Resolución 000190, por la cual se ordena la baja de un bien inmueble y su transferencia definitiva al departamento de Sucre - 5 de Agosto de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43212728

Resolución 000190, por la cual se ordena la baja de un bien inmueble y su transferencia definitiva al departamento de Sucre

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura -Inpa-
Número de Boletín45631

La Gerente Liquidadora del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, en Liquidación, en ejercicio de las facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de los principios de coordinación y colaboración establecidos en los artículos , 113 y 209 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 6° de Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas deben garantizar la armonía en el ejercicio de sus funciones con el fin de lograr los cometidos estatales, para los cuales prestarán su colaboración a las demás entidades para facilitar dicho ejercicio;

Que la Constitución y la ley facultan a la Administración Pública, para asumir la responsabilidad del manejo de sus operaciones y del adecuado cumplimiento de sus objetivos, encontrándose dentro de este el correspondiente a sus bienes, lo cual quiere decir que las entidades del Estado tienen la responsabilidad directa para administrar y manejar sus respectivos patrimonios y están en la obligación de interpretar y aplicar las medidas que permitan el buen uso y destinación de los mismos;

Que el Decreto 1293 del 21 de mayo de 2003 ordenó la supresión y liquidación del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, y consagró que los bienes inmuebles y derechos cuyo titular sea el Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, serán transferidos por el Liquidador, a la entidad que asuma las funciones para el desarrollo rural;

Que mediante Decreto 1300 del 21 de mayo de 2003, se creó el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incóder, quien asumió las funciones de desarrollo rural de las entidades liquidadas del Sector Agropecuario, estableciendo que su patrimonio estará constituido por los bienes y recursos que le transfieran el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, las entidades suprimidas del sector y las demás entidades de carácter público de conformidad con la normatividad vigente;

Que mediante oficio número 6000-03226 del 19 de marzo de 2004, el Gerente General del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incóder, manifestó a la Gerencia Liquidadora del INPA, en Liquidación, que dicha entidad se abstiene de recibir el inmueble situado en el municipio de San Marcos, Sucre, por considerar que por su ubicación no es apto para el desarrollo de las labores de pesca y acuicultura, y que por lo anterior considera que:

"...La gobernación del departamento de Sucre podría aprovechar las instalaciones para la implementación de una granja integral, ya que ellos vienen trabajando con este tipo de proyectos en la región";

Que mediante Oficio de fecha 4 de marzo de 2004, el Gobernador del departamento de Sucre solicita a la Gerente Liquidadora del INPA, en Liquidación, las instalaciones de la Estación Piscícola de San Marcos, a fin de:

"...contar con el equipamiento necesario para acometer las acciones que demanda el repoblamiento de los cuerpos de agua...", dado el deterioro de los recursos ictiológicos en los cuales se soporta la economía del departamento de Sucre y en especial para las subregiones de La...

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