Resolución número 001567 de 2009, por medio de la cual se da por terminada la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa y, se ordena la toma de posesión para liquidar la Empresa Social del Estado Salud Chocó, identificada con el NIT. 900.096.974-5. - 18 de Noviembre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 71108893

Resolución número 001567 de 2009, por medio de la cual se da por terminada la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa y, se ordena la toma de posesión para liquidar la Empresa Social del Estado Salud Chocó, identificada con el NIT. 900.096.974-5.

EmisorSuperintendencias
Número de Boletín47537

La Superintendente delegada para la Generacion y Gestion de los Recursos Economicos para la salud encargada de las funciones de Superintendente Nacional de Salud, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en la Ley 100 de 1993, la Ley 510 de 1999, la Ley 715 de 2001, la Ley 1122 de 2007, y los Decretos 663 de 1993, 1015 de 2002, 2211 de 2004 y 1018 de 2007, y la Resolucion 4077 del 28 de octubre de 2009, y CONSIDERANDO:

  1. ANTECEDENTES DEL CASO 1.1 La Superintendencia Nacional de Salud, mediante la Resolucion numero 00860 del 23 de junio de 2009, dispuso: "Articulo 1°. Ordenar la toma de posesion inmediata de los bienes haberes y negocios y la intervencion forzosa administrativa de la Empresa Social del Estado Salud Choco, identificada con el NIT 900,096.974-5, cuyo domicilio es el municipio de Quibdo, en el Departamento de Choco, con la finalidad de garantizar la adecuada prestacion del Servicio de Salud, en los terminos y con la debida observancia de las normas que rigen pero el Sistema General de Seguridad Social en Salud y lo dispuesto en el Estatuto Organico del Sistema Financiero.

    Paragrafo. Esta medida tiene por objeto que la Superintendencia Nacional de Salud, determine dentro de un termino no mayor de dos (2) meses prorrogables por el mismo termino contados a partir de la toma de posesion, si la Empresa Social del Estado Salud Choco, debe ser objeto de liquidacion o si se pueden tomar medidas para que el mismo pueda desarrollar su objeto conforme a las reglas que lo rigen".

    1.2. Es de anotar que, el articulo tercero de la Resolucion numero 000860 del 23 de junio de 2009 consagro lo siguiente: "Articulo 3°. Designar como Agente Especial de la Empresa Social del Estado Salud Choco, al doctor Guillermo Alonso Garcia Pelaez, identificado con la cedula de ciudadania numero 10231191 de Manizales, como agente interventor, que para todos los efectos sera el Representante legal de la Intervenida.

    Paragrafo. El agente interventor dentro del mes siguiente a la fecha en que se haya tomado posesion hara un inventario preliminar de los activos y pasivos de la intervenida, conforme lo establece el articulo 4° del Decreto 2211 de 2004, ademas rendira un plan de accion, dentro de los treinta (30) dias siguientes a su designacion, el cual debe contener las actividades a realizar con miras o subsanar los hechos que dan origen a la presente.

    1.3. Tal como consta en el Acta numero 011 del 25 de junio de 2009, el Superintendente delegado para medidas especiales tomo posesion de la Empresa Social del Estado Salud Choco, ubicada en el municipio de Quibdo, departamento de Choco.

    1.4. Ahora bien, la Superintendencia Nacional de Salud, por medio de la Resolucion numero 001167 del 24 de agosto de 2009, prorrogo el termino de la toma de posesion inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervencion forzosa administrativa de la Empresa Social del Estado Salud Choco, hasta el 25 de octubre de 2009.

    1.5. En otro sentido, debe indicarse que, con la Resolucion numero 1476 del 23 de octubre de 2009 proferida por esta Superintendencia se dispuso prorrogar la intervencion a la ESE de autos, hasta 24 de noviembre de 2009.

    1.6. El Interventor de la Empresa Social del Estado Salud Choco, mediante comunicacion radicada con el NURC 8026-1-0462325 de fecha 18 de agosto de 2009, presento el informe sobre la situacion financiera y administrativa de la misma, donde adicionalmente a la presentacion del plan de accion exigido en la Circular unica expedida por esta Superintendencia, dio a conocer el diagnostico de la misma, con los hallazgos administrativos, contables y financieros.

    Del citado informe, se trae a colacion lo siguiente: "El mal estado de la infraestructura fisica, la precaria dotacion de Centros y Puestos de Salud, la baja atencion prestado, insuficiencias prestados en calidad y oportunidad cuando el servicio se presta aunadas a la falta de atencion sostenida a grandes segmentos de la poblacion asentada en el area rural y ante la falta de recursos financieros para superar esta problematica se considera que la viabilidad de la Empresa Social del Estado ESE Choco se encuentra comprometida para continuar prestando el servicio de salud". 2) La situacion de la ESE Salud Choco no ha mejorado, existe una degradacion acelerada de las condiciones en que se presta el servicio, (...) las solicitudes y acompañamientos de Autoridades Nacionales conformando Brigadas de salud para atender urgencias puntuales en toda la geografia del Departamento evidencia la deficiente atencion que presta la ESE a la poblacion rural en todos los Municipios". 3) "La prestacion de servicios se concentra en las cabeceras municipales y la atencion en las zonas rurales no se realiza cuando se presenta, se hace por medio de brigadas esporadicas que no garantizan sostenibilidad en la prestacion del servicio es muy alto el numero de personas que se encuentran desatendidas sin acceso primario al sistema de salud". (Folio 42) 1.8. Visto lo anterior, la Superintendencia Delegada Para Medidas Especiales mediante el oficio identificado con el NURC 0200-2-000481 1783 de fecha 20 de agosto de 2009, solicito al Agente Interventor de la ESE Salud Choco, dar alcance a la respuesta al informe preliminar de la visita inspectiva en el sentido de "Cuantificar los recursos financieros que se requieren para colocar la entidad en condiciones de prestar el Servicio de Salud a la poblacion chocoana y asi mismo los que podrian necesitar...

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