Resolución 00506, por medio de la cual se declara terminado el proceso de liquidación del Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT en Liquidación, ordenado mediante Decreto 1291 de 21 de mayo de 2003 - 15 de Enero de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43245667

Resolución 00506, por medio de la cual se declara terminado el proceso de liquidación del Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT en Liquidación, ordenado mediante Decreto 1291 de 21 de mayo de 2003

EmisorVarios - Servicio Nacional de Aprendizaje Sena
Número de Boletín46512

El Gerente Liquidador del Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT en liquidación, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferida en los Decretos 254 de 2000 y 1291 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto número 1291 del 21 de mayo de 2003 el Gobierno Nacional ordenó la supresión y liquidación del Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, establecimiento público del orden nacional, adscrito al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio e independiente;

Que en el decreto de supresión y liquidación se otorgó un plazo de tres años para la realización del proceso de liquidación, vencido el cual, terminaría para todos los efectos la existencia jurídica del Instituto Nacional de Adecuación de Tierras;

Que mediante Decretos números 1491 del 15 de mayo de 2006, 2506 del 29 de julio de 2006, 3369 del 29 de septiembre y 4313 del 30 de noviembre de 2006, el Gobierno Nacional modificó el Decreto 1291 de 2003 prorrogando el término de duración del proceso liquidatorio del INAT en Liquidación hasta el 29 de diciembre de 2006;

Que el decreto de liquidación del INAT en Liquidación fue igualmente modificado por el Gobierno Nacional en cuanto a la planta de personal transitoria de los funcionarios prepensionados la cual fue creada en el Instituto Nacional de Desarrollo Rural, Incoder, de conformidad con lo establecido en el Decreto número 4596 del 27 de diciembre de 2006;

Que los bienes y derechos que conforman el remanente de la liquidación así como los documentos relacionados con las obligaciones, fueron entregados al Ministerio de conformidad con lo estipulado en el artículo 12 del Decreto 1291 de 2006 según acta suscrita el 29 de diciembre de 2006;

Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 8° del Decreto-ley 254 de 2000, al vencimiento del término de liquidación quedarán automáticamente suprimidos los cargos existentes y terminados los contratos de trabajo, de acuerdo con el respectivo régimen legal aplicable, no obstante los...

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