Resolución 00072, por la cual se adiciona la Resolución número 359 de 2001 - 6 de Abril de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43174192

Resolución 00072, por la cual se adiciona la Resolución número 359 de 2001

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín44760

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en uso de sus atribuciones legales en especial la que le confiere el Decreto 2377 de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural mediante Resolución número 318 del 13 de noviembre de 2001 otorgó al caficultor un apoyo directo que se causaría cuando el precio base fijado por el Comité de Precios Internos del Café fuera inferior a trescientos mil pesos ($300.000) moneda corriente, por carga de 125 kilos de café pergamino seco actualizado por el Indice del Precios al Consumidor proyectado por el Gobierno Nacional para 2002. Dicho apoyo tendría un tope máximo de quince mil pesos ($15.000) moneda corriente, por carga y con su monto, el valor resultante, no podría exceder de trescientos mil pesos ($300.000) moneda corriente, por carga y cobijaría las cosechas de café correspondientes al último trimestre de 2001 y todo el año 2002, hasta por el monto de los recursos presupuestados;

Que mediante Resolución número 359 del 13 de diciembre de 2001, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural adicionó la Resolución número 318 de 2001 en el sentido de otorgar un apoyo adicional a los caficultores de hasta quince mil pesos ($15.000) por carga de 125 kilos de café pergamino seco, para un valor máximo de apoyo de treinta mil pesos ($30.000) moneda corriente, por carga de café pergamino seco, aplicable a las cosechas de café correspondientes al período comprendido entre el 16 de noviembre de 2001 y el 31 de marzo de 2002, inclusive;

Que la Resolución número 359 de 2001 estableció que el valor máximo del apoya asciende a treinta mil pesos ($30.000) moneda corriente, por carga de 125 kilos de café pergamino seco, el cual se causaría cuando el precio base fijado por el Comité de Precios Internos del Café fuere inferior a trescientos mil pesos ($300.000) moneda corriente, por carga de café pergamino seco. El apoyo total, adicionado al precio base fijado por el Comité de Precios Internos del Café no podría exceder en ningún caso el monto de trescientos mil pesos ($300.000) moneda corriente, por carga de café pergamino seco;

Que los caficultores de los departamentos de Nariño, Cauca, Tolima, Norte de Santander, Cundinamarca, Huila, Quindío y parte del Valle de Cauca recolectan...

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