Resolución 00100000-0430 - 11 de Diciembre de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43186184

Resolución 00100000-0430

EmisorVarios - Empresa Nacional de Telecomunicaciones
Número de Boletín45029

El Presidente de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 19 numerales 1, 3 y 19 de los Estatutos de la

Empresa aprobados mediante Decreto 666 del 5 de abril de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1° de la Resolución número 00100000?0250 del 14 de abril de 2000 señala que Telecom procederá a dar por terminado el Contrato de Servicios de Telefonía Pública Básica Conmutada

¿TPBC¿ y retirará el servicio cuando el propietario del inmueble, suscriptor o usuario deje de pagar cuatro (4) facturas acumuladas;

Que según lo señalado en el numeral 6,1 de la cláusula duodécima de las Condiciones Uniformes del Contrato de Servicio de Telefonía Pública Básica Conmutada, el contrato se dará, por terminado y se

retirará el servicio por decisión de Telecom: ¿por el no pago de cuatro (4) facturas acumuladas, que se hará efectivo en la fecha que Telecom señale en la factura¿;

Que de acuerdo con el artículo 2 ° de la Resolución número 00100000?0250 del 14 de abril de 2000 la orden de corte y retiro definitivo de línea telefónica se hará efectiva dentro de los cinco (5) días

contados a partir de la fecha de vencimiento de la cuarta factura acumulada, cuando el propietario del inmueble, suscriptor o usuario no haya cancelado los valores adeudados a Telecom;

Que el numeral 3,3,1, del Capítulo IV, del Manual de Crédito y Cobranzas estipula que si el suscriptor o usuario cancela las deudas pendientes después de producido el retiro definitivo del servicio tendrá

que tramitar ante Telecom nueva solicitud en caso de requerir otra vez el Servicio;

Que se hace necesario aclarar el término reinstalación que se adoptó mediante Resolución 00100000-0189 de junio 19 de 2002 y establecer la tarifa respectiva;

Que Telecom, tiene una cartera vencida por prestación del servicio de TPBC que representa un alto porcentaje del total de la cartera;

Que los clientes han manifestado la voluntad de pago de las deudas a su cargo siempre y cuando se les devuelva la línea telefónica sin el pago de los derechos de conexión;

Que la situación económica del país dificulta cada vez más el recaudo de la cartera vencida, siendo necesario tomar medidas tendientes a sanear los estados financieros de la Empresa, a través de la

aplicación de incentivos para el pago y recuperación de la misma;

Que en virtud de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°. Definir el concepto de reinstalación así: Es la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR