Resolución 0-0159, por la cual se adopta el Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005 en la Fiscalía General de la Nación.
Emisor | Fiscalía General de la Nación |
Número de Boletín | 46177 |
El Fiscal General de la Nación, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y
CONSIDERANDO:
¿ Que la Constitución Política en su artículo 209, establece: ¿La Administración Pública, en todos sus órdenes, tendrá un Control Interno que se ejercerá en los términos que señale la ley¿;
¿ Que, a su vez, entre otros aspectos, el artículo 269 de la Constitución Política establece que: ¿En las entidades públicas, las autoridades correspondientes están obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de Control Interno, de conformidad con lo que disponga la ley¿;
¿ Que, respecto a la responsabilidad del Control Interno, la Ley 87 de 1993 ¿por la cual se establecen normas para el ejercicio del Control Interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones¿ dispuso en el artículo 6° que: ¿El establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno en los organismos y entidades públicas, será responsabilidad del representante legal o máximo directivo correspondiente. No obstante, la aplicación de los métodos y procedimientos al igual que la calidad, eficiencia y eficacia del Control Interno, también será responsabilidad de los jefes de cada una de las distintas dependencias de las entidades y organismos¿;
¿ Que el Decreto 1599 del 20 de mayo de 2005, ¿por el cual se adopta el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado colombiano, MECI 1000:2005¿; en su artículo 1° establece la obligación de adoptar el MECI 1000:2005, el cual forma parte integral del citado decreto.
¿ Que el Código Disciplinario Unico, Ley 734 de 2002, en su artículo 34, Numeral 31 establece entre los Deberes de todo Servidor Público: ¿Adoptar el Sistema de Control Interno y la función independiente de Auditoría Interna de que trata la Ley 87 de 1993 y demás normas que la modifiquen o complementen¿;
¿ Que se hace necesario incorporar y establecer todos los elementos enunciados en el anexo técnico al Sistema de Control Interno de la Fiscalía General de la Nación, con el fin de ajustarlo a las nuevas normas y tendencias de control, para que este sea efectivo, eficiente y eficaz.
RESUELVE:
SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Adoptar para la Fiscalía General de la Nación el Modelo Estándar de Control Interno y su estructura establecida en el Decreto 1599 del 20 de mayo de 2005.
Se entiende por Control Interno el Sistema integrado por el esquema de organización y el conjunto de planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por la Fiscalía General de la Nación, con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención a las metas u objetivos previs tos.
Atendiendo los principios constitucionales y legales, la adopción e implementación del Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005 se enmarca, integra y complementa en los principios del Sistema de Control Interno que a continuación se establecen:
3.1. De Autocontrol: Es la capacidad que ostenta cada servidor de la entidad para controlar su trabajo, detectar desviaciones y efectuar correctivos para el adecuado cumplimiento de los resultados que se esperan en el ejercicio de su función, de tal manera que la ejecución de los procesos, actividades y/o tareas bajo su responsabilidad, se desarrollen con fundamento en los principios establecidos en la Constitución Política.
3.2. De Autorregulación: Es la capacidad institucional para aplicar de manera participativa al interior de la Fiscalía General de la Nación, los métodos y procedimientos establecidos en la normatividad, que permitan el desarrollo e implementación del Sistema de Control Interno bajo un entorno de integridad, eficiencia y transparencia en la actuación pública.
3.3. De Autogestión: Es la capacidad institucional de la Fiscalía General de la Nación para interpretar, coordinar, aplicar y evaluar de manera efectiva, eficiente y eficaz las funciones que le han sido asignadas por la Constitución, la ley y sus reglamentos.
Los objetivos específicos que busca el Sistema de Control Interno de la Fiscalía General de la Nación son los siguientes:
4.1. Objetivos de Control de Cumplimiento. Constituyen objetivos de Control al Cumplimiento de las funciones de la Fiscalía General de la Nación los siguientes:
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Establecer las acciones que permitan a la Entidad garantizar el cumplimiento de las funciones a su cargo, con base en el marco legal que le es aplicable;
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Determinar el marco legal que le es aplicable a la Entidad, con base en el principio de autorregulación;
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Diseñar los procedimientos de verificación y evaluación que garanticen el cumplimiento del marco legal aplicable.
4.2. Objetivos de Control Estratégico. Constituyen objetivos de Control Estratégico de la Fiscalía General de la Nación los siguientes:
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Crear conciencia en todos los servidores públicos de la Entidad sobre la importancia del Control, mediante la generación y mantenimiento de un entorno favorable que permita la aplicación de los principios del Modelo Estándar de Control Interno;
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Establecer los procedimientos que permitan el diseño y desarrollo organizacional de la Entidad de acuerdo con su naturaleza, características y propósitos que le son inherentes;
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Diseñar los procedimientos necesarios, que permitan a la Entidad cumplir la misión para la cual fue creada y proteger los recursos que se encuentren bajo su custodia, buscando administrar en forma diligente los posibles riesgos que se pueden generar;
4.3. Objetivos de Control de Ejecución. Constituyen objetivos de Control de Ejecución de la Fiscalía General de la Nación los siguientes:
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Determinar los procedimientos de prevención, detección y corrección que permitan mantener las funciones, operaciones y actividades institucionales en armonía con los principios de eficacia, eficiencia y economía;
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Velar por que todas las actividades y recursos de la Entidad estén dirigidos hacia el cumplimiento de s u misión;
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Establecer los procedimientos, que garanticen la generación y registro de información oportuna y confiable necesaria para la toma de decisiones, el cumplimiento de la Misión y la Rendición de Cuentas a la Comunidad.
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Diseñar los procedimientos que permitan llevar a cabo una efectiva comunicación interna y externa a fin de dar a conocer la información que genera la Entidad de manera transparente, oportuna y veraz, garantizando que su operación se ejecute adecuada y convenientemente.
4.4. Objetivos de Control de Evaluación. Constituyen objetivos de Control de Evaluación de la Fiscalía General de la Nación los siguientes:
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Garantizar la existencia de mecanismos y procedimientos que permitan en tiempo real, realizar seguimiento a la gestión de la Entidad por parte de los diferentes niveles de autoridad y responsabilidad, permitiendo acciones oportunas de corrección y de mejoramiento;
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Establecer los procedimientos de verificación y evaluación permanentes del Control Interno;
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Garantizar la existencia de la función de Evaluación independiente de la Oficina de Control Interno, como mecanismo de verificación a la efectividad del Control Interno;
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Propiciar el mejoramiento continuo del control y de la gestión de la Entidad, así como de su capacidad para responder efectivamente a los diferentes grupos de interés;
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Establecer procedimientos que permiten integrar las observaciones de los Organos de Control Fiscal, a los planes de mejoramiento establecidos por la Entidad.
4.5. Objetivos de Control de Información. Constituyen objetivos de Control a la Información de la Fiscalía General de la Nación los siguientes:
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Establecer los procedimientos necesarios para garantizar la generación de información veraz y oportuna;
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Establecer los procedimientos que permitan la generación de información que por mandato legal, le corresponde suministrar a la entidad a los Organos de Control externo;
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Garantizar la publicidad de la información que se genere al interior de la Entidad;
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Garantizar el suministro de información veraz y oportuna para el proceso de Rendición de Cuentas Públicas.
Con base en los artículos 3°y 4° de la Ley 87 de 1993, a fin de permitir el cumplimiento de los anteriores objetivos se hace necesario articular los diferentes métodos y procedimientos de prevención, corrección y evaluación a la forma de operación de la Entidad, configurándose para este fin los Subsistemas, Componentes y Elementos que interrelacionados bajo un enfoque sistémico, generan una Estructura de Control para garantizar el cumplimiento de los objetivos de la Entidad así:
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SUBSISTEMA DE CONTROL ESTRATEGICO
1.1 COMPONENTE AMBIENTE DE CONTROL
ELEMENTOS DE CONTROL:
1.1.1 Acuerdos, Compromisos o Protocolos Eticos.
1.1.2 Desarrollo del Talento Humano.
1.1.3 Estilo de Dirección.
1.2. COMPONENTE DIRECCIONAMIENTO ESTRATEGICO
ELEMENTOS DE CONTROL:
1.2.1 Planes y Programas.
1.2.2 Modelo de Operación por Procesos.
1.2.3. Estructura Organizacional.
1.3. COMPONENTE ADMINISTRACION DEL RIESGO
ELEMENTOS DE CONTROL:
1.3.1 Contexto Estratégico.
1.3.2 Identificación del Riesgo.
1.3.3 Análisis del Riesgo.
1.3.4 Valoración del Riesgo.
1.3.5 Políticas de Administración del Riesgo.
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SUBSISTEMA DE CONTROL DE GESTION
2.1. COMPONENTE ACTIVIDADES DE CONTROL
ELEMENTOS DE CONTROL:
2.1.1 Políticas de Operación.
2.1.2 Procedimientos.
2.1.3 Controles.
2.1.4 Indicadores.
2.1.5 Manual de Procedimientos.
2.2. COMPONENTE...
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