Resolución número 006837 de 2009, por la cual se modifican parcialmente los artículos segundo y tercero de la Resolución 006434 del 17 de diciembre de 2009. - 23 de Diciembre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 73766691

Resolución número 006837 de 2009, por la cual se modifican parcialmente los artículos segundo y tercero de la Resolución 006434 del 17 de diciembre de 2009.

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín47572

El Ministro de Transporte, en uso de sus facultades legales, especialmente las que le confieren las Leyes 105 de 1993 y 336 de 1996, 769 de 2002 y el Decreto 2053 de 2003, y CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolucion numero 5776 del 20 de diciembre de 2007, se establecen unas medidas relacionadas con el transito vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vias de pais. Que mediante la Resolucion 006434 del 17 de diciembre de 2009 se modificaron los articulos 3°, 4° y 5° de la Resolucion 005776 del 20 de diciembre de 2007, dado el aumento del volumen del transito vehicular en las temporadas vacacionales. Que ante la restriccion prevista, el señor Director de Transito y Transporte de la Policia Nacional sugirio a este despacho modificacion de la citada resolucion, con fundamento en el movimiento de trafico de la temporada alta del año inmediatamente anterior. Que aunado a la anterior solicitud, se ha recibido peticion por parte del gremio transportador, mediante la cual se advierte una eventual afectacion al transporte de mercancias, por lo que han solicitado la modificacion de los horarios establecidos en la restriccion a los vehiculos de carga. Asimismo se solicita exceptuar de la restriccion aludida los vehiculos de carga que transportan combustibles derivados del petroleo como la gasolina, el ACPM, GLP y Biodiesel. (Que se hace necesario modificar los articulos 2° y 3° de la Resolucion 006434 de 2009, con el fin de ajustar la restriccion de los vehiculos de carga en algunos horarios de la temporada de navidad y fin de año y facilitar el transporte de combustibles, RESUELVE:

Articulo 1° Modificar el articulo 2° de la Resolucion 006434 del 17 de diciembre de 2009, la cual queda asi: "Articulo 2°

La aplicacion de la restriccion del transito a que alude el articulo precedente, se hara de acuerdo con las siguientes fechas y horarios: FECHA DIA HORA 24/12/09 Jueves 10:00 a las 22:00 hrs 26/12/09 Sabado 07:00 a las 19:00 hrs 27/12/09 Domingo 12:00 a las 23:00 hrs 30/12/09 Miercoles 06:00 a las 22:00 hrs 31/12/09 Jueves 10:00 a las 21:00 hrs 02/12/09 Sabado 07:00 a las 21:00 hrs 03/01/10 Domingo 09:00 a las 23:00 hrs 09/01/10 Sabado 06:00 a las 20:00 hrs 10/01/10 Domingo 12:00 a las 21:00 hrs 11/01/10 Lunes 09:00 a las 23:00 hrs. 35 Paragrafo. La Direccion de Transito y...

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