Resolución 005017, por la cual se reglamenta la actuación del Comité de Defensa Judicial y Conciliación del Instituto Nacional de Vías - 27 de Noviembre de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43128361

Resolución 005017, por la cual se reglamenta la actuación del Comité de Defensa Judicial y Conciliación del Instituto Nacional de Vías

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vías
Número de Boletín43796

DIARIO OFICIAL 43.796 RESOLUCIÓN 005017 23/11/1999 por la cual se reglamenta la actuación del Comité de Defensa Judicial y Conciliación del Instituto Nacional de Vías. El Director General del Instituto Nacional de Vías, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el Decreto 288 de 1995, el artículo 75 de la Ley 446 de 1998 y la Ley 489 de 1998, CONSIDERANDO: Que el artículo 75 de la Ley 446 de 1998 establece que las entidades y organismos de derecho público del orden nacional deben integrar un comité de conciliación, conformado por funcionarios del nivel directivo; Que la precitada norma es concordante con la Directiva Presidencial número 03 del 20 de marzo de 1997, a través de la cual se ordenó la creación de Comités de Defensa Judicial y Conciliación, en procura del desarrollo de políticas integrales de defensa de los intereses públicos en litigio y de prevención del daño antijurídico estatal, de manera coordinada al interior de los entes institucionales; Que la conciliación es un mecanismo alternativo de solución de conflictos, propicio para evitar dilaciones en los procesos, a tiempo que desarrolla el sentimiento nacional tendiente a dar solución ágil y económica a las controversias jurídicas en que sea parte una entidad pública; Que en virtud de lo anterior mediante Resolución número 1877 de 1997 el Instituto Nacional de Vías creó el Comité de Defensa Judicial y Conciliación, organismo asesor que requiere modificaciones orgánicas y funcionales acordes con las disposiciones de la ley 446, RESUELVE: Artículo 1°. El Comité de Defensa Judicial y Conciliación del Instituto Nacional de Vías, creado mediante la Resolución 1877 de 1997, desarrollará su actividad y competencias de conformidad con lo prescrito en esta resolución y se integrará así: 1. El Director General del Instituto Nacional de Vías, o su delegado, quien lo presidirá. 2. El Secretario General Administrativo. 3. El Secretario General Técnico. 4. El Subdirector del área comprometida en el tema objeto de conciliación. 5. El Subdirector Financiero. 6. El jefe de la Oficina Jurídica, quien actuará como Secretario Técnico del Comité y no tendrá derecho a voto. 7. El apoderado que represente los intereses de la entidad en cada caso concreto, quien no tendrá derecho a voto. 8. El supervisor del contrato respectivo, cuando el asunto objeto de la conciliación o defensa judicial involucre la responsabilidad contractual de la entidad, quien no tendrá...

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