente, las
potestades sancionatorias de las autoridades competentes que se derivan del
incumplimiento de la ley.
Es sobre el último aspecto que haremos referencia: partiremos de la legislación recién
derogada y analizaremos sus deficiencias y vacíos, a efectos de detectar si la nueva
legislación resuelve los defectos de los que adolece la normatividad derogada.
Posteriormente, analizaremos los aspectos sobresalientes y novedosos de la nueva
legislación para finalmente, colocar en perspectiva los valores máximos que como multas
podría imponer la Superintendencia de Industria y Comercio (en adelante SIC) por la
violación de las normas que regulan la libre competencia en el mercado, con relación a las
multas que otras autoridades administrativas en Colombia pueden imponer en desarrollo
de sus respectivas competencias, y las conclusiones.
2 Artículo 2º Ley 1340 de 2009.
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I. Régimen sancionatorio derogado
En aquellos asuntos en los que la SIC era la autoridad competente (recordemos que el
régimen general contenido en la Ley 155 de 1959 y el Decreto 2153 de 1992 era aplicable
a aquellos sectores y aquellos agentes económicos sobre los que no existían un régimen
especial ni una autoridad competente específica, como existían para los servicios
públicos3, el sector portuario4, de televisión5 y el sector financiero6), de manera residual
para “[i]mponer las sanciones pertinentes por violación de las normas sobre prácticas
comerciales restrictivas y promoción de la competencia…” y, además, sancionar a
aquellos que no acataran las instrucciones que en desarrollo de sus funciones impartiera7.
La norma permitía a la SIC sancionar por violación a las normas sobre prácticas
comerciales restrictivas, esto es, por la violación a las obligaciones de no hacer
establecidas en los artículos 478, 489y 5010 del Decreto 2153 de 1992, por promoción de
la competencia y por no acatar las instrucciones que impartiera la SIC.
Las sanciones consistían, principalmente, en multas que se imponían como consecuencia
de un proceso administrativo bajo la égida del debido proceso y el derecho de defensa.
Las multas se podían imponer a las personas jurídicas o naturales responsables de la
realización de las conductas investigadas y a aquellas personas naturales que como
representantes o empleados, o simples auxiliadores “autoricen, ejecuten o toleren
conductas violatorias de las normas sobre promoción de la competencia y prácticas
comerciales restrictivas”11.
El monto de las multas variaba según si se trataba de personas jurídicas o naturales, con
un tope de 2.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la
3 Ley 142 de 1993.
8 Acuerdos considerados restrictivos de la competencia.
9 Actos considerados restrictivos de la competencia.
10 Conductas consideradas abusivas de una posición dominante.

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