Representante legal y administrador responsables penalmente - Núm. 2023, Enero 2023 - Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría - Noticias - VLEX 946253402

Representante legal y administrador responsables penalmente

AutorArmando Lacouture
CargoAsociado Senior Principal

Desde la perspectiva jurídico-penal, el desarrollo de la actividad empresarial implica el riesgo de incurrir en conductas que pueden ser consideradas delictivas. De materializarse este riesgo, la Fiscalía General de la Nación iniciaría una investigación para determinar si, en efecto, ocurrió o no un delito, e identificar al presunto responsable.

¿Quién puede ser considerado responsable de un delito?

En Colombia solo existe responsabilidad penal de la persona natural. Por ello, cuando se comete un delito con ocasión o durante el desarrollo de la actividad empresarial, la persona jurídica no está llamada a responder penalmente. Sin embargo, esta última sí puede sufrir consecuencias negativas drásticas derivadas del comportamiento criminal de su vinculado. Estas podrán ir desde la limitación al derecho de propiedad y disposición de sus activos, hasta la suspensión y cancelación de la personería jurídica y el pago de perjuicios.

¿Qué persona natural está llamada a responder penalmente por el delito?

Según la teoría, responderá la persona natural que, por acción u omisión, con dominio y con dolo o con culpa, incurra en la conducta prohibida. No obstante, estos requisitos no son siempre de fácil identificación cuando se refiere a una actividad empresarial, que involucra estructuras complejas, división de trabajo, delegación y concurrencia de múltiples sujetos a la realización de la actividad, entre otras características.

Tales particularidades aumentan del riesgo de que la Fiscalía General de la Nación, al indagar sobre la ocurrencia de un delito, requiera y/o vincule a representantes legales y/o administradores. Esto podría suceder al considerar que sus cargos -muchas veces fácilmente verificables mediante certificados de Cámara de Comercio-, sus deberes de vigilancia, sus facultades de toma de decisiones y dirección en abstracto son fuentes suficientes y objetivas para atribuir algún grado de responsabilidad. Lo anterior pese a que, en la mayoría de...

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