Resolución 0025, por la cual se adecua el Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Empresa Nacional Minera Limitada, Minercol Ltda - 28 de Junio de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43160286

Resolución 0025, por la cual se adecua el Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Empresa Nacional Minera Limitada, Minercol Ltda

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín44469

DIARIO OFICIAL 44.469 RESOLUCIÓN 0025 13/06/2001 por la cual se adecua el Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Empresa Nacional Minera Limitada, Minercol Ltda. La Presidenta de la Empresa Nacional Minera Limitada, en uso de sus atribuciones legales, en especial, de las que le confieren la Ley 446 de 1998 y el Decreto 1214 de 2000, CONSIDERANDO: Que la Constitución Política consagra la responsabilidad patrimonial del Estado por los daños antijurídicos que le sean imputables y el deber de repetir contra sus agentes cuando su conducta diere lugar a la condena del Estado; Que el artículo 75 de la Ley 446 de 1998, dispuso la creación de Comités de Conciliación en las Entidades de Derecho Público del orden nacional, departamental, distrital, así como en los municipios, capital de departamento y los organismos descentralizados de estos mismos niveles; Que con el fin de implementar mecanismos eficaces para la conciliación y defensa de los intereses litigiosos de Minercol Ltda., se hace necesaria la creación de un órgano especializado que diseñe y desarrolle políticas integrales de defensa y prevención del daño antijurídico; Que el Decreto 1214 de junio 29 de 2000, ¿por el cual se establecen funciones para los Comités de Conciliación¿, dispuso entre otros aspectos, que los Comités de Conciliación creados con anterioridad a su entrada en vigencia deberán adecuarse a los requerimientos establecidos en el mencionado decreto, RESUELVE: Artículo 1°. Continuará funcionando el Comité de Conciliación y Defensa Judicial creado por la Resolución número 015 de 1999, como una instancia administrativa para el estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad. Igualmente decidirá, en cada caso, sobre la procedencia de la conciliación o cualquier otro medio alternativo de solución de conflictos, con sujeción estricta a las normas jurídicas sustantivas, procedimentales y de control vigentes. Parágrafo. El pronunciamiento del Comité de Conciliación sobre la viabilidad de conciliar no constituye ordenación de gasto. Artículo 2°. Integración. El Comité de Conciliación y Defensa Judicial de Minercol Ltda., estará integrado por los siguientes funcionarios quienes tendrán voz y voto: ¿ El Presidente de la Empresa o su delegado, quien lo presidirá. ¿ El Secretario General y Jurídico ¿ El Jefe de la División de Contratación ¿ El Jefe de la División Legal Minera ¿ El Jefe de la División de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR