Resolución 000451, por la cual se deroga la Resolución número 000314 del 2 de agosto de 2001 y se dictan otras disposiciones - 8 de Diciembre de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43168287

Resolución 000451, por la cual se deroga la Resolución número 000314 del 2 de agosto de 2001 y se dictan otras disposiciones

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto de Seguros Sociales
Número de Boletín44640

DIARIO OFICIAL 44.640 RESOLUCIÓN 000451 04/12/2001 por la cual se deroga la Resolución número 000314 del 2 de agosto de 2001 y se dictan otras disposiciones. El Presidente del Instituto Nacional de Radio y Televisión Ltda., Inravisión Ltda., en ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 90 de la Constitución Política, el artículo 75 de la Ley 446 de 1998, el Decreto 1214 de 2000 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO: Que dentro de la política trazada por el Gobierno Nacional, de transformación, modernización y racionalización de las instituciones, ha resaltado con especial interés la prevención del daño antijurídico estatal y la defensa judicial de las entidades públicas, para lo cual se requiere establecer estrategias encaminadas a determinar la responsabilidad por daños imputables a actuaciones de la administración; Que la Ley 446 de 1998, en su artículo 75 establece que las entidades y organismos de derecho público del orden nacional, departamental, distrital y de los municipios capital de departamento y los entes descentralizados de estos mismos niveles, deben integrar un Comité de Conciliación; Que mediante Resolución número 000193 del 10 de junio de 1999, se creó el Comité de Conciliaciones del Instituto Nacional de Radio y Televisión; Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1214 del 29 de junio de 2000, por el cual se establecen funciones para los Comités de Conciliación de que trata el artículo 75 de la Ley 446 de 1998; Que el Instituto Nacional de Radio y Televisión, en desarrollo del citado decreto, expidió la Resolución número 000314 del 2 de agosto de 1999, por la cual se reestructuró el Comité de Conciliación, se expidió su reglamento y se dictaron otras disposiciones; Que en el desarrollo de la actividad del Comité dentro del Instituto se ha hecho evidente la necesidad de efectuar algunos ajustes para su mejor funcionamiento; RESUELVE: Artículo 1°. Comité. El Comité de Conciliación del instituto Nacional de Radio y Televisión Inravisión Ltda., como instancia administrativa, actuará como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la Entidad. Igualmente le corresponde decidir en cada caso específico sobre la procedencia de la conciliación, o cualquier otro medio alternativo, de solución de conflictos, así como de la acción de repetición, con sujeción estricta a las normas jurídicas sustantivas procedimentales y de control vigentes. Artículo 2°. Integración. El Comité de Conciliación del Instituto Nacional de Radio y Televisión Inravisión Ltda., estará integrado por los siguientes...

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