Resolución número 003962 de 2009, por la cual se modifica parcialmente la Resolución 2335 de 2009 y se dictan otras disposiciones. - 23 de Octubre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 68965196

Resolución número 003962 de 2009, por la cual se modifica parcialmente la Resolución 2335 de 2009 y se dictan otras disposiciones.

EmisorMinisterio de Protección Social
Número de Boletín47511

El Ministro de la Proteccion Social, en ejercicio de sus facultades legales, en especial, las conferidas por la Ley 09 de 1979;

los articulos 20 literal e) de la Ley 30 de 1986, 119 del Decreto 2150 de 1995, 2° del Decreto-ley 205 de 2003 y, en desarrollo del Decreto 677 de 1995, y CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el articulo 2° numeral 3 del Decreto-ley 205 de 2003, corresponde al Ministerio de la Proteccion Social definir las politicas y estrategias para enfrentar los riesgos promoviendo la articulacion de las acciones del Estado, la sociedad, la familia, el individuo y los demas responsables de la ejecucion y resultados del Sistema de Proteccion Social.

Que en el control de la importacion;

fabricacion y distribucion de sustancias que producen dependencia, le corresponde al Ministerio de Salud, hoy de la Proteccion Social conforme al literal c) del articulo 20 de la Ley 30 de 1986, reglamentar y controlar la elaboracion, produccion, transformacion, adquisicion, distribucion, venta y consumo de drogas y medicamentos que causen dependencia y precursores.

Que en desarrollo de estas responsabilidades, mediante Resolucion 2335 de 2009, el Ministerio de la Proteccion Social, por las razones alli contempladas, adopto una serie de medidas en salud publica y prohibio la fabricacion, importacion y comercializacion de medicamentos que contienen efedrina y pseudoefedrina, sola o en asociacion fija con otros farmacos, en cualquier concentracion y forma farmaceutica, con excepcion de la efedrina sulfato solucion inyectable de uso humano y/o veterinario.

Que en el Documento E/INCB/2008/WP.5 numero 2008 Parte C Relacionado con las resoluciones de la Comision de Estupefacientes, el Consejo Economico y Social y la Asamblea General relativos a la aplicacion del articulo 12 de la Convencion de 1988, en el capitulo relacionado con "Vigilancia especial de sustancias que figuran en las listas y de sustancias que no figuran en las listas" en el numeral uno hace un llamamiento a todos los Estados partes en la Convencion de las Naciones Unidas contra el Trafico Ilicito de Estupefacientes y Sustancias Sicotropicas de 1988, para que promulguen toda legislacion que sea necesaria para brindar a sus autoridades competentes la base juridica necesaria para...

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