La rendición de cuentas en Colombia desde la perspectiva académica - Núm. 27, Enero 2021 - Revista Diálogos de Derecho y Política - Libros y Revistas - VLEX 861583635

La rendición de cuentas en Colombia desde la perspectiva académica

AutorMarco Fidel Agudelo Cano
Páginas30-51
Diálogos de Derecho y Política \\ Número 27 \\ Año 10 \\ ISSN 2145-2784 \\ septiembre diciembre de 2020. Pág. 30
www.udea.edu.co/revistadialogos - revistadialogos@udea.edu.co
La rendición de cuentas en Colombia desde la
perspectiva académica
Marco Fidel Agudelo Cano1
Resumen
Definida como la obligación que tienen los funcionarios de la rama ejecutiva de informar y explicar
sus acciones, la rendición de cuentas es un componente estratégico y necesario en la gestión pública.
De hecho, se considera una condición necesaria para la gestión transparente, la legitimación de las
acciones de gobierno y el fortalecimiento democrático. Así, con el propósito de determinar la
producción académica colombiana sobre rendición de cuentas para el período 2011-2019 se propuso
el estado del arte como metodología investigativa para acceder a la interpretación que los diferentes
autores hacen de este fenómeno, incluyendo su postura teórica y metodológica.
Palabras clave: rendición de cuentas; accountability; estado del arte; acceso a la información;
producción académica.
Este artículo recoge algunos resultados de la investigación Producción aca démica sobre Rendición de cuenta s
en Colombia, 2011-2019, financiada por la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de
Antioquia y registrada en el Acta 2020-31552 de 2020.
1 Coordinador Grupo de investigación Gobierno, Instituciones y Transparencia, de la Facultad de Derecho y
Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia. Correo electrónico: marco.agudelo@udea.edu .co.
Diálogos de Derecho y Política \\ Número 27 \\ Año 10 \\ ISSN 2145-2784 \\ septiembre diciembre de 2020. Pág. 31
www.udea.edu.co/revistadialogos - revistadialogos@udea.edu.co
La rendición de cuentas en Colombia
desde la per spectiva académica
Introducción
La calidad de las acciones de gobierno es preocupación, tanto de las administraciones
públicas, como de la ciudadanía que, bajo el imperio de la ley, reclama permanentemente la
visibilización de las acciones de los servidores y de las instituciones públicas. Todo esto se
da en el marco de los convenios internacionales1 firmados por el Estado colombiano que
procuran la generación e incorporación de lineamientos técnicos y del cumplimiento de
principios que promueven las buenas prácticas en la gestión transparente de un territorio, de
los recursos y de las decisiones. Entre estas buenas prácticas se incluye la rendición de
cuentas como una acción que implica decisión, planeación y ejecución, tanto al interior de la
institucionalidad en la disposición de la información pública, como en la preparación de las
condiciones al interior de la ciudadanía receptora de las acciones públicas.
La rendición de cuentas es un componente estratégico y necesario en la gestión pública. De
hecho, se considera una condición necesaria para la gestión transparente y la legitimación de
las acciones de gobierno (Sosa, 2011). El término original en inglés es accountability, que al
no tener un equivalente en castellano, según Schedler (1999), se entiende en nuestro contexto
como rendición de cuentas; sin embargo, los significados de los dos términos en español e
inglés denotan asuntos diferentes2. En Colombia, el Departamento Nacional de Planeación
define la rendición de cuentas como:
la obligación de un actor de informar y explicar sus acciones a otro(s) que tiene el derecho de
exigirla, debido a la presencia de una relación de poder, y la posibilidad de imponer algún tipo
de sanción por un comportamiento inadecuado o de premiar un comportamiento destacado
(Conpes 3654, 2010).
1 Ejemplo de esto es la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción de la Oficina de las Naciones
Unidas contra la droga y el delito, que en 2004 reiteró “la importancia de valores fundamentales como la
honestidad, el respeto del estado de derecho, la obligación de rendir cuentas y la transparencia” (Naciones
Unidas, 2004. p. iii).
2 “Mientras a ccountability conlleva un sentido claro de obligación, la noción de rendición de cuentas parece
sugerir que se trata de un acto voluntario, de una concesión generosa del soberano que rinde cuentas por virtud
y voluntad propia, no por necesidad. Pod emos precisar entonces que accounta bility es la rendición obligatoria
de cuentas. Adicionalmente, junto con la rendición de cuentas (por obligación), el concepto de a ccountability
también incluye la exigencia de cuentas (por derecho). Como en los controles al poder, las obligaciones de unos
son los derechos de otros, la idea de accountability contempla de antemano a las dos partes involucradas a los
que rinden cuentas al igual que a los que exigen cuentas (Schedler, 1999, p. 11 -12).

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