Resolución 0-2144, por la cual se reestructura el Comité de Conciliación y de Repetición, se expide su reglamento y se derogan las Resoluciones números 0-161 del 9 de febrero de 1994; 0-770 del 4 de abril de 1995 y 0-212 del 2 de febrero de 1998. - 8 de Diciembre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43145038

Resolución 0-2144, por la cual se reestructura el Comité de Conciliación y de Repetición, se expide su reglamento y se derogan las Resoluciones números 0-161 del 9 de febrero de 1994; 0-770 del 4 de abril de 1995 y 0-212 del 2 de febrero de 1998.

EmisorFiscalía General de la Nación
Número de Boletín44252

DIARIO OFICIAL 44.252 RESOLUCIÓN 0-2144 23/11/2000 por la cual se reestructura el Comité de Conciliación y de Repetición, se expide su reglamento y se derogan las Resoluciones números 0-161 del 9 de febrero de 1994; 0-770 del 4 de abril de 1995 y 0-212 del 2 de febrero de 1998. El Fiscal General de la Nación, en uso de sus facultades legales, especialmente las que le confiere el artículo 17 del Decreto 261 de 2000; el artículo 90 de la Constitución Política; el artículo 72 de la Ley 270 de 1996; el artículo 75 de la Ley 446 de 1998; el Decreto 1214 de 2000 y demás normas concordantes y CONSIDERANDO: Que el artículo 17 del Decreto 261 de 2000, confiere al Fiscal General de la Nación la facultad de expedir reglamentos, órdenes, circulares y los manuales de organización y procedimientos conducentes a la organización administrativa y al eficaz desempeño de las funciones de la Fiscalía General de la Nación; Que el artículo 75 de la Ley 446 de 1998, otorga a los representantes legales de las personas jurídicas de derecho público, la facultad de conciliar total o parcialmente en las etapas prejudicial o judicial, los conflictos de carácter particular y contenido patrimonial que se inicien ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, mediante las acciones previstas en los artículos 85, 86 y 87 del C.C.A.; Que el artículo 90 de la Constitución Política consagra el deber para los funcionarios públicos de repetir cuando el Estado sea condenado a la reparación patrimonial de los daños antijurídicos que le sean imputables, como una herramienta de protección y defensa de los intereses públicos. Que mediante Resolución 0-0161 del 9 de febrero de 1994 modificada por la Resolución número 0-0770 del 4 de abril de 1995; así como la Resolución número 0-0212 del 2 de febrero del 1998, se crean los comités de conciliación y repetición de la Fiscalía General de la Nación; Que el Decreto 1214 de 2000, establece entre otras cosas la adecuación de los comités de conciliación creados con anterioridad, determinando su integración, organización y funcionamiento; Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1°. Del Comité de conciliación y repetición. Al Comité de Conciliación y Repetición de la Fiscalía General de la Nación le corresponde actuar como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad. Igualmente le corresponde decidir en cada caso específico sobre la...

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