Resolución 00591, por la cual se fija el precio de referencia para la liquidación de la Cuota de Fomento Arrocero - 8 de Enero de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43131106

Resolución 00591, por la cual se fija el precio de referencia para la liquidación de la Cuota de Fomento Arrocero

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín43848

DIARIO OFICIAL 43.848 RESOLUCIÓN 00591 29/12/1999 por la cual se fija el precio de referencia para la liquidación de la Cuota de Fomento Arrocero. El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en uso de sus atribuciones legales, en especial de las que le confieren la Ley 67 de 1983 y el Decreto 1000 de 1984, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley 101 de 1963 se creó la Cuota de Fomento Arrocero, la cual fue modificada por la Ley 67 de 1983; Que en los términos de la Ley 67 de 1983 y su Decreto reglamentario 1000 de 1984, están obligadas al recaudo de la Cuota de Fomento Arrocero todas las personas naturales o jurídicas que adquieran o reciban a cualquier título, beneficien o transformen arroz de producción nacional, bien sea que se destine al mercado interno o al externo; Que conforme a lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto 1000 de 1984, las cuotas de fomento serán liquidadas sobre el precio de referencia que semestralmente señale el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o sobre el de venta del producto, cuando éste así lo determine mediante resolución, RESUELVE: Artículo 1°. Para la liquidación de la Cuota de Fomento Arrocero durante el primer semestre de 2000, se...

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