Resolución número 010144 de 2009, por la cual se fija la fecha límite de pago de la tasa de vigilancia para la vigencia 2009 y se adopta el formulario para su declaración y pago. - 3 de Diciembre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 72303612

Resolución número 010144 de 2009, por la cual se fija la fecha límite de pago de la tasa de vigilancia para la vigencia 2009 y se adopta el formulario para su declaración y pago.

EmisorSuperintendencias
Número de Boletín47552

El Superintendente de Puertos y Transporte, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 1ª de 1991, los Decretos 1016 de 2000, 2741 de 2001 y 2091 de 1992, y CONSIDERANDO:

Que el paragrafo 1° del articulo 40 del Decreto 101 del 2 de febrero de 2000, modifico la denominacion de la Superintendencia General de Puertos por la de Superintendencia de Puertos y Transporte "Supertransporte". Que conforme lo establece el articulo 3° del Decreto 1016 de junio 6 de 2000. corresponde a la Superintendencia de Puertos y Transporte, ejercer las funciones de inspeccion, control y vigilancia que le corresponden al Presidente de la Republica como Suprema Autoridad Administrativa, en materia de puertos de conformidad con la Ley 1ª de 1991. Que el numeral 27.2 del articulo 27 de la Ley 1ª de 1991, establece el cobro de una por concepto de vigilancia proporcional a los ingresos brutos, segun los costos de funcionamiento de la Superintendencia. Que el numeral 18 del articulo del Decreto 1016 del 6 de junio de 2000, asigno al Superintendente de Puertas y Transporte la funcion de "expedir los actos administrativos que como jefe de organismo le corresponde conforme lo establecen las disposiciones legales...".

Que en virtud del numeral 3 del articulo 15 del Decreto 1016 de 2000, modificado por el articulo 11 del Decreto 2741 de 2001, le corresponde a la Secretaria General de la Superintendencia de Puertos y Transporte "dirigir y coordinar con las respectivas superintendencias delegadas, el adecuado y oportuno recaudo de las tasas que le correspondan de acuerdo con la ley". Que en cumplimiento del articulo 5° del Decreto 2091 del 28 de diciembre de 1992 fin de facilitar el cobro de la tasa de vigilancia, se debera llevar la contabilidad de forma tal que permita la identificacion de los ingresos base para el cobro de la misma.

Que en cumplimiento del Decreto 2053 de 2003, el Ministerio de Transporte fijo mediante Resolucion numero 001078 del 25 de marzo de 2009, el monto de la tasa de vigilancia para la vigencia 2009 en 0,180933% sobre los ingresos brutos obtenidos durante vigencia 2008, que deben pagar los sujetos de vigilancia de la Superintendencia de Puertos y Transporte del sector portuario de conformidad con la Ley 1ª de 1991. Que en virtud del paragrafo del articulo 1° de la Resolucion 001078 del 25 de marzo 2009, "La...

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